Instancias de Participación Ciudadana del Municipio de Santiago de Cali
Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente (DAGMA)
Conformada por:
- 1. Por los/as Coordinadores/as Generales de las Juntas Directivas de los Comités Ambientales Comunitarios – J.D.C.A de cada una de las Comunas existentes en el Municipio de Santiago de Cali.
- 2. Por el Alcalde Municipal o su delegado/a.
- 3. Por el Director/a del Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente - DAGMA o su delegado/a
- Comunidad representada por los 22 Coordinadores Generales de las 22 Juntas Directivas de los Comités Ambientales Comunitarios – J.D.C.A de cada una de las 22 Comunas de Santiago de Cali.
- DAGMA a través del Director o su delegado. Alcaldía Municipal a través del señor Alcalde o su delegado.
Conformada por: El Comité Ambiental Comunitario estará conformado por los habitantes, trabajadores o estudiantes que pertenezcan a las Comisiones Ambientales Territoriales de barrios.
Los Comités Ambientales Comunitarios de cada Comuna, tendrán como estructura interna la siguiente:
- 1. Una Junta Directiva elegida mediante voto de los integrantes del Comité Ambiental Comunitario, quien llevará la representación de dicho Comité.
- 2. Una Terna por Barrio, elegida en asamblea general de la Comisión Ambiental Territorial.
El Comité Ambiental Comunitario estará conformado por los habitantes, trabajadores o estudiantes que pertenezcan a las Comisiones Ambientales Territoriales de barrios. Los Comités Ambientales Comunitarios de cada Comuna, tendrán como estructura interna la siguiente:
- 1. Un/a Coordinador/a general.
- 2. Un/a Coordinador/a operativo.
- 3. Un/a Secretario/a.
- 4. Un/a Tesorero/a.
- 5. El/a Responsable de procesos de cultura ambiental y comunicación.
- 6. El/a Responsable de organización, movilización y gestión de conflictos ambientales.
- 7. El/a Responsable de gestión de proyectos ambientales.
Sus miembros serán elegidos/as por votación de los integrantes del Comité Ambiental Comunitario inscritos ante el DAGMA, el proceso de elección se realizará con el acompañamiento y orientación de la Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario vigente, seis (6) meses antes de la finalización de su periodo; el cual será de cuatro (4) años y podrán ser reelegidos sin ningún tipo de restricción.
La Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario se reunirá como mínimo una vez al mes de forma ordinaria y de forma extraordinaria cada vez que lo convoque el Coordinador Operativo. Para que las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario se consideren legalmente instaladas, y sus decisiones válidamente adoptadas, se requerirá la asistencia y el voto de la mitad más uno de sus miembros.
Contacto: Henry Camilo Paz Día, Cel. 314 801 4457, Correo institucional: henry.paz@cali.gov.coConformada por:
El Comité Ambiental Comunitario estará conformado por los habitantes, trabajadores o estudiantes que pertenezcan a las Comisiones Ambientales Territoriales de barrios. El número de miembros que integran el Comité Ambiental Comunitario será igual al número de personas interesadas en integrarlo, por lo tanto será abierto y su periodo de duración será de cuatro (4) años.
Para pertenecer al Comité Ambiental Comunitario, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser mayor de catorce (14) años.
- Residir, estudiar o estar trabajando en el Barrio de la comuna en la cual realice su gestión ambiental comunitaria, por un tiempo no inferior a un (1) año.
- No estar activo en un Comité Ambiental Comunitario diferente al que va a ingresar.
Las Comisiones Ambientales Territoriales de cada Barrio, tendrán como estructura interna la siguiente:
- La terna de la Comisión Ambiental Territorial estará distribuida por un/a Promotor/a, un/a Suplente/a y un/a Dinamizador/a.
- La Comisión Ambiental Territorial es la instancia de Participación Comunitaria donde los habitantes, trabajadores o estudiantes de cada uno de las Barrios de Ia ciudad de Santiago de Cali se reúnen para realizar diagnósticos, y generar acciones articuladas a la Junta Directiva del Comité Ambiental Comunitario de su comuna, encaminadas a Ia búsqueda de soluciones de los diferentes problemas ambientales en su territorio.
La Terna de la Comisión Ambiental Territorial se reunirá cada quince (15) días y deberán asistir todos sus integrantes.
Conformada por:
- El Alcalde, quien preside.
- La Junta Asesora conformada por:
- Un Representante por cada comisión del Concejo Municipal.
- Un Representante por cada entidad pública y/o mixta, que adelante acciones de desarrollo rural y/o de conservación y protección ambiental, en el Municipio.
- Un Representante por cada gremio que adelante acciones de desarrollo rural y tenga presencia en el Municipio.
- Un Representante por cada asociación de Campesinos legalmente constituida.
- Un Representante por cada Consejo Local de Desarrollo Rural o Comité de Planificación de cada Corregimiento.
- Un Representante por cada una de las Juntas Administradoras Locales del área rural.
- Un representante por la Juntas de Agua de cada corregimiento
- Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente (Dagma)
Departamento Administrativo de Planeación Municipal
Conformada por:
- Representante Cultural
- Representante Educación Superior
- Representante Instituciones de Investigación y/o Transferencia de Tecnología
- Representante Comercio y Servicios Públicos
- Representante Entidades Financieras y Aseguradoras
- Representante Sector Industrial
- Representante JAC de Cali
- Representante JAL Urbanas
- Representante JAL Corregimientos
- Representante ONG´s
- Representante Juventud y Deporte
- Representante Asociación de Profesionales Informales y Campesinos
- Representante Sector Cooperativo y Microempresarial
- Representante Organizaciones del Sector Salud
- Representante Organizaciones Ambientales
- Representante Comunidades Indígenas
- Representante Mujer
- Representante Tercera Edad y Discapacitados
- Representante Obreros Empleados y Sindicalistas
- Instituciones culturales, de educación superior y de Investigación y/o transferencia de tecnología
- Instituciones de comercio y servicios públicos e industriales
- JAL urbanas
- JAL corregimientos
- Juventud y deporte
- Asociaciones profesionales informales y campesinas
- Instituciones del sector Cooperativo y microempresarial
- Organizaciones del sector salud
- Organizacciones ambientales
- Grupos de la tercera edad y/o discapacitados
- Instituciones obreras, sindicalistas y de empleados
- Organizaciones de afrodescendientes e indígenas
- Comunidad (JAC)
- Organizaciones sociales y comunitarias
- El Estado:
a). El Jefe de oficina del C.A.L.I.
b). Los delegados de las entidades de la Administración Central Municipal
c). Los delegados de las entidades oficiales de carácter nacional, regional o departamental cuando sea el caso
- Comunidad
- Juntas de Acción Comunal (JAC)
- Organizaciones sociales y comunitarias (Grupo de Tercera Edad, Grupo de Jóvenes, Madres Cabeza de Familia, Grupo de Etnias, Grupo de Discapacidad, grupo de Desplazados, Grupo de Medio Ambiente, Grupo de Cultura, Grupo de Recreación y Deporte, Grupo de Educación, etc).
- Departamento Administrativo de Planeación Municipal o su delegado
- Deptartamento Administrativo de Hacienda Municipal o su delegado
- Secretaría de Tránsito y Transporte Municipal o su delegado
- Secretaría de Vivienda Social Municipal o su delegado
- Secretaría de Educación Municipal o su delegado
- Secretaría de Salud Municipal o su delegado
- Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente - DAGMA
- Subdirección del Plan de Ordenamiento Territorial y Servicios Públicos
- Subdirección de Ordenamiento Urbanístico - DAPM
- Curaduría Urbana Uno o delegado
- Curaduría Urbana Dos o delegado
- Curaduría Urbana Tres o delegado
- Presidencia Consejo Territorial de Planeación o su delegado
- Organizaciones
- Cámara Colombiana de la Construcción - CAMACOL
- Sociedad Colombiana de Arquitectos -SCA
- Cámara de Comercio de Cali - CCC
- Representantes Organizaciones Ambientales
- Representantes Universidades
- Departamento Administrativo de Planeación Municipal o su delegado
- Deptartamento Administrativo de Hacienda Municipal o su delegado
- Secretaría de Tránsito y Transporte Municipal o su delegado
- Secretaría de Vivienda Social Municipal o su delegado
- Secretaría de Educación Municipal o su delegado
- Secretaría de Salud Municipal o su delegado
- Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente - DAGMA
- Subdirección del Plan de Ordenamiento Territorial y Servicios Públicos
- Subdirección de Ordenamiento Urbanístico - DAPM
- Curaduría Urbana Uno o delegado
- Curaduría Urbana Dos o delegado
- Curaduría Urbana Tres o delegado
- Presidencia Consejo Territorial de Planeación o su delegado
- Organizaciones
- Cámara Colombiana de la Construcción - CAMACOL
- Sociedad Colombiana de Arquitectos -SCA
- Cámara de Comercio de Cali - CCC
- Representantes Organizaciones Ambientales
- Representantes Universidades
- Ley 142 del 11 de julio de 1994
- Ley 505 del 25 de junio de 1999
- Ley 689 de 2001
- Ley 732 del 25 de enero de 2002
- Decreto 262 de 2004
- Decreto 0007 de 2010
- Decreto Nacional 262 de 2004
- Seis (6) representantes de la comunidad, elegidos mediante convocatoria por la Personería Municipal
- Seis (6) delegados en representación de las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios
- Un representante de los Vocales de Control
- El Personero Municipal o su delegado
- El funcionario competente del Departamento Administrativo de Planeación Municipal que ejerce la Secretaria Técnica del Comité.
- Departamento Administrativo de Planeación Municipal
- Empresas Prestadoras de Servicios Públicos Domiciliarios
- Personería Municipal
- El Comité, cuando lo estime conveniente, podrá invitar a representantes de entidades públicas privadas, como por ejemplo, el principal responsable de la estratificación en el departamento, funcionarios del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), como entidad responsable a nivel nacional, Subdirección de Catastro, entre otros
- Departamento Administrativo de Planeación Municipal o su delegado
- Departamento Administrativo de Hacienda Municipal o su delegado
- Secretaría de Tránsito y Transporte Municipal o su delegado
- Departamento Administrativo de Planeación Municipal o su delegado
- Departamento Administrativo de Hacienda Municipal o su delegado
- Secretaría de Tránsito y Transporte Municipal o su delegado
- Secretaría de Infraestructura y Valorización Municipal o su delegado
Un representante de las Universidades que cuenten con el programa de Arquitectura y que tengan sede en Cali. Un representante de la Sociedad de Mejoras Públicas. Un representante de la Sociedad Colombiana de Arquitectos. Un representante del Departamento Administrativo de Planeación. Un funcionario designado por el Subdirector de Ordenamiento Urbanístico que fungirá como Secretarios de Actas del Comité.
- Un representante de las Universidades que cuenten con el programa de Arquitectura y que tengan sede en Cali
- Un representante de la Sociedad de Mejoras Públicas
- Un representante de la Sociedad Colombiana de Arquitectos
- Un representante del Departamento Administrativo de Planeación
- Un funcionario designado por el Subdirector de Ordenamiento Urbanístico que ejercerá como Secretario de Actas del Comité
- Asesorar al Municipio de Santiago de Cali -Subdirección de Espacio Público y Ordenamiento Urbanístico o a la dependencia que haga sus veces en temas de expresión artística que se desarrollen en el espacio público del Municipio de Santiago de Cali
- Emitir conceptos técnicos frente a las posibles intervenciones de arte público que se realicen en el Municipio de Santiago de Cali
- Orientar y recomendar sobre los lugares del municipio de Santiago de Cali dónde se permitirá el desarrollo del arte público
- El Alcalde o su delegado
- El Subdirector de Espacio Público y Ordenamiento Urbanístico o su delegado
- El Secretario de Cultura o su delegado
- El Jefe de la Oficina de Comunicaciones o su delegado
- El Director del Museo de Arte Moderno la Tertulia o su delegado
- El Rector del Instituto Departamental de Bellas Artes o su delegado
- Un representante de las Universidades que cuente con facultad de Arte
- El Presidente Regional de la Sociedad Colombiana de Arquitectos o su representante
- Presidente de la Cámara de Comercio o su representante
- El Presidente de la Corporación Sociedad de Mejoras Públicas de Cali
El Comité de Arte Público podrá invitar, cuando lo estime conveniente a:
- Funcionarios, particulares, representantes de las entidades públicas y privadas, así como: asociaciones profesionales y gremiales, entidades académicas o miembros de corporaciones públicas, entre otros, con el fin de coadyuvar, asesorar o ilustrar en materia de ornato y espacio público en la definición de criterios para proyectos de arte público.
Secretaría de Bienestar Social
- El Alcalde Municipal o su delegado.
- El Secretario de Bienestar Social o su delegado.
- El Secretario de Cultura o su delegado.
- El Secretario de Salud Pública Municipal o su delegado.
- El Secretario de Educación Municipal o su delegado.
- El Secretario de Deporte y Recreación o su delegado.
- El Secretario de Paz y Convivencia Ciudadana o su delegado.
- El Secretario de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana o su delegado.
- El Secretario de Vivienda Social y Habitat o su delegado
- El Director del Departamento Administrativo de Planeación Municipal o su delegado.
- El Secretario de Movilidad o su delegado.
- El Director del Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente - DAGMA o su delegado.
- Un delegado de la Policía de Infancia y Adolescencia
- Un Representante de las ONGs que intervengan con los temas de niñez y
- adolescencia y participe en el Comité Municipal de Infancia y Familia.
- El Director Regional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o su delegado.
El Secretario de Bienestar Social o su delegado.
El Secretario de Cultura o su delegado.
El Secretario de Salud Pública Municipal o su delegado.
El Secretario de Educación Municipal o su delegado.
El Secretario de Deporte y Recreación o su delegado.
El Secretario de Paz y Convivencia Ciudadana o su delegado.
El Secretario de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana o su delegado.
El Secretario de Vivienda Social y Habitat o su delegado
El Director del Departamento Administrativo de Planeación Municipal o su delegado.
El Secretario de Movilidad o su delegado.
El Director del Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente - DAGMA o su delegado.
Un delegado de la Policía de Infancia y Adolescencia
Un Representante de las ONGs que intervengan con los temas de niñez y
adolescencia y participe en el Comité Municipal de Infancia y Familia.
El Director Regional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o su delegado, no cita.
- El Director Territorial del Ministerio de Trabajo o su delegado, quien to presidira
- El Secretario de Salud Publica Municipal, o su delegadoEl Secretario de Educacion Municipal, o su delegado.
- El Director del Departamento Administrativo de Tecnologias de la Informacibn y las Comunicaciones o su delegado (TIC)
- El Director del Departamento Administrativo de Planeacion Municipal o su
- delegado.
- El Director Regional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, o su delegado.
- El Secretario de Cultura o su delegado.
- El Secretario de Turismo o su delegado.
- El Secretario de Desarrollo Economico o su delegado.
- El Secretario de Desarrollo Territorial y Participacion Ciudadana o su delegado.
- El Secretario de Seguridad y Justicia o su delegado.
- E/ Secretario de Paz y Cultura Ciudadana o su delegado.
- El Secretario de Deportes y la Recreacién o su delegado.
- El Secretario de Bienestar Social o su delegado.
- El Director Regional del Servicio de Aprendizaje SENA o su delegado.
- El Director Regional de la Prosperidad Social o su delegado.
- Un representante de la Policia Metropolitana de Cali.' Policia de infancia y Adolescencia.
- Un representante de la Central Obrera més representativa.
- Un representante de los empleadores, designado por el Consejo gremial de
- empresarios.
- Representante de entidades no gubernamentales que han hecho parte del Comité de manera permanente en el ultimo año.
- El Secretario de Salud Pública Municipal, quien lo presidirá.
- El Director Regional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o su delegado.
- El Secretario de Gobierno, Convivencia y Seguridad Ciudadana o su delegado.
- El Secretario de Bienestar Social y desarrollo Territorial o su delegado.
- El Secretario de educación o su delegado.
- El Personero Municipal o su delegado.
- Un Comisario de Familia designado por el Secretario de Gobierno, Convivencia y Seguridad Ciudadana o su delegado.
- Un Juez de Familia del Circuito de Cali, designado por el Consejo Secciona! de la Judicatura del Valle del Cauca.
- El Director de la Oficina Asesora de Comunicaciones de la Alcaldía Municipal.
- El Director Seccional de Fiscalía, o su delegado.
- El Director del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses Regional Suroccidente- Sede Cali- o su delegado.
- Un delegado del Consejo Seccional de La Judicatura del Valle del Cauca .
- El Comandante de Policía Metropolitana de Cali o su delegado.
- El Defensor Regional del Pueblo o su delegado.
- Un representante de las Asociaciones Regionales de Psiquiatría,
- Psicología, Pediatría, Sexología, quien será elegido entre ellas por cooptación y cuya participación será rotativa de conformidad con lo dispuesto por los Estatutos que regirán el Consejo.
- Un (1) representante de las organizaciones no gubernamentales que tengan por finalidad la prestación de servicios de protección de los niños, niñas y adolescentes, que será elegido entre ellas por cooptación y cuya participación será rotativa de conformidad con lo dispuesto por el reglamento del Comité.
El Secretario de Salud Pública Municipal, quien lo presidirá.
El Director Regional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o su delegado.
El Secretario de Gobierno, Convivencia y Seguridad Ciudadana o su delegado.
El Secretario de Bienestar Social y desarrollo Territorial o su delegado.
El Secretario de educación o su delegado.
El Personero Municipal o su delegado.
Un Comisario de Familia designado por el Secretario de Gobierno, Convivencia y Seguridad Ciudadana o su delegado.
Un Juez de Familia del Circuito de Cali, designado por el Consejo Secciona! de la Judicatura del Valle del Cauca.
El Director de la Oficina Asesora de Comunicaciones de la Alcaldía Municipal.
El Director Seccional de Fiscalía, o su delegado.
El Director del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses Regional Suroccidente- Sede Cali- o su delegado.
Un delegado del Consejo Seccional de La Judicatura del Valle del Cauca .
El Comandante de Policía Metropolitana de Cali o su delegado.
El Defensor Regional del Pueblo o su delegado.
Un representante de las Asociaciones Regionales de Psiquiatría,
Psicología, Pediatría, Sexología, quien será elegido entre ellas por cooptación y cuya participación será rotativa de conformidad con lo dispuesto por los Estatutos que regirán el Consejo.
Un (1) representante de las organizaciones no gubernamentales que tengan por finalidad la prestación de servicios de protección de los niños, niñas y adolescentes, que será elegido entre ellas por cooptación y cuya participación será rotativa de conformidad con lo dispuesto por el reglamento del Comité
- Acuerdo No. 062 del 2000
- Acuerdo No. 148 del 2000
- Decreto No. 0057 del 8 de febrero de 2013
- Acuerdo No. 365 del 2014
- Decreto No. 0504 del 16 de septiembre de 2016
- Decreto No. 0619 del 23 de noviembre de 2016
- Decreto No. 0495 del 30 de junio del 2017
Por la Secretaría de Deporte y Recreación al Subsecretario de Fomento, o quien realice sus funciones.
Por el Departamento Administrativo de Planeación Municipal a la Subdirectora de Espacio Público y Ordenamiento Urbanístico, o quien realice sus funciones.
Por la Secretaría de Vivienda al Subsecretario de Mejoramiento Integral y Legalización, o quien realice sus funciones.
Por la Secretaría de Bienestar Social, al Subsecretario de Poblaciones y Etnias, o quien realice sus funciones.
Nueve (09) representantes de las organizaciones sin ánimo de lucro de las personas con discapacidad y un (01) representante de las personas con discapacidad que no están agremiadas, para lo cual se tendrá la siguiente composición:
a) Un representante de las organizaciones de personas con discapacidad física.
b) Un representante de las organizaciones de personas con discapacidad visual.
c) Un representante de las organizaciones de personas con discapacidad auditiva.
d) Un representante de las organizaciones de personas de talla baja.
e) Un representante de las organizaciones de padres de familia de personas con discapacidad cognitiva.
f) Un representante de las organizaciones de personas con discapacidad mental.
g) Un representante de las organizaciones de personas con discapacidad múltiple.
h) Un representante de las personas con sordo-ceguera.
i) Un representante de las personas jurídicas cuya capacidad de actuación gire en torno a la atención de las personas con discapacidad en el municipio.
j) Un representante de las personas con discapacidad que no están agremiadas.
Parágrafo 1”. Los representantes de las organizaciones de personas con discapacidad física, visual, auditiva, mental y de talla baja, serán personas con discapacidad del sector al que representan. En el caso de las personas Con discapacidad cognitiva podrá ser sus padres, o un familiar dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil. Para el caso del representante de personas con discapacidad múltiple, este debe tener dos o más condiciones de discapacidad.
- Por los Cabildos Indígenas, por la Administración y Otras entidades
- Los Gobernadores de los Cabildos indígenas, y/o su delegado
- El delegado (a) de los Cabildos indígenas del Consejo Municipal de Juventud.
- El delegado (a) de los cabildos indígenas ante la Junta Municipal de Educación.
- El delegado (a) de los cabildos indígenas ante los Comités de Salud Pública Municipal.
- El delegado (a) de los cabildos indígenas ante el Consejo de Cultura Municipal.
- El Secretario (a) de Desarrollo Territorial y Bienestar Social Municipal, y/o su
- delegado.
- El Secretario (a) de Gobierno, Convivencia y Seguridad Social Municipal, y/o
- su delegado.
- El Secretario (a) de Deporte y Recreación Municipal, y/o su delegado.
- El Secretario (a) de Vivienda Social Municipal, y/o su delegado.
- El Secretario (a) de Educación Municipal, y/o su delegado.
- El Secretario (a) de Salud Pública Municipal, y/o su delegado.
- El Secretario (a) de Cultura y Turismo Municipal, y/o su delegado.
- El Director (a) del Departamento Administrativo de Gestión del Medio
- Ambiente.- DAGMA.
- El Director (a) de fomento económico.
- La delegada del Comité de Mujer del Municipio
- El Secretario de Gobierno Departamental y/o su delegado.
- El Director (a) de Asuntos Indígenas Nacional, y/o su delegado.
- El Director (a) del ICETEX. y/ó su delegado.
- El Director (a) del SENA y/o su delgado.
- El Rector ( a) de la Universidad Libre secciona! Cali y/o su delgado.
- El Rector de la Universidad del Valle y/o su delegado.
- Por los Cabildos Indígenas, por la Administración y Otras entidades
- Los Gobernadores de los Cabildos indígenas, y/o su delegado
- El delegado (a) de los Cabildos indígenas del Consejo Municipal de Juventud.
- El delegado (a) de los cabildos indígenas ante la Junta Municipal de Educación.
- El delegado (a) de los cabildos indígenas ante los Comités de Salud Pública Municipal.
- El delegado (a) de los cabildos indígenas ante el Consejo de Cultura Municipal.
- El Secretario (a) de Desarrollo Territorial y Bienestar Social Municipal, y/o su
- delegado.
- El Secretario (a) de Gobierno, Convivencia y Seguridad Social Municipal, y/o
- su delegado.
- El Secretario (a) de Deporte y Recreación Municipal, y/o su delegado.
- El Secretario (a) de Vivienda Social Municipal, y/o su delegado.
- El Secretario (a) de Educación Municipal, y/o su delegado.
- El Secretario (a) de Salud Pública Municipal, y/o su delegado.
- El Secretario (a) de Cultura y Turismo Municipal, y/o su delegado.
- El Director (a) del Departamento Administrativo de Gestión del Medio
- Ambiente.- DAGMA.
- El Director (a) de fomento económico.
- La delegada del Comité de Mujer del Municipio
- El Secretario de Gobierno Departamental y/o su delegado.
- El Director (a) de Asuntos Indígenas Nacional, y/o su delegado.
- El Director (a) del ICETEX. y/ó su delegado.
- El Director (a) del SENA y/o su delgado.
- El Rector ( a) de la Universidad Libre secciona! Cali y/o su delgado.
- El Rector de la Universidad del Valle y/o su delegado.
- Decreto No. 1120 del 3 de diciembre de 2015, Decreto No. 0635 del 22 de septiembre de 2017, Decreto 0551 del 17 de agosto de 2017
- Ley 1448 de 2011
- Decreto 4800 de 2011
- Decretos 4633, 4634 y 4635 de 2011
- El Alcalde, quien lo preside.
- El/La Secretario(a) de Bienestar Social, Secretaría Técnica
- El/La Secretario(a) de Seguridad y Justicia
- El/La Director (a) del Departamento Administrativo de Planeación Municipal
- El/La Secretario(a) de Salud Pública
- El/La Secretario(a) de Educación
- El/La Secretario(a) de Vivienda Social y Hábitat
- El/La Secretario(a) de Deporte y Recreación
- El/La Secretario(a) de Cultura
- El (La) Secretario de Paz y Cultura Ciudadana
- El (La) Secretaría de Desarrollo Económico
- El/La Director(a) del Departamento de Hacienda Municipal
- El Comandante de la Policía Metropolitana de Cali
- El Comandante del Ejército Nacional Tercera Brigada
- El/La Director(a) del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) Regional Cali
- ElLa Director a) Regional del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA)
- ElLa Personero(a) municipal de Santiago de Cali
- Un delegado del/la directora(a) de la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas.
- Dos (2) delegados/as por la Mesa de Participación de Víctimas.
- Un delegado de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras despojadas
- El Alcalde, quien lo preside.
- El/La Secretario(a) de Bienestar Social, Secretaría Técnica
- El/La Secretario(a) de Seguridad y Justicia
- El/La Director (a) del Departamento Administrativo de Planeación Municipal
- El/La Secretario(a) de Salud Pública
- El/La Secretario(a) de Educación
- El/La Secretario(a) de Vivienda Social y Hábitat
- El/La Secretario(a) de Deporte y Recreación
- El/La Secretario(a) de Cultura
- El (La) Secretario de Paz y Cultura Ciudadana
- El (La) Secretaría de Desarrollo Económico
- El/La Director(a) del Departamento de Hacienda Municipal
- El Comandante de la Policía Metropolitana de Cali
- El Comandante del Ejército Nacional Tercera Brigada
- El/La Director(a) del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) Regional Cali
- ElLa Director a) Regional del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA)
- ElLa Personero(a) municipal de Santiago de Cali
- Un delegado del/la directora(a) de la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas.
- Dos (2) delegados/as por la Mesa de Participación de Víctimas.
- Un delegado de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras despojadas.
- Decreto No. 1120 del 3 de diciembre de 2015, Decreto No. 0635 del 22 de septiembre de 2017, Decreto 0551 del 17 de agosto de 2017.
- Ley 1448 de 2011
- Decreto 4800 de 2011
- Decretos 4633, 4634 y 4635 de 2011
- Secretaría de Seguridad y Justicia
- Departamento Administrativo de Hacienda
- Subsecretaría de Atención Integral a Víctimas Departamento Administrativo de Planeación Municipal
- Secretaría de Salud Pública
- Secretaría de Desarrollo Económico
- Unidad Para La Atención y Reparación Integral a las Victimas - UARIV Prosperidad Social
- Secretaría de Educación
- Policía Metropolitana
- nstituto Colombiano de Bienestar Familiar
- Servicio Nacional de Aprendizaje
- Mesa participación efectiva para las Víctimas
- Ejército Nacional - Tercera Brigada
INVITADOS PERMANENTES:
- Personería Municipal
- Defensoría del Pueblo
- Procuraduría Provincial
- Decreto No. 1120 del 3 de diciembre de 2015, Decreto No. 0635 del 22 de septiembre de 2017, Decreto 0551 del 17 de agosto de 2017.
- Ley 1448 de 2011
- Decreto 4800 de 2011
- Decretos 4633, 4634 y 4635 de 2011
- Secretaría de Seguridad y Justicia
- Subsecretaría Atención Integral a Víctimas (Secretaría Técnica) Secretaría de Salud Pública
- Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas - UARIV Secretaria de Educación
- Policía Metropolitana
- Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
- Mesa participación efectiva para las Víctimas
- Actor local del programa presidencial para la acción Minas anti personas
- Personería Municipal
- Defensoría del Pueblo
- Procuraduría Provincial
- Ministerio del Trabajo,
- Ministerio del Interior
- Fiscalía General de la Nación — Seccional Valle
- O/IM- Jóvenes
- Subsecretaría de Equidad de Género, Subsecretaría de Poblaciones y Efnias, Primera Infancia
- Agencia Colombiana de Reintegración (ACR)
- AGN.
- Movilizar y coordinar acciones para la atencion integral a la primera infancia, con la participacion activa de las administraciones municipales, concejos municipales de politica social, hospitales, instituciones educativas, agentes educativos, organizaciones sociales y lideres comunitarios y lideres comunitarios del sector urbano y rural
- Orientar la formulacion del plan de atencion integral y su implementacion, asi como las estrategias de implementacion de los convenios de atencion integral establecidos por el ministerio , atendiento a la politica educativa nacional y a las politicas publicas nacionales y departamentales
- Generar lineamientos para la articulacion de las ofertas existentes en el municipio, en el marco de la politica educativa de la primera infancia
- Gestionar y coordinar recursos locales para la implementacion de diversas estrategias de atencion integral
- Alcalde del Municipio de Santiago de Cali
- Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF)
- Departamento Administrativo de Planeacion Municipal
- Secretaria de Educacion Municipal
- Secretaria de Salud Publica Municipal
- Secretaria de Bienestar Social
- Secretaria de Cultura
- Secretaria de Deporte y Recreacion
- Secretaria de Seguridad y Justicia
- Secretaria de Vivienda Social y Habitat
- Secretaria de Desarrollo Territorial y Participacion Ciudadana.
- Sector Academico : Universidades
- Sector Empresarial : Comision Vallecaucana por la Educacion, CVE, Empresarios Por la Educacion, EXE
- Entidades no gubernamentales como las fundaciones,
- Entidades civicas, defensa civil, policia, etc.
Secretaría de Cultura
Tiene por objetivo:
- Estimular el desarrollo cultural y contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de las comunidades en sus respectivos entes territoriales.
- Actuar como entes articuladores de las actividades relacionadas con el fomento, la promoción y la difusión del patrimonio cultural y artístico de las entidades territoriales.
- Promover y hacer las recomendaciones que sean pertinentes para la formulación, cumplimiento y evaluación de los planes, programas y proyectos culturales.
- Vigilar la ejecución del gasto público invertido en cultura.
La conformación de los Consejos Municipales de Cultura, según la ley 397 /97, Titulo IV De la gestión cultural, articulo 60, estará integrada así:
- El Alcalde, o su Delegado.
- El Director de la Institución Cultural del Municipio.
- Un representante del Ministerio de Cultura.
- Un Jefe de Núcleo Educativo.
- Un Representante de Cada uno de los Sectores Artísticos y Culturales.
- Representantes de las Comunas y Corregimientos, de Conformidad con la Distribución Administrativa del Municipio.
- Un Representante de la Filial de los Monumentos en Donde Tengan Presencia y sean Representativos.
- Un Representante de los Consejos Territoriales Indígenas.
- Un Representante de las Universidades de Cali.
- Un Representante de los Artesanos en donde tengan Presencia y sean Representativos.
- Un Representante de las Organizaciones Cívicas o Comunitarias.
- Un Representante de las ONG Culturales.
- Un Representante de las Agremiaciones y Asociaciones de los Comunicadores.
- Un Representante de los Sectores de la Producción y los Bienes y Servicios.
- Un Representante de las Asociaciones Juveniles en donde tengan Presencia y sean Representativos.
- Un Representante de los Personeros Estudiantiles en donde tengan Presencia y sean Representativos.
- Un Representante de las Agremiaciones Culturales de Personas en Situación de Discapacidad, Físicos, Psíquicos y Sensoriales.
- Un representante de las Universidades que cuenten con el programa de Arquitectura y que tengan sede en Cali.
- Un representante de la Sociedad de Mejoras Públicas.
- Un representante de la Sociedad Colombiana de Arquitectos.
- Un representante del Departamento Administrativo de Planeación.
- Un funcionario designado por el Subdirector de Ordenamiento Urbanístico que fungirá como Secretarios de Actas del Comité.
- Comité técnico de la Secretaría de Cultura y Turismo de Cali y el operador del proyecto.
- IPC, Universidad del Pacífico,
- UNIVALLE,
- Universidad Javeriana,
- FECCOPA,
- German Patiño (consultor),
- Mesa de Concertación Afro,
- Humberto Molina (Artesano),
- Alonso Triana (artesano),
- Bellas Artes,
- Tayron Palacios (Cocina),
- Licenia Pinilla (bebidas),
- Estética y Belleza Afro
- Consejo Municipal de Cultura,
- Ernesto Esteban Gonzales (Comunicador e investigador).
- Comité técnico de la Secretaría de Cultura de Cali y el operador del proyecto
- ASOSALCALI
- PROMOSIVAL
- ASOBSALSA
- FEDESALSA
- ASONOVAS
- UNIMEL
- Consejo Municipal de Cultura
- Umberto Valverde (Investigador)
- Fundación para la Cultura, y Folclor Urbano FUCLUFU
- Rafael Quintero (comunicador e investigador)
- Medardo Arias (investigador)
Secretaría del Deporte y la Recreación
- Clubes deportivos
- Corporación para el deporte, deportistas
Conformada por: Comunidad - Secretaría de Deporte.
Entidades que asisten:
- Dependencias de la Alcaldía Municipal
- Los C.A.L.I.´s e integrantes de la comunidad donde se desarrolla el proyecto.
- Comunidad
- Secretaría del Deporte y la Recreación
- Comunidad
- Secretaría del Deporte y la Recreación
- Contraloría
- Personería
- Secretaría de Deporte
- Comunidad
- Secretaría de Deporte
- Administradores de escenarios
Resolucion Comité de Deportes
Secretaría de Desarrollo Económico
Conformada por:
- Mesa Directiva: tendrá como responsabilidad validar y aprobar los desarrollos generados en cada una de las mesas técnicas que se constituyen para la formulación, aprobación y posterior seguimiento y evaluación de la política pública de desarrollo económico de la ciudad; así como aquellas propuestas y estrategias presentadas por la Secretaría de Desarrollo Económico de Santiago de Cali.
- Mesas técnicas: Para garantizar la eficiencia del Consejo Asesor para el Desarrollo Económico de la ciudad de Santiago de Cali, se conformarán cinco (5) mesas técnicas, cuya operatividad será definida por la Secretaría Técnica, Subsecretaria de Cadenas de Valor (Unidad de Inteligencia Socioeconómica) de la Secretaría de Desarrollo Económico de la Alcaldía de Santiago de Cali, y aprobada por la Mesa Directiva del Consejo Asesor. Estas mesas serán lideradas por un delegado(a) de la Secretaría de Desarrollo Económico, quien será el encargado(a) de realizar la coordinación operativa.
Las mesas técnicas a conformar corresponden a los siguientes tópicos:
- Mesa Municipal de Empleo.
- Mesa de Competitividad y Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Mesa de Cierre de Brechas Sociales.
- Mesa de Sostenibilidad.
- Mesa de Inserción
- Alcalde de Santiago de Cali o el Secretario(a) de Desarrollo Económico de la Alcaldía de Santiago de Cali como su delegado.
- Gerente de la Comisión Regional de Competitividad del Valle del Cauca.
- Gerente del Banco de la República Cali.
- Rector(a) de la Universidad del Valle.
- Rector(a) de la Universidad Nacional sede Palmira.
- Rector(a) de la Universidad Autónoma de Occidente.
- Rector(a) de la Universidad ICESI.
- Rector(a) de la Universidad Santiago de Cali.
- Rector(a) de la Universidad Libre Cali.
- Rector(a) de la Universidad San Buenaventura Cali.
- Rector(a) de la Pontificia Universidad Javeriana Cali.
- Director Regional del SENA Valle del Cauca.
- Presidente de la Cámara de Comercio de Cali.
- Director(a) de la Agencia de Promoción de Inversiones del Valle del Cauca (Invest Pacific).
- Director(a) Ejecutivo(a) del Comité Intergremial y Empresarial del Valle del Cauca (CIEV).
- Gerente Regional de la Asociación Colombiana de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas - ACOPI Seccional Valle del Cauca.
- Director(a) Ejecutivo(a) de Fenalco Valle del Cauca.
- Director(a) Ejecutivo(a) de ProColombia.
- Gerente de la Asociación de Industriales de Colombia - ANDI Seccional Valle del Cauca.
- Director(a) Ejecutivo(a) de la Fundación para el Desarrollo Integral del Pacífico.
- Presidente del Grupo Multisectorial de Santiago de Cali.
Secretaría de Desarrollo Territorial Y Participación Ciudadana
- Distribuir y apropiar las partidas generales que se asignen en el presupuesto anual del Distrito Capital, a las localidades, basándose en las necesidades primarias de la población de cada localidad.
- Vigilar y controlar, la prestación de cada uno de los servicios distritales en la localidad correspondiente y las inversiones hechas con los recursos del Distrito Capital.
- Cumplir las funciones que en materia de servicios públicos, construcción de obras y ejercicio de atribuciones administrativas, sean asignadas por las autoridades nacionales.
- Promover la participación ciudadana, en el manejo y control de todos los asuntos públicos, así como la veeduría frente a los asuntos propiamente establecidos.
- Ejercer las funciones que se les asignen desde leyes o decretos (éstos dictaminados por el Alcalde).
- Comunidad (JAC)
- Organizaciones sociales y comunitarias
- El Estado (a. El Profesional Especializado del C.A.L.I.
- Los delegados de las entidades de la Administración Central Municipal.
- Los delegados de las entidades oficiales de carácter nacional, regional o departamental cuando sea el caso).
- El (La) Delegado (a) de la Secretaría de Gobierno
- El (La) Delegado (a) del Departamento Administrativo de Hacienda
- El (La) Delegado (a) del Departamento Administrativo de Planeación Municipal.
- El (La) Delegado (a) del Departamento Administrativo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Sector Paz, Cultura Ciudadana, Seguridad, Justicia y Gestión del Riesgo de Emergencias y Desastres
- El (La) Delegado (a) de la Secretaría de Paz y Cultura Ciudadana
- El (La) Delegado (a) de la Secretaría de Seguridad y Justicia
- El (La) Delegado (a) de la Secretaría de Gestión del Riesgo de Emergencias de desastres
- Del Sector Bienestar Social
- El (La) Delegado (a) de la Secretaría Bienestar Social
- Del sector Salud
- El (La) Delegado (a) de la Secretaría de Salud Pública
- Del Sector Educación
- El (La) Delegado (a) de la Secretaría de Educación
- Del Sector Desarrollo Económico y Turismo
- El (La) Delegado (a) de la Secretaría de Desarrollo Económico
- El (La) Delegado (a) de la Secretaría de Turismo
- Del Sector Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana
- El (La) Delegado (a) de la Secretaría de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana
- Del Sector Cultura
- El (La) Delegado (a) de la Secretaría de Cultura
- Del Sector Deporte y Recreación
- El (La) Delegado (a) de la Secretaria del Deporte y la Recreación
- Del Sector Movilidad El (La) Delegado (a) de la Secretaría de Movilidad
- El (La) Delegado (a) de la Secretaría de Infraestructura
- Del Sector Vivienda Social y Hábitad
- El (La) Delegado (a) de la Secretaría de Vivienda Social y Hábitat
- Del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible
- El (La) Delegado (a) del Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente - DAGMA.
- De las entidades descentralizadas:
- El (La) delegada de la Empresa Municipal de Renovación Urbana
- El (La) Delegado (a) de METROCALI S.A.
- El (La) Delegado (a) de EMCALI E.S.P.
- El Alcalde del Municipio de Santiago de Cali o su delegado.
- El Secretario de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana o su delegado, quien lo presidirá
- Un representante la Mesa Municipal de Víctimas
- Un representante del Consejo Municipal de Planeación.
- Un representante de Federación de Juntas de Acción Comunal de Santiago de Cali
- Un representante de la Asociación de Universidades de Cali
- Un representante de las ONG
- Un representante de las redes de veedurías ciudadanas
- Un representante de los gremios económicos
- Un representante de los sindicatos
- Un representante del Consejo Municipal de Desarrollo Rural
- Un representante de la Mesa central de concertación de la política pública para la población Afrodescendiente del Municipio de Santiago de Cali
- Un representante la Mesa de Concertación Indígena
- Una representante de la Mesa Municipal de Mujeres de Comunas y Corregimientos;
- Un representante de la Mesa Municipal de LGTBI
- Un representante del Consejo Municipal de Adulto Mayor
- Un representante del Comité Municipal de Discapacidad
- Un representante de la Plataforma Municipal de Juventud de Santiago de Cali
- Un representante del Consejo Consultivo Municipal de niños, niñas y adolescentes
- Un representante de los(as) representantes estudiantiles universitarios
- Un representante de las Juntas Administradoras Locales
- Un representante de la liga de usuarios de Metrocali S.A.
- Un representante de liga de usuarios de servicios públicos domiciliarios.
- Un representante de los Comités Comunitarios de “Entornos para la vida” del Consejo Territorial de Salud Ambiental, COTSA Municipal
- Un representante de los representantes de Comités de Participación Comunitaria, COPACOS
- Un representante del Sistema de Gestión Ambiental Comunitario
- Un representante de la Mesa Municipal de Diálogo Interreligioso
- Un representante de las organizaciones de propiedad horizontal
- Un representante del Consejo Consultivo de Cultura Ciudadana
- Un representante del Consejo Municipal de Cultura.
Por media del cual se conforma el Concejo Municipal de Participación Ciudadana Municipio de Santiago de Cali
Modificación parcial del decreto 0676 por el cual se conforma Consejo Municipal de Participación de la Secretaría de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana
Secretaría de Educación
Conformada por:
- Los Comités Técnicos de Educación en cada una de las Comunas del Municipio de Santiago de Cali estarán integrados al menos por un (1) representante de los siguientes estamentos: Directivos de los Centros Docentes, Asociaciones de Padres de Familia, Consejos Directivos, Docentes, Estudiantes, el Delegado de Educación ante los Comités de Planificación, miembros de las JAL, miembros de la JAC, Director (a) del Cali respectivo y el Director (a) de Núcleo de Desarrollo Educativo.
Entidades que asisten:
- Miembros de las JAL, miembros de la JAC, Director (a) del Cali respectivo y el Director (a) de Núcleo de Desarrollo Educativo.
- Para las comunas se realizan cada quince (15) días.
- Para los corregimientos se realizan una vez al mes
- Ser órgano consultivo permanente en materias relacionadas con la prestación y organización del servicio público de la Educación ajustada a los parámetros establecidos al orden Regional, Departamental y Nacional.
- Proponer a la Administración Municipal Políticas, Programas y Proyectos conducentes al mejoramiento de la Calidad, cobertura y gestión del servicio Educativo.
- Formular propuestas a la Administración Municipal sobre proyectos de ley y reglamentaciones que faciliten el cabal desarrollo de la Educación. Plantear acciones de investigación que promuevan el desarrollo científico del proceso educativo Municipal.
- Presentar periódicamente a la Administración Municipal con base en los resultados de investigaciones, estadísticas, informes de evaluación sobre el cumplimiento de los objetivos del servicio público de la Educación Caleña concomitante a las políticas Departamentales y Nacionales.
- Verificar que las políticas, objetivos, planes y programas educativos Nacionales y Departamentales se cumplan cabalmente en el Municipio.
- Fomentar, evaluar y controlar el servicio educativo en el Municipio.
- Asesorar a las Instituciones Educativas para la elaboración y desarrollo del currículo.
- Acompañar Contribuir al control, Inspección y vigilancia de las Instituciones educativas del Municipio conforme a Ley.
- Recomendar la construcción, dotación y mantenimiento de las Instituciones Educativas estatales que funcionen en el Municipio
- Presentar anualmente un informe público sobre su gestión.
- Darse su propio reglamento.
- Solicitar a los directivos docentes informe escrito de la gestión del año lectivo.
1. El señor, Alcalde quien la presidirá, o su delegado
2. El Secretario de Educación Municipal
3. Un Director de Núcleo del Municipio, designado por el Secretario de Educación.
4. Un representante del Concejo Municipal o de las Juntas Administradoras
5. Un representante de los Educadores del Municipio, elegido en asamblea general.
6. Un representante de los Directivos Docentes del Municipio, elegido por la organización de directivos docentes que acrediten el mayor número de afiliados.
7. Un representante de los Padres de familia del Municipio, elegido en asamblea de las Juntas directivas de las Asociaciones de Padres de Familia.
8. Un representante de las Comunidades indígenas, negras o campesinas, designado por la Asociación que acredite el mayor número de afiliados
Secretaría de Gestión del Riesgo de Emergencias y Desastres
- Benemérito Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Santiago de Cali
- Defensa Civil Colombiana Seccional Valle del Cauca
- Cruz Roja Seccional Valle
- Fundación Scout de
- Colombia
- Juntas de Acción Comunal
- Juntas Administradoras Locales
- Centros educativos escolares
- Líderes Comunitarios
- Copropiedades Horizontales
- Comunidad en pleno convocada según situación a tratar
- Funcionarios de los Organismos de la Administración Municipal
Secretaría de Movilidad
Conformada por:
- Secretario de Movilidad o quien él delegue
- Líder del equipo de participación de la Secretaría de Movilidad
- Enlaces o encargados de las Comunas o corregimientos
- Secretaría de Infraestructura
- Metrocali
- Policía
- Secretaría de Seguridad y Justicia
- Dirección de planeación Municipal
- Representantes JAL
- Representantes JAC
- Profesional del CALI
- Grupos Organizados
- Comunidad en General
Secretaría de Paz y Cultura Ciudadana
Propender por el logro y el mantenimiento de la paz y facilitar la colaboración armónica de las entidades y órganos de la Administración Municipal y de la sociedad civil local, otorgando prioridad a fortalecer la convivencia, la solución pacífica de los conflictos violentos y la negociación del conflicto armado interno, en los marcos de la plena vigencia del Estado de Derecho, el respeto a los Derechos Humanos y la consolidación de una democracia integral."
El Consejo Municipal en su nueva configuración permite movilizar y organizar sectorialmente a la ciudadanía, el fortalecimiento interno de sectores sociales organizados y su articulación con otros sectores, y al mismo tiempo la alineación de distintos organismos del Estado para trabajar conjuntamente a favor de la paz.- El Alcalde Municipal quien lo presidirá.
- Secretario (a) de Paz y Cultura Ciudadana o delegado
- Secretario (a) de Seguridad y Justicia o su delegado
- Secretario (a) de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana o su delegado
- El Director (a) del Departamento Administrativo de Planeación Municipal.
- Tres (3) Concejales de la Ciudad de
- Santiago de Cali, designados por la Plenaria de la Corporación.
- El Personero Municipal
- El Defensor Regional del Pueblo
- Un representante de la Arquidiócesis de Cali.
- Un representante elegido por las otras iglesias y confesiones religiosas.
- Un representante elegido por las Federaciones de Sindicatos que hacen presencia en el Municipio de Santiago de Cali.
- Un representante de Comité Intergremial de la ciudad de Santiago de Cali.
- Un representante del sector solidario de la economía.
- Un representante por las organizaciones que trabajan por el logro de la Paz.
- Un representante elegido por las organizaciones con domicilio en Cali, que agrupen a miembros desmovilizados de movimientos guerrilleros, que hayan firmado Acuerdos de Paz con el Estado o se encuentren en negociación con el Gobierno.
- Dos (2) representantes por las organizaciones no gubernamentales que trabajan por la promoción y la defensa de los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario.
- Un representante elegido por las organizaciones de víctimas del conflicto armado asentados en el Municipio de Santiago de Cali.
- Un representante de las organizaciones de negritudes.
- Un representante de los cabildos indígenas que existan dentro de la jurisdicción del Municipio.
- Una representante elegida por las organizaciones cuyo objeto sea la protección y defensa de los derechos de la mujer.
- Un representante de los medios de comunicación elegido por el Círculo de Periodistas Cali.
- Un representante de las Juntas Administradoras Locales, elegido por los Comuneros de la zona urbana.
- Un representante por las Juntas de Acción Comunal.
- Un representante elegido por las Juntas Administradoras Locales de la zona rural.
- Un representante de la Comunidad LGTBI.
- Un representante de Organizaciones de Discapacitados.
- Un representante de las Universidades Locales.
- Un representante del Consejo Municipal de Juventud (C.M.J).
- Un representante de los veedores Ciudadanos
- Un representante designado por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
- Miembros de la Fuerza Armada y la Policía Nacional.
- Miembros de Instituciones o Entidades internacionales.
Teléfono: 6618707 / 6618848
Correo electrónico: consejopaz@cali.gov.co
Esta instancia se crea con el propósito de ampliar la participación de las organizaciones sociales y defensoras de derechos humanos para la defensa de los derechos e impulsar y dinamizar la construcción de la Política Pública de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.
La Mesa de Derechos Humanos es una instancia de deliberación y concertación de propuestas dirigidas a la institucionalidad municipal, en materia de prevención, promoción, protección, defensa y ejercicio de los derechos humanos. La Mesa de Derechos Humanos es una instancia complementaria al Comité Interinstitucional, que busca garantizar la efectividad en la participación ciudadana, promoviendo la mayor representatividad posible de poblaciones, personas y grupos con mayor riesgo de vulnerabilidad.
El periodo de permanencia de los y las delegadas de la Mesa, es de dos (2) años. Finalizado este periodo en agosto de 2019, se realizará nuevamente, convocatoria abierta a través de circulares oficiales.
- Dos delegados por los Grupos Étnicos Indígenas del Municipio de Santiago de Cali.
- Dos delegados por las Organizaciones Afrocolombianas del Municipio de Santiago de Cali.
- Dos delegados por las Organizaciones de Mujeres del Municipio de Santiago de Cali.
- Dos delegados de organizaciones de Juventudes del Municipio de Santiago de Cali.
- Dos delegados de los Adultos Mayores del Municipio de Santiago de Cali.
- Dos delegados de las Personas en Situación de Discapacidad del Municipio de Santiago de Cali.
- Dos delegados de Organizaciones LGBTI del Municipio de Santiago de Cali.
- Dos representantes de las organizaciones sindicales del Municipio de Santiago de Cali.
- Dos delegados de las juntas de acción comunal del Municipio de Santiago de Cali.
- Dos delegados de las Veedurías Ciudadanas del Municipio de Santiago de Cali.
- Dos delegados del sector rural del Municipio de Santiago de Cali.
- Dos delegados del sector ambientalista del Municipio de Santiago de Cali.
- Dos delegados del sector animalista del Municipio de Santiago de Cali.
- Dos delegados de la población de trabajadores sexuales del Municipio de Santiago de
- Cali.
- Dos delegados de organizaciones víctimas del conflicto armado del Municipio de
- Santiago de Cali.
- Dos delegados de organizaciones sociales y defensoras de Derechos Humanos del
- Municipio de Santiago de Cali.
- Dos delegados de organizaciones de personas en proceso de reintegración del
- Municipio de Santiago de Cali.
- Dos delegados de organizaciones de recuperadores del Municipio de Santiago de Cali.
- Dos delegados de organizaciones que trabajen con habitantes de calle del Municipio de Santiago de Cali.
- Las que lo conforman.
Teléfono: 6618707 / 6618848
Correo electrónico: comitederechoshumanoscali@cali.gov.co
- Decreto 1216 (Presidencia)
- Decreto Municipal No 411.0.20.1769 de 2014 – Modificado parcialmente por el Decreto 4112.010.20.0063 de 2017(Alcaldía).
Conformada por:
- Alcalde o Alcaldesa
- Secretario (a) de Paz y Cultura Ciudadana o delegado
- Secretario (a) de Seguridad o Justicia o su delegado
- Secretario (a) de Gestión del Riesgo o su delegado
- Secretario (a) de Bienestar Social o su delegado
- Secretario (a) de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana o su delegado
- Secretario (a) de Cultura o su delegado
- Secretario (a) de Deporte y Recreación o su delegado
- Secretario (a) de Salud Pública o su delegado
- Secretario (a) de Educación o su delegado
- Secretario (a) de Movilidad o su delegado
- Secretario (a) de Infraestructura o su delegado
- Secretario (a) de Vivienda Social o su delegado
- Director (a) del Departamento Administrativo de Planeación o su delegado
- Director (a) del Departamento Administrativo de Hacienda o su delegado
- Director (a) regional del ICBF o su delegado
- Comandante de la policía metropolitana de Santiago de Cali
- Comandante del batallón Ejercito
Invitados Permanente con voz y sin voto:
- Personero (a) Municipal
- Representantes del Concejo
- Procurador (a) Municipal
- Defensor (a) Municipal
- Director (a) Seccional de Fiscalía
- Director (a) Regional del INPEC
- Director (a) Regional de Migración Colombia
- Representante de Prosperidad Social
- Delegado (a) del CICR
- Representante del Ministerio del Trabajo
- Representante SENA
- Representante Arquidiócesis de Cali
- Represéntate de Universidades
- Representante de Credos Religiosos
- Subsecretario (a) de atención a Víctimas o su delegado
- Subsecretario (a) de Poblaciones y Etnias o su delegado
- Subsecretario (a) de Equidad de Género o su delegado
- Subsecretario (a) de primera infancia o su delegado
- El coordinador (a) del Observatorio Social del Municipio
Organizaciones de la Sociedad Civil permanente con voz y voto:
- Cuatro representantes de la Mesa de DDHH
- Dos representantes de la MMPEV
Invitados Permanente con voz y sin voto:
- Personero (a) Municipal
- Representantes del Concejo
- Procurador (a) Municipal
- Defensor (a) Municipal
- Director (a) Seccional de Fiscalía
- Director (a) Regional del INPEC
- Director (a) Regional de Migración Colombia
- Representante de Prosperidad Social
- Delegado (a) del CICR
- Representante del Ministerio del Trabajo
- Representante SENA
- Representante Arquidiócesis de Cali
- Represéntate de Universidades
- Representante de Credos Religiosos
- Subsecretario (a) de atención a Víctimas o su delegado
- Subsecretario (a) de Poblaciones y Etnias o su delegado
- Subsecretario (a) de Equidad de Género o su delegado
- Subsecretario (a) de primera infancia o su delegado
- El coordinador (a) del Observatorio Social del Municipio
Organizaciones de la Sociedad Civil permanente con voz y voto:
- Cuatro representantes de la Mesa de DDHH
- Dos representantes de la MMPEV
- Secretario (a) de Desarrollo Económico o su delegado
- Secretario (a) de Gobierno o su delegado
- Secretario (a) de Turismo
- Director (a) del DAGMA
- Director (a) Administrativo de TIC
- Director (a) de Departamento de Gestión Jurídica
- Director (a) de Departamento de Contratación
- Representantes de los gremios
Invitados ocasionales con voz:
-
Cuando el Comité considere pertinente el tema a sesionar se podrá invitar o tras personas.
Teléfono: 6618707 / 6618848
Correo electrónico: comitederechoshumanoscali@cali.gov.co
- El Alcalde (sa) Municipal o su delegado (a), quien lo presidirá
- El Secretario (a) de Seguridad y Justicia o su delegado (a)
- El Secretario (a) de Bienestar Social o su delegado (a) por intermedio del Subsecretario (a) de Equidad de Género o su delegado (a)
- El Secretario (a) de Educación o su delegado (a)
- El Secretario (a) de Salud Pública o su delegado (a)
- El Personero (a) municipal o su delegado (a)
- La Fiscalía delegada en Cali o su delegado (a)
- El Comandante (a) de la Policía Metropolitana o su delgado (a)
- El Director (a) Regional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o su delegado(a)
- El Defensor (a) del Pueblo Regional o su delegado (a)
- El Director (a) Regional de Migración Colombia
- El Director del Departamento Administrativo de Planeación Municipal o su delegado (a)
- El Director Regional del SENA o su delegado (a)
- El Secretario (a) de Turismo o su delegado (a)
- El Secretario (a) de Cultura o su delegado (a)
- El Secretario (a) de Desarrollo Económico o su delegado (a)
Entidades que asisten:
- Para tratamiento de asuntos específicos se podrá invitar a
- El Director (a) del Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Publica o su delegado (a)
- El Contralor (a) municipal o su delegado (a)
- El Procurador (a) Provincial o su delegado (a);
- El representante de la Registraduría;
- El representante del ICETEX;
- Un representante de la Arquidiócesis de Cali;
- Un representante de las iglesias cristianas y de otras religiones establecidas en Cali;
- Un representante de la academia;
- Un representante de la organizaciones de la sociedad civil relacionada con el tema;
- Otras entidades del Estado, personas jurídicas de derecho privado y organizaciones internacionales que tengan por objeto la lucha contra la Trata de Personas.
Teléfono: 6618707 / 6618848
Correo electrónico: comitetratacali@cali.gov.co
- El Alcalde de la Ciudad o su delegado
- El Secretario de Cultura y Turismo o su delegado
- El Coordinador del Subproceso de Cultura Ciudadana
- El Asesor de Comunicaciones de la Alcaldía
- Un representante de Metrocali
- Un representante por cada una de las secretarías y dependencias del municipio que el presidente del Consejo Consultivo estipule
- Un delegado del Comité Intergremial Empresarial del Valle CIEV
- Un delegado de la Sociedad de Mejoras Públicas SMP
- Un delegado de la Asociación de Centros Comerciales ACECOLOMBIA
- Un delegado de la Asociación Colombiana de Universidades ASCUN
- Un representante de la Arquidiócesis de Cali.
- Un representante de las organizaciones religiosas.
- El Comandante de la Policía Metropolitana de Cali o su delegadoUn representante de la Fundación para la Educación y Desarrollo Social FES
- Un representante de la Fundación FANALCA
- Un representante de las empresas prestadoras de servicio de aseo y recolección de residuos sólidos domiciliarios.
- Un representante del Consejo Ambiental Comunitario Municipal, el cual hace parte del Sistema de Gestión Ambiental Comunitario SIGAC
- Un representante de las instituciones de educación básica y media, públicas o privadas que desarrollen procesos de cultura ciudadana.
- Un representante de las universidades que cuenten con programas o investigaciones relacionadas con cultura ciudadana o que aporten a la conceptualización o estructuración de proyectos, o en la ejecución y divulgación de actividades.
Teléfono: 6618707 / 6618848
Correo electrónico: isabella.osorio@cali.gov.co o politicapublica.culturaciudadana@cali.gov.co
Secretaría de Salud Pública Municipal (SSPM)
- Ley 100 de 1993
- Decreto 1757 de 1994
- Acuerdo 00057 de 1997
- Ley 1438 del 2011
- Decreto 911 de 1996
- Decreto 237 de 1997
- Decreto 0866 de 2001
- Decreto 547 de 2013
- Representantes de empleadores, pequeña y mediana empresa y demás formas asociativas,
- Trabajadores,
- Pensionados, EPS, IPS, profesionales de la salud,
- Empresas Solidarias de Salud,
- Asousuarios,
- Comunidades indígenas
- Representantes de empleadores, pequeña y mediana empresa y demás formas asociativas
- Trabajadores
- Pensionados
- EPS
- IPS
- Profesionales de la salud
- Empresas Solidarias de Salud
- Asousuarios
- Comunidades indígenas
- Instancias propias promovidas por la SSPM en el marco de Ley 715 de 2001.
- Ley 1438 de 2011
- Resolución 1841 de 2013: por la cual se adopta el Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021.
Organizaciones comunitarias e instituciones del Estado y ONG, instituciones educativas, grupos de adulto mayor, mujer, juveniles, deportivos y culturales.
- Organizaciones comunitarias
- Instituciones del Estado
- ONG,
- Instituciones educativas,
- Grupos de adulto mayor, mujer, juveniles, deportivos y culturales.
- El Alcalde, de la dirección local de salud
- La empresa prestadora de servicios de salud
- Representante por cada una de las formas organizativas sociales y comunitarias.
-
Líderes comunitarios provenientes de diferentes organizaciones e instancias de participación:
-
Mesas de Participación Social,
-
Comités de Participación Comunitaria,
-
Asociaciones de Usuarios de Salud,
-
Juntas de Acción Comunal
- Otros grupos (mujer, juveniles, adulto mayor), veedurías.
- Líderes comunitarios provenientes de diferentes organizaciones e instancias de participación:
- Mesas de Participación Social
- Comités de Participación Comunitaria
- Asociaciones de Usuarios de Salud
- Juntas de Acción Comunal
- Otros grupos (mujer, juveniles, adulto mayor)
- Veedurías
- Ley 489 de 1998
- Decreto 1677 de 2000
- Decreto 2740 de 2001
Norma que lo sustenta:
- Ley 489 de 1998
- Decreto 1677 de 2000
- Decreto 2740 de 2001
- Decreto 1416 de 1990
- Decreto 1757 de 1996
- Decreto 1416 de 1990
- Decreto 1757 de 1996
- ICBF,
- Secretarías de
- Educación ,
- Cultura ,
- Bienestar
- Gobierno o sus delegados,
- Policía municipal ,
- Fiscalía,
- Medicina Legal,
- Consejo seccional de adjudicatura del Valle,
- Defensor del pueblo o su delegado,
- Representantes de las asociaciones de psiquiatría, psicología o sexología
- Representantes de ONG que presten servicios a esta problemática.
- ICBF
- Secretarías de Educación, Cultura , Bienestar Gobierno o sus delegados, Policía municipal, Fiscalía, Medicina Legal, Consejo seccional de adjudicatura del Valle, Defensor del pueblo o su delegado, Representantes de las asociaciones de psiquiatría, psicología o sexología Representantes de ONG que presten servicios a esta problemática.
- Decreto 72 de 2009
- Decreto 411200245.
- Secretario de Educación o su delegado
- Secretario de Salud o su delegado
- Representantes de los rectores urbano y Rural , operadores de restaurantes escolares
- ICBF
- Representantes de coordinadores de Zona escolar
- Veedores comunitarios. Creado bajo decreto 411200245.
- Secretario de Educación o su delegado
- Secretario de Salud o su delegado
- Representantes de los rectores urbano y Rural , operadores de restaurantes escolares
- ICBF
- Representantes de coordinadores de Zona escolar
- Veedores comunitarios. Creado bajo decreto 411200245.
El COTSA Municipal es el espacio interinstitucional, intersectorial y transectorial para la toma de decisiones relevantes en el proceso de adopción, adaptación e implementación de políticas de salud ambiental, promoviendo y liderando la coordinación y articulación de la gestión a nivel territorial, contribuyendo a la equidad, al desarrollo local y al mejoramiento de la calidad de vida de la población.
El COTSA Municipal funciona con cuatro (4) Mesas Técnicas y un (1) Comité Municipal “Entornos para la Vida”, con participación intersectorial y comunitaria:
Mesa Técnica Calidad del Agua: Su gestión intersectorial está relacionada con la preservación, conservación del recurso hídrico y su uso para consumo humano, recreativo, agrícola, pecuario e industrial, realizando articulación con la Mesa Calidad del Agua del COTSA Departamental.
Mesa Técnica Calidad del Aire: Su gestión intersectorial está relacionada con la vigilancia y desarrollo de medidas para el mejoramiento de la calidad de aire, tales como el control de emisiones atmosféricas por fuentes fijas y móviles, y la vigilancia de la contaminación electromagnética, acústica y la generada por olores ofensivos, realizando articulación con la Mesa Calidad del Aire del COTSA Departamental.
Mesa Técnica Sustancias Químicas y Residuos Peligrosos: Su gestión intersectorial está relacionada con el manejo y disposición final de sustancias químicas y residuos peligrosos y alternativas para reducción del riesgo, realizando articulación con el Consejo Seccional de Plaguicidas del COTSA Departamental.
Mesa Técnica Zoonosis y ETV – Enfermedades Transmitidas por Vectores: Su gestión intersectorial está relacionada con la prevención, investigación, vigilancia y control de enfermedades zoonóticas y transmitidas por vectores, la protección y bienestar integral de la fauna doméstica, silvestre y exótica, la tenencia responsable de animales domésticos como resultado de la convivencia con el ser humano, realizando articulación con el Consejo Seccional de Zoonosis y el Grupo Funcional de ETV del COTSA Departamental.
Comité Municipal “Entornos para la Vida”. El Comité Municipal “Entornos para la Vida”, en el marco de la Estrategia Nacional Entornos Saludables, es un organismo movilizador a favor de las condiciones sanitarias, ambientales y sociales del municipio, con un enfoque de población, riesgo y determinantes, que apoya la articulación instrainstitucional, intersectorial, transectorial y comunitaria de las políticas públicas y su operativización a nivel territorial en entornos de vida cotidiana como la vivienda, el espacio público, el entorno educativo, laboral, comunitario y los ecosistemas estratégicos, generando entornos cívicos, seguros, sostenibles, incluyentes y saludables, contribuyendo a la equidad en salud, al desarrollo local y al mejoramiento de la calidad de vida de la familia y la comunidad a través de acciones colectivas e integrales.- Secretarías de Salud, DAGMA, Deporte y Recreación, Cultura y Turismo, Educación, Tránsito y Transporte, Vivienda Social, Infraestructura Vial y Valorización, Desarrollo Territorial y Bienestar Social, Gobierno Convivencia y Seguridad Ciudadana, Gestión del Riesgo, Empresas Sociales del Estado – ESE, EMCALI EICE - ESP, Empresas de Aseo: Ciudad Limpia, EMAS, Promoambiental Valle y Cali, Metrocali S.A, Policía Metropolitana, Estrategia TIO y Fundación Museo Libre – ONG, Asociación Colombiana de Ingeniería Sanitaria y Ambiental – ACODAL, Bomberos Voluntarios,
- Universidades con sede en el Municipio, Líderes y comunidad residente de los Territorios Priorizados que se intervienen intersectorialmente.
- Departamental: Secretaría de Salud Departamental del Valle, CVC
- Nacional: Asociación Nacional de Empresarios de Colombia – ANDI, Parque Nacional Natural Farallones de Cali - PNNF.
- Conformado por representantes de las Juntas de Acción Comunal
- Juntas Administradoras Locales
- Madres comunitarias
- delegados de las EPS
- Asociaciones de usuarios
- Veedurías ciudadanas
- Miembros del ICBF y por supuesto la Administración Municipal en cabeza del Alcalde y el Secretario de Salud.
- Fundación. Particularmente funciona en el Oriente así: Enfoque Social. ESE Oriente y Suroriente , CALIS de las comunas 13,14,15 y 16, Centro ayuda a la mujer "San José de la comuna 12"
- Conformado por representantes de las Juntas de Acción Comunal
- Juntas Administradoras Locales
- Madres comunitarias, delegados de las EPS
- Asociaciones de usuarios
- Veedurías ciudadanas
- Miembros del ICBF y por supuesto la Administración Municipal en cabeza del Alcalde y el Secretario de Salud.
- Fundación. Particularmente funciona en el Oriente así: Enfoque Social. ESE Oriente y Suroriente , CALIS de las comunas 13,14,15 y 16, Centro ayuda a la mujer "San José de la comuna 12"
Secretaría de Seguridad y Justicia
Conformada por:
- Equipo responsable de la oficina de Participación Ciudadana de la Secretaria de Seguridad y Justicia: tendrá como responsabilidad recibir y validar las inquietudes y situaciones que afectan la seguridad de determinado sector, para posteriormente darle solución y a su vez se constituyen como insumo para la formulación, aprobación, para posterior seguimiento y evaluación de la política pública de seguridad de la ciudad; así como aquellas propuestas y estrategias presentadas por la Secretaría de Seguridad y Justicia de Santiago de Cali.
- 2. Policía Metropolitana: Para garantizar la atención y protección a la comunidad quien requiere del servicio de protección en cumplimiento de las leyes y la seguridad. condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades publicas, y para asegurar que los habitantes de la ciudad de Santiago de Cali,
- 3. Los lideres de las comunas quienes funjen de voceros de seguridad de las 22 comunas y 15 corregimienos de la ciudad de Santiago de Cali, quienes son los encargados de solicitar las mesas de Seguridad.
Las mesas de Seguridad corresponden a los siguientes tópicos:
1.Control y mantenimiento de orden publico.
2. Convivencia y fortalecimiento Social.
3. Politicas de Seguridad.
Las mesas de Seguridad corresponden a los siguientes tópicos:
- Control y mantenimiento de orden publico.
- Convivencia y fortalecimiento Social.
- Politicas de Seguridad.
- El Secretario(a) de la Seguridad y Justicia de la Alcaldía de Santiago de Cali o quien delegue .
- Comandante de Policia de la comuna en que se realice la Mesa de Seguridad.
- Gestor de Seguridad.
- Lider comunitario quien presenta las inquietudes.
- Organismos competentes que intervienen para mejorar las condiciones de los espacios públicos y asi mejorar la percepción de la seguridad.
Secretaría de Turismo
Conformada por:
- 1. Secretaría de Turismo
- 2. Sector turístico
- 1. Un (1) representante de la Asociación de Comerciantes y Empresarios de Cali – ACOES.
- 2. Un (1) representante de la Asociación Colombiana de la Industria Gastronómica – ACOGA.
- 3. Un (1) representante de la Asociación Colombia de Restaurantes – ACODRES Valle del Cauca.
- 4. Un (1) representante de la Asociación Hotelera y Turística de Colombia, Capítulo Valle – COTELCO Valle del Cauca.
- 5. Un (1) representante de la Asociación de Transporte Especial para el Turismo – ATTES.
- 6. Un (1) representante de la Asociación de Centros Comerciales de Colombia -ACECOLOMBIA.
- 7. Un (1) representante de Cali Valle Del Cauca Convention And Visitors Bureau.
- 8. Un (1) representante del Grupo Multisectorial.
- 9. Un (1) representante de la Federación Nacional de Comerciantes - FENALCO Valle del Cauca.
- El/La Secretario(a) de Turismo.
- Un representante de ProColombia en la ciudad de Santiago de Cali.
- El Representante del Fondo Nacional de Turismo en la ciudad de Santiago de Cali.
- Los presidentes de los gremios del sector, uno por cada tipo de prestador turístico, el de mayor número de afiliados.
- Un representante de las facultades de Administración Turística o similares, de las instituciones de Educación superior.
- Un representante del Consejo Municipal de Desarrollo Rural CMDR.
- El/La Secretario(a) de Turismo.
- Un representante de ProColombia en la ciudad de Santiago de Cali.
- El Representante del Fondo Nacional de Turismo en la ciudad de Santiago de Cali.
- Los presidentes de los gremios del sector, uno por cada tipo de prestador turístico, el de mayor número de afiliados.
- Un representante de las facultades de Administración Turística o similares, de las instituciones de Educación superior.
- Un representante del Consejo Municipal de Desarrollo Rural CMDR.
Por medio del cual se reglamenta el funcionamiento del Consejo Consultivo de la Industria Turística de Santiago de Cali
Secretaría de Vivienda Social y Habitat
Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos Municipales
Conformada por: Representantes de las juntas administradoras de acueducto de la zona Rural y Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos Municipales.
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Fecha de publicación 13/07/2017
Última modificación 23/10/2020