TITULO V

SECRETARIA
DE BIENESTAR
SOCIAL Y GESTIÓN
COMUNITARIA
CAPITULO 1
MISION, RESPONSABILIDADES Y ESTRUCTURA
ARTICULO DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS : DEFINICION.- La Secretaría de
Bienestar Social y Gestión Comunitaria del Municipio de Cali, es
una dependencia integrante del sector social.
ARTICULO DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE : MISION.-
La Secretaría de Bienestar Social y Gestión Comunitaria del
Municipio de Cali tendrá como misión principal proteger especialmente
a aquellas personas que por su condición económica, física
o mental se encuentren en circunstancias de debilidad manifiesta, así
como la de la protección integral de la familia, y el apoyo especial
a la mujer cabeza de familia, a las personas de la tercera edad, discapacitados,
al adolescente, a los niños menores de edad y a los grupos étnicos
y comunidades negras, a las cuales se les deba brindar especial protección.
Promover, impulsar y facilitar la participaciòn comunitarìa
en los términos de la Constituciòn y la Ley.
ARTICULO DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO : RESPONSABILIDADES.-
Corresponde a esta Secretaría el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:
1. Gestionar de manera eficiente, eficaz y efectiva los programas del área
social y comunitaria.
2 .Promover el desarrollo y coordinación de proyectos conjuntos,
de la Administración Municipal, Sector Privado, organismos no gubernamentales,
sociedad civil y organismos internacionales.
3. Hacer la coordinación con los fondos nacionales, regionales, y
departamentales de financiación social para obtener las financiaciones
necesarias.
4 .Presentar proyectos a los Bancos de Proyectos Nacionales, regionales
y departamentales que manejen recursos del sector social.
5. Concertar y realizar convenios de cooperación científica
y técnica con entidades municipales, departamentales, nacionales
e internacionales en los cuales intervengan dependencias de la Administración
Municipal para la Acción Social.
6. Participar estrechamente con el Departamento Administrativo de Planeación
Municipal y con otras Secretarías afines en la coordinación
de los programas sociales.
7. Programar los eventos especiales que le abran nuevas perspectivas al
Municipio de Cali desde el punto de vista cívico, social e internacional.
8. Planificar los programas especiales que el Alcalde le asigne.
9. Fomentar y promover la creaciòn de ONG's.
10. Promover y facilitar la participación comunitaria y ciudadana
a través de sus organizaciones más representativas como las
Juntas de Acciòn Comunal y las Juntas Administradoras Locales; preparar,
apoyar, coordinar, y supervisar el proceso de elección de las Juntas
de Acción Comunal, las Juntas Administradoras Locales y las Asociaciones
Comunales.
11.Las demás necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de
la misión de la Secretaría en el cumplimiento de la Constitución,
la Ley y los Acuerdos Municipales.
ARTICULO DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE : ESTRUCTURA.-
La Secretaría de Bienestar Social y Gestión Comunitaria tendrá
la siguiente organización:
- Despacho del Secretario
- Unidad jurídica
- Unidad de Planeaciòn y Proyectos de Inversiòn
- Secretaría General
- División Administrativa
- División de sistemas y documentación
- Subsecretaría de Grupos Específicos
- División de Apoyo Integral al Discapacitado
- División de Apoyo Integral a la Tercera Edad y los marginados
- División de Negritudes y grupos étnicos
- Subsecretaría de Juventud, Mujer y Familia
- División de Juventud
- División de Mujer y género
- División de Familia y Niñez
- Subsecretaría de Gestión Comunitaria
- División de Participación y Formación de Líderes.
- División de Asesoría Integral a la Comunidad.
CAPITULO 2
DESPACHO DEL SECRETARIO
ARTICULO DOSCIENTOS SETENTA : DEL SECRETARIO.- Corresponde al Secretario
de Bienestar Social y Gestión Comunitaria el cumplimiento de las
siguientes responsabilidades:
1. Dirigir la Secretaría a su cargo.
2 . Participar en la definición de la política del Gobierno
Municipal en materia de Bienestar Social y Gestión Comunitaria.
3. Celebrar contratos de acuerdo con las delegaciones que le haga el Alcalde.
4. Ejercer el control interno en la Secretaría a su cargo, y evaluar
la gestión y resultados de las dependencias y servidores públicos
adscritos a su Secretaría.
5. Conocer y decidir en ùnica instancia, de conformidad con el Còdigo
Disciplinario Unico, los procesos inherentes a faltas leves contra los servidores
pùblicos de su dependencia.
6. Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento
eficiente y eficaz de la misión de la Secretaría.
CAPITULO 3
DE LA UNIDAD DE PLANEACION Y PROYECTOS DE INVERSION
ARTICULO DOSCIENTOS SETENTA Y UNO : UNIDAD DE PLANEACION Y PROYECTOS DE
INVERSION.
Corresponde a la Unidad de Planeación y Proyectos de Inversión
el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:
1 Coordinar el cumplimiento de los procesos de planificación y de
los programas y proyectos de inversión.
2 Preparar planes sectoriales, identificar, preparar y evaluar los proyectos
en el área social, de acuerdo con las necesidades de la comunidad.
3 Formular y elaborar proyectos de iniciativa territorial, calificar y dar
viabilidad a los mismos y presentarlos al Banco de proyectos.
4 Coordinar la realización del seguimiento y evaluación a
la ejecución y operación de los proyectos y programas.
5 Promocionar y capacitar a los funcionarios de la dependencia en la presentación
de los proyectos.
6 Hacer parte de la red de proyectos del nivel Municipal, Departamental
y nacional en coordinación con la dirección del Departamento
Administrativo de Planeación Municipal.
7. Mantener actualizado el inventario de bienes inmuebles a cargo de esta
Secretarìa, y revisar de forma permanente por el estado fìsico
de dichos bienes, con el fin de que se coordine lo necesario para su construcción,
mantenimiento y conservaciòn.
8. Las demás que se le asignen o deleguen.
CAPITULO 4
DE LA UNIDAD JURIDICA
ARTICULO 272.- UNIDAD JURIDICA - Corresponde a esta unidad el cumplimiento
de las siguientes responsabilidades:
1. Concertar los criterios jurìdicos bàsicos a aplicar en
la Secretaría.
2. Velar porque toda decisión y acto de la Secretaría este
dentro del marco Constitucional y legal.
3. Orientar a las distintas dependencias de la Secretarìa sobre la
competencia, deberes, funciones, prohibiciones y procedimientos a los cuales
deben adecuar sus actuaciones para asegurar el mejor cumplimiento de las
normas y el objetivo general de la dependencia.
4 Asistir y asesorar al Secretario y a los demás servidores públicos
de la Secretaría, en todos los asuntos jurídicos que tengan
que ver con sus competencias.
5 Elaborar o revisar todos los actos, contratos o documentos de carácter
jurídico que sean sometidos a su consideración.
6. Sustanciar los procesos de impugnación que se presenten como consecuencia
de la elección de órganos de dirección o control de
las Juntas de Acción Comunal, y Asociaciones de Juntas Comunales,
de conformidad con las normas vigentes.
7. Las demàs que se le asignen y las necesarias para el cumplimiento
eficiente y eficaz de la misiòn de la Secretarìa.
CAPITULO 5
DE LA SECRETARIA GENERAL
ARTICULO DOSCIENTOS SETENTA Y TRES : SECRETARIA GENERAL.-Corresponde a la
Secretaría General el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:
1 Asesorar y asistir al Secretario en el ejercicio de sus funciones y llevar
su representación en los casos en que sea necesario.
2 Asistir al Secretario en la Organización, control interno y evaluación
de gestión y resultados de los servidores públicos y dependencias
adscritas a la Secretaría.
3 Administrar y coordinar las actividades y los recursos humanos y físicos
de la Secretaría.
4 Asistir y asesorar al Secretario en la aplicación del control interno
en la Secretaría.
5 Sustanciar los procesos disciplinarios de ùnica instancia relacionados
con los servidores públicos de la Secretaría y rendir los
informes correspondientes.
6 Atender y resolver las quejas que presenten los ciudadanos en relación
con la Secretaría.
7 Coordinar las actividades relacionadas con la elaboración del proyecto
de presupuesto de la Secretaría y con el control de su ejecución.
8 Elaborar o revisar los actos, contratos y demás documentos que
deban someterse a la firma o aprobación del Secretario.
9 Elaborar los actos y ejecutar las gestiones necesarias para el desarrollo
de los procesos de contratación relacionados con las competencias
de la Secretaría.
10 Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento
eficiente y eficaz de la misión de la Secretaría.
ARTICULO DOSCIENTOS SETENTA Y
CUATRO : DE LA DIVISIÓN ADMINISTRATIVA.- Corresponde a esta División
el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:
1 Asistir y asesorar al Secretario General en los asuntos administrativos.
2 Planear y gestionar la adquisición de los bienes y servicios que
requiera la Secretaría.
3 Organizar y controlar la vigilancia y mantenimiento de los bienes asignados
a la Secretaría.
4 Coordinar y controlar lo relacionado con archivo y distribución
de documentación.
5 Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento
eficiente y eficaz de la misión de la Secretaría.
ARTICULO DOSCIENTOS SETENTA Y
CINCO : DE LA DIVISION DE SISTEMAS Y DOCUMENTACION.- Corresponde a esta
división el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:
1 Asesorar al Secretario y a las dependencias de la Secretaría en
los asuntos relacionados con la sistematización, procesamiento y
análisis de la información.
2 Organizar y desarrollar las actividades relacionadas con el procesamiento,
análisis, archivo y suministro de información que produzca
o reciba la Secretaría.
3 Elaborar los estudios en coordinaciòn con la Divisiòn de
Informàtica y Telemàtica elaborar los estudios para la adquisición
de equipos y programas adecuados a las necesidades de esta dependencia.
4 En coordinaciòn con la Divisiòn de Informàtica y
Telemàtica diseñar las políticas y programas para el
adecuado uso de los equipos y de los programas en las diferentes dependencias
de la Secretaría y supervisar su cumplimiento.
5 Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento
eficiente y eficaz de la misión de la Secretaría.
CAPITULO 6
SUBSECRETARIA DE GRUPOS ESPECIFICOS
ARTICULO DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS : DE LA SUBSECRETARIA DE GRUPOS ESPECIFICOS.
Corresponde esta Subsecretaría el cumplimiento de las siguientes
responsabilidades:
1 Coordinar, a partir de las políticas nacionales y sectoriales,
la planificación, la ejecución y el seguimiento de los programas
de las divisiones a su cargo.
2 Asegurar la coordinación con otras entidades administrativas, ONG´S,
comunitarias y la sociedad en general.
3 Elaborar proyectos para la consecución de recursos a nivel local,
nacional e internacional, y dar viabilidad a los proyectos de su subsecretaría.
4 Presentar informes periódicos sobre los resultados de la gestión
al Secretariado.
5 Asistir a eventos de cualificación y/o representativos para su
área.
6 Planificar el presupuesto anual de comùn acuerdo con la Unidad
de Planeaciòn y Proyectos de Inversiòn, el Secretario y la
Secretarìa General.
7 Garantizar la coordinación y eficacia del equipo de trabajo a su
cargo y las demás que el Secretario le asigne.
8 Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento
eficiente y eficaz de la misión de la Secretaría.
ARTICULO 277.- DIVISION DE APOYO
INTEGRAL AL DISCAPACITADO. Corresponde a esta División el cumplimiento
de las siguientes responsabilidades:
1 Planear, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar programas y proyectos
orientados al mejoramiento de la calidad de vida de los grupos de apoyo
integral al discapacitado.
2 Coordinar programas con las organizaciones de la sociedad en general,
nacionales e internacionales especializadas en apoyo integral al discapacitado,
y coordinar las actividades a través de los comités interinstitucionales.
3 Realizar diagnósticos de apoyo integral al discapacitado para la
evaluación en cuanto a la cobertura y calidad de servicios que presta
la dependencia.
4 Propiciar procesos en la comunidad para que sean agentes activos de su
propio desarrollo y fortalezcan la organización de grupos de base.
5 Diseñar e implementar metodologías de investigación
social, acorde con los grupos poblacionales a su cargo que sustenten modelos
demostrativos que se puedan ejecutar.
6 Obtener y mantener actualizado el inventario sobre todas las instituciones
y organizaciones que se relacionan con apoyo integral al discapacitado.
7 Presentar informes de gestión de manera periódica al subsecretario.
8 Asistir y promover a eventos de cualificación o representativos
para su área y las que le delegue la dependencia.
9. Las demàs funciones que se le asignen para el debido cumplimiento
de su objetivo.
ARTICULO DOSCIENTOS SETENTA Y
OCHO :DIVISION DE APOYO INTEGRAL A LA TERCERA EDAD Y LOS MARGINADOS.- Corresponde
a esta División el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:
1 Planear, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar programas y proyectos
orientados al mejoramiento de la calidad de vida de los grupos de apoyo
integral al indigente y la Tercera Edad.
2 Coordinar programas con las organizaciones de la sociedad en general tanto
nacionales como internacionales especializadas en apoyo integral al indigente
y la Tercera Edad, y coordinar las actividades a través de los comités
interinstitucionales.
3 Realizar diagnósticos de apoyo integral al indigente y la Tercera
Edad para la evaluación en cuanto a la cobertura y calidad de servicios
que presta la dependencia.
4 Propiciar procesos en la comunidad para que sean agentes activos de su
propio desarrollo y fortalezcan la organización de grupos de base.
5 Diseñar e implementar metodologías de investigación
social acorde con los grupos poblacionales a su cargo, que sustenten modelos
demostrativos que se puedan ejecutar.
6 Obtener y mantener actualizado el inventario sobre todas las instituciones
y organizaciones que se relacionan con apoyo integral al indigente y la
Tercera Edad.
7 Presentar al subsecretario informes de gestión de manera periódica.
8 Asistir y promover eventos de cualificación o representativos para
su área.
9 Las demás que se deleguen a su dependencia.
ARTICULO DOSCIENTOS SETENTA Y
NUEVE : DIVISION DE NEGRITUDES Y GRUPOS ETNICOS. Corresponde a esta División
el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:
1 Planear, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar programas y proyectos
orientados al mejoramiento de la calidad de vida de los grupos de la División
para las Negritudes.
2 Coordinar programas con las organizaciones nacionales e internacionales
especializadas en la División para las Negritudes, y coordinar las
actividades a través de los comités interinstitucionales.
3 Realizar los diagnósticos de la División para las Negritudes,
para la evaluación en cuanto a la cobertura y calidad de servicios
que presta la dependencia.
4 Propiciar procesos en la comunidad para que sean agentes activos de su
propio desarrollo y fortalezcan la organización de grupos de base.
5 Diseñar e implementar metodologías de investigación
social acorde con los grupos poblacionales a su cargo que sustenten modelos
demostrativos que se puedan ejecutar.
6 Obtener y mantener actualizado el inventario sobre todas las instituciones
y organizaciones que se relacionan con la División para las Negritudes.
7 Presentar informes de gestión de manera periódica al Subsecretario.
8 Asistir y promover eventos de cualificación o representativos para
su área y las que le delegue la dependencia.
CAPITULO 7
SUBSECRETARIA DE JUVENTUD, MUJER Y FAMILIA
ARTICULO DOSCIENTOS OCHENTA : SUBSECRETARIA DE JUVENTUD, MUJER Y FAMILIA.
Corresponde a esta Subsecretaría el cumplimiento de las siguientes
responsabilidades:
1 Coordinar la planeación, la ejecución y el seguimiento de
los programas de las divisiones a su cargo, a partir de las políticas
nacionales y sectoriales.
2 Asegurar la coordinación con otras entidades administrativas, ONG´S,
comunitarias y sociedad en general.
3 Elaborar proyectos de consecución de recursos a nivel local nacional
e internacional, y dar viabilidad a los proyectos de su subsecretaría.
4 Presentar al Secretario informes periódicos sobre los resultados
de la gestión.
5 Asistir a eventos de cualificación y/o representativos para su
área.
6 Planificar el presupuesto anual de comùn acuerdo con la Unidad
de Planeaciòn y Proyectos de Inversiòn, el Secretario y la
Secretarìa General.
7 Garantizar la coordinación y eficacia del equipo de trabajo a su
cargo y las demás que el Secretario le asigne.
8 . Las demàs funciones que le sean asignadas
ARTICULO DOSCIENTOS OCHENTA Y
UNO : DIVISION DE JUVENTUD. Corresponde a esta División el cumplimiento
de las siguientes responsabilidades:
1 Planear, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar programas y proyectos
orientados al mejoramiento de la calidad de vida y desarrollo integral de
la juventud.
2 Coordinar programas con las organizaciones de la sociedad civil, nacionales
e internacionales especializadas en el desarrollo integral de la juventud,
y coordinar las actividades a través de los comités.
3 Realizar diagnósticos para el desarrollo integral de la juventud
y para la evaluación en cuanto a la organización de grupos
de base.
4 Diseñar e implementar metodologías de investigación
social, acorde con los grupos poblacionales a su cargo, que sustenten modelos
demostrativos que se puedan ejecutar.
5 Obtener y mantener actualizado el inventario sobre todas las instituciones
y organizaciones que se relacionan con el desarrollo integral de la juventud.
6 Presentar al subsecretario informes de gestión de manera periódica.
7 Asistir y promover eventos de cualificación o representativos para
su área.
8 Las demás que le asignen o deleguen.
ARTICULO DOSCIENTOS OCHENTA Y
DOS : DE LA DIVISION DE MUJER Y GENERO. Corresponde a esta División
el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:
1 Planear, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar programas y proyectos
orientados al mejoramiento de la calidad de vida y desarrollo integral de
la mujer.
2 Coordinar programas con las organizaciones de la sociedad civil nacionales,
e internacionales especializadas en el desarrollo integral de la mujer,
y coordinar las actividades a través de los comités interinstitucionales.
3 Realizar diagnósticos para el Desarrollo integral de la mujer,
con el fin de evaluar la cobertura y calidad de servicios que presta la
dependencia.
4 Propiciar procesos en la comunidad para que sean agentes activos de su
propio desarrollo y fortalezcan la organización de grupos de base.
5 Diseñar e implementar metodologías de investigación
social, acorde con los grupos poblacionales a su cargo, que sustenten modelos
demostrativos que se puedan ejecutar.
6 Obtener y mantener actualizado el inventario sobre todas las instituciones
y organizaciones que se relacionan con el desarrollo integral de la mujer.
7 Presentar informes de gestión de manera periódica al Subsecretario.
8 Asistir y promover eventos de cualificación o representativos para
su área
9 Las demàs que se le asignen o deleguen.
ARTICULO DOSCIENTOS OCHENTA Y
TRES : DIVISION DE FAMILIA Y NIÑEZ. Corresponde a esta División
el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:
1 Planear, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar programas y proyectos
orientados al mejoramiento de la calidad de vida y de desarrollo integral
de la familia y la niñez.
2 Coordinar programas con las organizaciones de la sociedad en general,
nacionales e internacionales especializadas en el desarrollo integral de
la familia y la niñez y coordinar las actividades a través
de los comités.
3 Realizar diagnósticos para el desarrollo integral de la familia
y la niñez y para la evaluación en cuanto a la organización
de grupos de base.
4 Diseñar e implementar metodologías de investigación
social, acorde con los grupos poblacionales a su cargo, que sustenten modelos
demostrativos que se puedan ejecutar.
5 Obtener y mantener actualizado el inventario sobre todas las instituciones
y organizaciones que se relacionan con el desarrollo integral de la familia
y la niñez.
6 Presentar al subsecretario informes de gestión de manera periódica.
7 Asistir y promover eventos de cualificación o representativos para
su área.
8 Las demás que se le asignen o deleguen.
CAPITULO 8
DE LA SUBSECRETARIA DE GESTION COMUNITARIA
ARTICULO DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO : DE LA SUBSECRETARIA DE GESTION COMUNITARIA.-
Corresponde a esta Subsecretaría el cumplimiento de las siguientes
responsabilidades:
1 Coordinar a partir de las políticas nacionales y sectoriales, la
planeación, la ejecución y el seguimiento de los programas
de las divisiones a su cargo.
2 Asegurar la coordinación con otras entidades administrativas, ONG´S
comunitarias y Sociedad Civil.
3 Elaborar proyectos de consecución de recursos a nivel local nacional,
e internacional, y dar viabilidad a los proyectos de su Subsecretaría.
4 Presentar al Secretario informes periódicos sobre los resultados
de la gestión.
5 Asistir a eventos de cualificación y/o representativos para su
área.
6 Planificar el presupuesto anual de común acuerdo con la unidad
de planeación, el Secretario y la Secretaría General.
7 Garantizar la coordinación y eficacia del equipo de trabajo a su
cargo.
8 Apoyar, estimular y facilitar la participaciòn y funcionamiento
de las Juntas de Acciòn Comunal y las Juntas Adminsitradoras Locales.
9. Las demás que se le asignen o deleguen.
ARTICULO DOSCIENTOS OCHENTA Y
CINCO : DIVISION DE PARTICIPACION Y FORMACION DE LIDERES.- Corresponde a
esta División el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:
1 Planear, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar políticas, programas
y proyectos de la División.
2 Diseñar e implementar programas de capacitación permanentes,
a todos los sectores de la población urbana y rural del Municipio,
en concertación con Universidades, Fundaciones y otras Entidades.
3 Diseñar y producir materiales educativos requeridos para el desarrollo
integral del proyecto de formación de líderes.
4 Identificar y formar agentes de cambio como multiplicadores en la Comunidad
y estimular el liderazgo en general con amplia participaciòn de las
Juntas de Acciòn Comunal y las Juntas Administradoras Locales..
5 Generar procesos de retroalimentación permanentes para el diseño
y actualización de los programas de capacitación.
6 Rendir informes periódicos de gestión, asistir y promover
eventos de cualificación o representativos para su área.
7 Fomentar y promover la creaciòn de ONG's.
8 Las demás que se le asignen o deleguen.
ARTICULO DOSCIENTOS OCHENTA Y
SEIS : DIVISION DE ASESORIA INTEGRAL A LA COMUNIDAD.- Corresponde a esta
División el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:
1 Planear, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar políticas, programas
y proyectos de la División.
2 Desarrollar procesos de planeación participativa del Municipio,
a partir de aplicaciones metodológicas específicas.
3 Diseñar e implementar metodologías de investigación
sociales comunitarias.
4 Diseñar proyectos comunitarios a partir de las necesidades de la
comunidad.
5 Inducir permanentemente a la comunidad para que sean agentes activos de
su propio desarrollo.
6 Atender las necesidades que en materia de procesos comunitarios de organización,
planeación, capacitación y desarrollo social que requieran
los habitantes del área urbana y rural del Municipio.
7 Rendir informes periódicos de gestión, asistir y promover
eventos de cualificación o representativos para su área.
8 Las demás que se le asignen o deleguen.



CREDITOS