Habrá sanciones pecuniarias por incumplir medida de pico y placa, desde mañana

Habrá sanciones pecuniarias por incumplir medida de pico y placa, desde mañana


Desde mañana lunes (06.07.2020) el cuerpo de agentes de tránsito de la Secretaria de Movilidad notificará por infracción a quienes infrinjan la medida de restricción vehicular (pico y placa) cuya sanción asciende a $438.000

El pico y placa para particulares con rotación del último dígito de la placa entró en vigor desde el 01 de julio de 2020 de la siguiente manera: lunes, placas terminadas en 3 y 4, martes 5 y 6, miércoles 7 y 8, jueves 9 y 0, viernes 1 y 2, hasta el 31 de diciembre de 2020.

Igualmente, la Secretaría de Movilidad reitera a la ciudadanía que entre las medidas que rigen actualmente en la ciudad, debido a la emergencia sanitaria y aislamiento preventivo obligatorio, está la de la ocupación máxima para desplazarse en vehículos particulares la cual no puede ser mayor a dos personas, incluido el conductor, tal como lo establece el Decreto municipal 1284 del 30 de junio de 2020.

Al respecto, William Vallejo Caicedo, secretario de Movilidad de Cali indicó que, “siguiendo las instrucciones de bioseguridad que hemos establecido solo se permite la movilización de máximo dos personas en vehículos particulares, esto incluye al conductor y se debe garantizar que exista un metro de distancia. Solo si existe un caso de fuera mayor ya sea por una emergencia o urgencia se permitirá un acompañante”.

El funcionario reiteró además que, “esta medida de ocupación vehicular para particulares aplica tanto para los vehículos que ingresan o salen del perímetro urbano de Cali y hacia el resto del país”. 

Otras de las medidas vigentes, en el caso de las motos, es que se permite el desplazamiento con parrillera mujer, solo si hace parte del mismo núcleo familiar del conductor, siempre y cuando cumplan con los protocolos de bioseguridad, como el uso de tapabocas, por ejemplo.

Respecto a las excepciones que actualmente rigen para la medida de pico y placa en Santiago de Cali, el Decreto municipal 1284 del 30 de junio de 2020 establece que, estarán exentos los vehículos particulares de los trabajadores del sector de la salud y los servidores públicos, siempre y cuando puedan acreditarlo antes las autoridades competentes.  Igualmente, el servicio público de transporte especial tipo automóvil, campero o camioneta de hasta cinco puestos, incluido el conductor. 

Dato importante

El máximo de ocupación para movilizarse en vehículos particulares sigue siendo de dos (2) personas, incluyendo el conductor, tal y como lo establece el decreto 1284 de 2020.


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Fecha de publicación 05/07/2020
Última modificación 05/07/2020

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