Trámite para uso de suelo se puede hacer por internet y sin intermediarios
El subdirector de Espacio Público y Ordenamiento Urbanístico, Ricardo José Castro Iragorri, explicó que los tramites relacionados con uso del suelo se pueden realizar desde cualquier dispositivo con acceso a internet, mediante el Sistema Automatizado en Línea (SAUL) o accediendo directamente, a través del enlace https://usodelsuelo.cali.gov.co/.
Ingresando la dirección o el número predial nacional, de manera interactiva por medio de un mapa municipal, se localiza en primera instancia el predio objeto de la consulta y luego, ingresando la actividad comercial a desarrollar en el inmueble, se puede saber si es permitida o no su localización, de forma gratuita, práctica y rápida.
El Departamento Administrativo de Planeación Municipal (DAPM), a través de la Subdirección de Espacio Público y Ordenamiento Urbanístico, es el organismo de la Alcaldía de Santiago de Cali, encargado de expedir, entre otros, los conceptos técnicos y las licencias para la intervención del espacio público, así como emitir el concepto de uso del suelo, con el objetivo de conocer qué actividades económicas se pueden desarrollar en determinado predio, conforme con lo establecido en el Plan de Ordenamiento Territorial -POT- vigente (Acuerdo 0373 de 2014).
Esta consulta corresponde al Concepto del Uso del Suelo, adoptado por la normativa establecida en el Acuerdo 0373 de 2014 "Por medio del cual se adopta la revisión ordinaria de contenido de largo plazo del Plan de Ordenamiento Territorial del municipio de Santiago de Cali". Enfatizó el funcionario.
En el mismo sentido, existen algunos casos de consulta donde se debe realizar mediante la radicación de una solicitud escrita en cualquiera de nuestros canales de atención al ciudadano, los cuales se pueden identificar en nuestra página web https://www.cali.gov.co/participacion/publicaciones/136949/canales-de-atencion-al-ciudadano/ o de manera física, en la ventanilla única de atención al ciudadano ubicada en el Centro Administrativo Municipal (CAM).
Los casos en los que se debe radicar solicitud escrita son: 1). Los predios que tienen licencia de construcción con uso general, comercial y/o servicios, pero que no cuentan con una actividad específica determinada en la misma licencia. 2). Los establecimientos que requieran reconocimiento del uso (Art. 300 POT) y 3). Cuando la actividad por ser de “alto impacto” esté sujeta al trámite de un Esquema de Implantación y Regularización (EIR), actividades tales como bares, discotecas, centros comerciales, supermercados, almacenes de cadena, servitecas, talleres, CDA, equipamientos y usos industriales mayores a 5.000 metros cuadrados, entre otros.
Consulte más información en el enlace del Sistema Automatizado en Línea: https://planeacion.cali.gov.co/saul/
Formulario uso del suelo:
http://www.cali.gov.co/documentos/343/formularios-de-descarga/genPagDocs=2