Docentes Provisionales Vacante Definitiva


Los docentes pueden ser vinculados en las áreas del núcleo básico de acuerdo al perfil definido en la Resolución 15683 del 1 de agosto de 2016 emitida por el Ministerio de Educación Nacional y en las áreas de núcleos específicos de acuerdo a los perfiles establecidos en los proyectos pedagógicos institucionales de cada Institución Educativa.

Provisión de vacantes definitivas

El proceso de selección de docentes provisionales en vacancias definitivas de las áreas fundamentales se realiza conforme a las listas de elegibles producto del concurso abierto de méritos de docentes, sin embargo una vez se agoten las listas de elegibles, o no se tenga vigente lista de elegibles o no se cuente con lista de elegibles en dicha área, se procederá a hacer la provisión por el Banco Nacional de la Excelencia, lo cual está regulado mediante la Resolución 6312 de 2016, modificada parcialmente por la Resolución 19135 del 2016.

Los docentes interesados en inscribirse en el Banco Nacional de la Excelencia para aplicar a una vacante definitiva deben inscribirse haciendo clic AQUI.

En dicho aplicativo dispuesto por el Ministerio de Educación Nacional el registro es gratuito, deben ingresar en la opción Regístrese y a partir de allí debe seguir los pasos que dicho aplicativo le solicita, para lo cual los interesados deben ingresar toda la información respecto a sus datos personales, educación formal, experiencia laboral, perfil educativo y selección secretaría de educación.

Es importante verificar la información ingresada en cada campo, puesto que esto es determinante para realizar el registro exitoso en dicho aplicativo. En el momento de ingresar el perfil educativo, específicamente en la información del área de enseñanza es fundamental que verifique previamente en la Resolución 15683 de 2016, de acuerdo a la formación académica del interesado el área de enseñanza que puede aplicar. De otro lado en la última sección del ingreso de la información denominada “selección secretaría de educación” es importante que seleccione el municipio y la zona (urbana o rural) en la cual se desea aplicar.

Una vez las personas se inscriban en el Banco Nacional de la Excelencia, tendrán la oportunidad de ser preseleccionados en las vacantes que la Secretaría de Educación vaya a proveer por este mecanismo.

La preselección de los candidatos está determinada por el puntaje que obtuvieron al momento de registrar su información, la Secretaría de Educación no tiene la potestad para verificar quienes están inscritos, solo tendrá la potestad de preseleccionar al candidato que le arroja el Banco Nacional de la Excelencia quien en el sistema es quien tiene mayor puntaje de los inscritos en cada área.

Cuando la Secretaría de Educación preselecciona un candidato en un área específica, automáticamente el Banco Nacional de la Excelencia envía un correo al candidato informando que ha sido preseleccionado, posterior a esto se realiza el agendamiento de dicho candidato por lo que le llegará un correo en el cual le indica el lugar de la citación, un mensaje emitido por la Secretaría de Educación, la fecha, área de la vacante y nombre de la Institución Educativa. Posterior a estos mensajes que el Banco Nacional de la Excelencia envía a los docentes preseleccionados y agendados, se envía un correo desde planta.semcali@cali.gov.co (que en ocasiones llega a correos no deseados) y en este se le envía la relación de los documentos que debe presentar, los formatos a diligenciar y detalles de la citación.

Los documentos que deben aportar se encuentran en el siguiente enlace:

Documentos proceso de selección 

Una vez el candidato agendado se presenta en el horario y fecha indicado en la citación, se le recepcionan los documentos, se hace la validación del perfil de acuerdo a la Resolución 15683 de 1 de agosto de 2016; en el caso tal de que cumpla el perfil se indaga acerca de la aceptación de la vacante y en caso afirmativo se inicia el proceso del acto administrativo.

Se le indica que debe solicitar una Certificación de la cuenta de ahorros o corriente, expedida por el banco en original, no mayor a 30 días de expedición. Cada funcionario es libre de escoger su entidad bancaria. De igual manera se le indica que debe practicarse un hemograma y una serología en el laboratorio de su preferencia, los cuales serán requeridos para la valoración por el médico laboral. Finalmente se les orienta frente a que debe estar atento al correo electrónico, en tanto que una vez se tenga el acto administrativo se le contactará por ese medio para que se presente en la oficina de atención al ciudadano de la Secretaría de Educación, ubicada en el primer piso de la Torre de la Alcaldía de Santiago de Cali. (El ingreso es por la parte posterior de la Torre de la Alcaldía).

En el caso de que la persona agendada no asista a la cita o no cumpla con el perfil requerido, esta información se registra en el Banco Nacional de la Excelencia, por lo que el aplicativo arroja al siguiente candidato con el cual se realiza el procedimiento descrito previamente.

Cuando se tiene el acto administrativo de nombramiento en provisionalidad en vacancia definitiva por Banco Nacional de la Excelencia se le envía un correo al docente o directivo docente con la siguiente información:

Con el fin de dar continuidad con el proceso de selección y vinculación, la Secretaría de Educación Municipal le informa que tiene su acto administrativo de nombramiento en provisionalidad en vacancia definitiva, por lo tanto debe acercarse a la ventanilla de Atención al Ciudadano ubicada en el sótano 1 de la Torre Alcaldía de Santiago de Cali. Teniendo en cuenta las siguientes instrucciones:

  1. Debe presentarse y solicitar un turno por la letra U y esperar en la sala para ser atendido.
  2. Debe esperar ser llamado en la ventanilla Atención al Ciudadano CASILLA 19 teniendo en cuenta su turno, para esto solo debe presentar su cédula y le entregaran la resolución mediante la cual se realizó su nombramiento para que firme que se le notificó de dicho acto administrativo y se le devolverán los documentos que fueron entregados por usted previamente al subproceso de selección.
  3. Posterior a que tenga su resolución firmada con la fecha que realizó su notificación debe de sacar tres (03) fotocopias de la misma
  4. El (la) docente nombrado (a) en periodo de prueba, deberá, previo lleno de los requisitos legales, tomar posesión del cargo en la Secretaría de Educación Municipal dentro de los diez (10) días siguientes a la respectiva notificación y no podrá ejercer las funciones hasta tanto no se surta la posesión en los términos de ley.
  5. El docente debe completar la totalidad de requisitos que se encuentran en la Documentación para posesionarse, lo cual incluye la compra de estampillas de acuerdo a la siguiente tabla:
Estampillas para el Acta de Posesión
Estampillas Pro Desarrollo Urbano (Tesorería Municipal)
Estampillas Pro Salud Departamental (Tesorería Departamental)
Estampillas Pro Hospitales Universitarios (Tesorería Departamental)
Estampillas Pro Cultura
Estampillas liquidadas de acuerdo a Asignación Básica Mensual
Estampillas Pro Desarrollo Urbano (1%) (Tesorería Municipal)
Estampillas Pro Cultura (1.5%) (Municipal) (Tesorería Departamental)
Estampillas Pro Hospitales Universitarios (2%) (Tesorería Departamental)

De acuerdo a la tabla salarial del año 2018, en el siguiente link se encuentra el valor que se liquida de estampillas de acuerdo a la Asignación Básica Mensual. (CLIC AQUÍ PARA DESCARGAR).

Cuando culmine los primeros cuatro pasos descritos, se da por hecho que el docente ha sido notificado de la resolución.

Una vez se notifica de la resolución se le gestionará la cita para la valoración médica laboral de ingreso, para lo cual debe tener los resultados del hemograma y serología, la citación se le enviará por correo electrónico y el día de la cita médica debe aportar la resolución de nombramiento y los resultados de laboratorio.

En el caso de que el docente no pueda tomar posesión del cargo dentro de los diez días siguientes a la notificación del mismo, debe solicitar por escrito una prórroga para posesionarse, la cual debe ser radicada en el sistema de atención al ciudadano (SAC), dicha petición debe ser analizada por la Secretaría de Educación conforme a la normatividad vigente. Es preciso señalar que esta situación afecta la prestación del servicio educativo, lo que significa que los estudiantes estarán sin el docente requerido para recibir su formación académica.

Posterior a que tenga la valoración médica laboral favorable y la totalidad de los requisitos relacionados en Documentación para posesionarse debe dirigirse nuevamente a la casilla de la ventanilla de Atención al Ciudadano ubicada en el sótano 1 de la Torre Alcaldía de Santiago de Cali.

En el momento en que se acerque a la Secretaría de Educación para tomar posesión del cargo, el funcionario que lo posesionará diligenciar la siguiente lista de chequeo (CLIC AQUI PARA DESCARGAR), por lo tanto con el fin de que usted revise si cuenta con la documentación completa, descarguela, imprimala y diligenciela, organice los documentos en dicho orden y tenga presente que si usted es docente debe marcar la X en el campo NO APLICA de los siguientes ítems:

21. Formulario de afiliación a la Entidad promotora de salud
22. Formulario de afiliación o certificación de fondo de pensiones
23. Formulario de afiliación o certificación del fondo de cesantías
24. Formulario de afiliación a la aseguradora de riesgos laborales
26. Formato de verificación de cumplimiento de requisitos
27. Verificación de Requisitos para Nombramiento de Elegibles MATH02.06.02.18.P01.F01
28. Ficha del cargo conforme al Manual de Funciones vigente.

En cuanto al ítem 29 Soporte de Notificación del nombramiento, el funcionario que le posesione debe adjuntar el soporte mediante el cual se le notificó el acto administrativo por el cual se le efectuó el nombramiento.

Respecto al ítem 30. Certificación de la cuenta de ahorros o corriente debe aportar dos copias, una que se entregará a historia laboral y otra que se entregará al proceso de nómina para que inscriban su cuenta para el pago respectivo.

Con el fin de orientar lo que debe hacer para posesionarse, tenga en cuenta las siguientes instrucciones:

  1. Debe presentarse en la oficina de gestión y desarrollo humano y solicitar un turno para ser atendido.
  2. Debe esperar el llamado teniendo en cuenta su turno. Debe presentar su cédula y la carpeta con la totalidad de documentos exigidos para tomar posesión del cargo. En el caso de los docentes que ostenten derechos de carrera deberán aportar además el radicado de la solicitud o la resolución mendiante la cual se concedió la vacancia temporal, al igual que la última Resolución de escalafón y el acta de posesión en propiedad de la entidad territorial.
  3. En dicha área verificarán el cumplimiento de los requisitos para tomar posesión del cargo, para lo cual diligenciarán la lista de chequeo que se mencionó previamente, por lo tanto le solicitamos respetuosamente su colaboración para que dicho formato sea firmado por usted y registren la cantidad de folios entregados. Posterior a esto se realizará el acta de posesión, la cual será firmada por el posesionado y quien está posesionando. Esta acta de posesión debe ser firmada por la Secretaría de Educación por lo tanto se le indica que debe regresar por este documento 5 días siguientes a la realización de la misma, para ello debe dirigirse al sotano del CAM en la ventanilla de atención al usuario casilla 19.
  4. En el momento que se posesione, se entrega la carta de presentación a la Institución Educativa.
  5. De igual manera debe entregar los documentos requeridos para la afiliación a la caja de compensación familiar (CLIC AQUÍ PARA DESCARGAR) y debe realizar el trámite correspondiente para la afiliación a la póliza del seguro de vida Piso 16 Torre Alcaldía (CLIC AQUÍ PARA DESCARGAR)
  6. Una vez tomada la posesión del cargo, se le solicita gestionar la afiliación a la caja de compensación familiar y la póliza de seguro de vida de la manera más diligente posible en cada área correspondiente, en tanto que su presencia es fundamental en el aula de clase para la prestación del servicio educativo en la Institución Educativa en la cual fue nombrado (a).

Es de tener presente que la vinculación mediante nombramiento provisional en vacancia definitiva, se terminará por la llegada de un docente en propiedad producto de un traslado o por un docente nombrado en periodo de prueba, o por razones del servicio cuando a ello hubiere lugar a través de acto administrativo debidamente motivado.

De conformidad con lo señalado en la Ley 91 de 1989 y Circular No. 001 de 2007, la Secretaría de Educación realizará la afiliación al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FPSM), entidad encargada de la administración de los recursos económicos de los docentes, por tratarse de un Régimen de Excepción, la cual cubre la prestación de servicios de Salud, ARL, Pensiones y Cesantías, para que reciba los beneficios establecidos. En la primera nómina se hará un único descuento por afiliación al FPSM correspondiente a la tercera parte de la asignación básica mensual.

De acuerdo al artículo 1 del Decreto 1272 de 23 de Julio de 2018,que reza: “ Adición del artículo 2.4.4.2.1.6 al Decreto 1075 de 2015. Adiciónese a la sección 1, capítulo 2, título 4, parte 4, libro 2 del Decreto 1075 de 2015, el articulo 2.4.4.2.1.6. el cual quedará así:

Cuota personal de inscripción de los educadores nombrados en provisionalidad. Los educadores nombrados en provisionalidad independiente del número de nombramientos que reciban en un mismo año lectivo, pagaran una única cuota de afiliación al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, equivalente a una tercera parte del primer sueldo mensual devengado y a una tercera parte de sus posteriores aumentos.
Si el educador nuevamente es nombrado en provisionalidad para ocupar transitoriamente una vacancia definitiva en posteriores vigencias, deberá cancelar, por cada año lectivo, la cuota de afiliación en los términos previstos en el inciso anterior”.
Por lo anteriormente expuesto, este descuento solo se realizará una vez al año lectivo a los docentes. En caso de estar afiliado a otra EPS Contributiva o subsidiada u otra ARL (Administradora de Riesgos Laborales), antes de vincularse con ésta entidad, es necesario que efectúe el respectivo retiro tanto de EPS como de ARL, con el fin de evitar inconvenientes de Multiafiliación. Los requisitos para afiliación de beneficiarios se encuentran en la página web de cada entidad.

Aspecto a tener en cuenta para culminar la vinculación de seguridad social

Con el fin de finalizar el proceso de vinculación a la seguridad social, en 15 días hábiles llamar a COSMITET carnetización 518-5000 Ext: 2144, para legalizar su afiliación. (Ellos le dirán que requisitos y cuándo presentarse en las oficinas de COSMITET.)

  • Tenga presente que a partir de la fecha de posesión será atendido por URGENCIAS los primeros 30 días calendario.
  • Cuando le entreguen el acta de posesión debe sacarle fotocopia al acta y a la cedula y pasar al piso 15 para culminar el proceso de afiliación a la caja de compensación COMFENALCO.
  • Es importante que si se encuentra afiliado a alguna EPS, deberá desvincularse de ella de forma inmediata.

NOTA: Los docentes que tengan una vinculación adicional a un empleador, está obligado a cotizar en salud al régimen general; igualmente debe desafiliarse de la EPS y notificar a su otro empleador que debe efectuar el pago de los aportes correspondientes a estos ingresos directamente a la ADRES, a través de la Plantilla Integrada de Liquidación de aportes –PILA, con EPS igual a MIN002 de acuerdo con lo establecido en Resolución 1715 de 2014.


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Fecha de publicación 20/03/2018
Última modificación 24/09/2018

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