Nuevos lineamientos para radicar licencias de funcionamiento y evaluación de programas de educación

Nuevos lineamientos para radicar licencias de funcionamiento y evaluación de programas de educación


Continuando con los procesos de evaluación de programas y atención a solicitudes de licencias de funcionamiento durante el aislamiento obligatorio, la Secretaria de Educación atendiendo las restricciones de visitas presenciales para verificar los ambientes de práctica, adoptó las siguientes directrices:

1.La evaluación de los programas, en su componente pedagógico deberá adelantarse en medio magnético y se solicitará a los establecimientos que ya hayan hecho su radicación en medio físico, la entrega de sus programas en dicho medio. Esto será solicitado directamente por el par asignado para que sea enviado al correo electrónico institucional.

 

2.Para el término de radicación de julio de 2020 de radicación de programas nuevos, los establecimientos deberán:  si las medidas sanitarias impiden la radicación en ventanillas de atención al ciudadano, los establecimientos deberán radicar su solicitud a través de los canales virtuales de atención al ciudadano dispuestos por la Alcaldía de Santiago de Cali en: https://www.cali.gov.co/participacion/publicaciones/43/oficinade atención al ciudadano/.

 

Paso seguido, teniendo en cuenta que los medios virtuales no tienen dispuesta una capacidad de carga de archivos lo suficientemente amplia, deberán radicar los programas en medio magnético al correo institucional etdhcali@cali.edu.co, referenciando la radicación hecha a través de los canales virtuales.

 

3.El componente de visita de verificación de los ambientes de práctica se realizará atendiendo estrategias no presenciales usando las tecnologías de la información y las comunicaciones.

 

4.En lo referente a los Programas pertenecientes al área de salud tales como: programas de formación laboral en auxiliares en salud, cosmetología, estética integral y mecánica dental (entre otros), la evaluación de su componente pedagógico será adelantada en los términos indicados en el primer punto. No obstante, considerando la especialidad y complejidad de dichos programas es de suma importancia la verificación de los ambientes de práctica, equipamientos y dotaciones pertinentes de manera presencial.

En consecuencia, la aprobación de estos programas quedará pendiente hasta que las medidas sanitarias permitan hacer la visita presencial y se obtenga concepto favorable de la Comisión Intersectorial para talento Humano en Salud, del Ministerio de Salud y Protección Social.

Finalmente, todas las medidas tomadas no implican modificaciones a los requisitos para la aprobación de programas, sino una flexibilización para los procesos de evaluación y radicación de las solicitudes. Los interesados en este trámite podrán consultar el paso a paso en la circular anexa 0314 del 13 de junio de 2020.

Nombre:
CIRCULAR 4143.010.22.2.1020.000314 de 2020.pdf 0.12Mb 28/05/2020
Descripción:

CIRCULAR 4143.010.22.2.1020.000314 de 2020


Laura Amaranta Berón S


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Fecha de publicación 28/05/2020
Última modificación 28/05/2020

Versión 7.0.1

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