Se busca aumentar descuentos del Papayazo tributario y otros impuestos municipales

Se busca aumentar descuentos del Papayazo tributario y otros impuestos municipales


Con el objetivo de beneficiar a los contribuyentes que por la coyuntura originada por la covid-19 no pudieron acogerse a los plazos del Papayazo y, como una medida que busca darle continuidad a los alivios tributarios implementados a comienzos de 2020, el Departamento Administrativo de Hacienda presentó un Proyecto de Acuerdo al Concejo de Santiago de Cali buscando nuevos descuentos para las personas que presenten mora en los tributos municipales.

“Proponer nuevas medidas temporales transitorias que busquen beneficiar a los contribuyentes, está en concordancia con las diferentes disposiciones que ha tomado la Administración Municipal para enfrentar esta pandemia, que además del aislamiento preventivo obligatorio, ha impedido el desarrollo normal de las actividades económicas en la ciudad”, afirmó el director de Hacienda Municipal, Fulvio Leonardo Soto Rubiano.

Las medidas tributarias excepcionales que contempla el Proyecto de Acuerdo buscan ampliar el plazo de pago hasta el segundo semestre de 2020, con descuento del 20 % por pronto pago del Impuesto Predial Unificado, que hasta el momento tiene como fecha límite el 30 de junio de 2020.

Así mismo, para que desde la presente vigencia hasta el 29 de diciembre de 2020, se concedan descuentos temporales para el pago de intereses moratorios que se hayan generado por el no pago de los diferentes tributos del orden municipal como:

  • Reducción del 100 % en los intereses de mora si se cancela la totalidad de cualquier concepto adeudado en materia de tributos, desde la vigencia del presente Acuerdo hasta el 31 de agosto de 2020.
  • Reducción del 80 % en los intereses de mora si se cancela la totalidad de cualquier concepto adeudado en materia de tributos, desde el 1 de septiembre hasta el 31 de octubre de 2020.
  • Reducción del 70 % en los intereses de mora si se cancela la totalidad de cualquier concepto adeudado en materia de tributos, desde el 1 de noviembre hasta el 29 de diciembre de 2020.
  • Reducciones del 80 %, 60 % y 50 % de los intereses de mora adeudados por cualquier concepto en materia de tributos, según el acuerdo de pago que haya hecho y estarán vigentes hasta la fecha máxima de suscripción determinada en el mismo.  El contribuyente o declarante que se acoja al beneficio podrá escoger las vigencias a las cuales aplique el pago, siempre y cuando cancele la totalidad de la vigencia adeudada.

El titular de la cartera municipal de Cali también se refirió a las exoneraciones de sanciones por extemporaneidad e intereses de mora, para las declaraciones del Impuesto de Industria y Comercio (ICA), “quienes no hayan hecho la declaración, del año gravable 2019, no estarán obligados a liquidar y pagar intereses de mora ni la sanción, siempre y cuando efectúen la presentación y pago por medio físico o electrónico hasta el 1 de junio de 2020”, puntualizó Soto Rubiano.

Otras de las exoneraciones que contempla el Proyecto de Acuerdo, es el cobro de las estampillas Pro-Desarrollo, Pro-Cultura y Bienestar del Adulto Mayor, en todos los contratos, adiciones, convenios y acuerdos que celebren las entidades y organismos que conforman la administración central, sus entes descentralizados, la Personería Municipal, el Concejo de Santiago de Cali, entre otros.

Alejandra Pérez Rodríguez


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Fecha de publicación 13/05/2020
Última modificación 13/05/2020

Versión 7.0.1

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