469 quejas disciplinarias fueron radicadas en 2020
El Departamento Administrativo de Control Disciplinario Interno recibió, en la vigencia 2020, 469 quejas contra servidores públicos de la Alcaldía de Santiago de Cali.
El abogado Gustavo Arboleda Delgado, director del Departamento Administrativo de Control Disciplinario Interno señaló que ese organismo realiza, mínimo 3 veces al mes, un Comité de Valoración de quejas con los abogados de su equipo, para analizar cada caso y determinar el procedimiento a seguir, en el marco de la ley disciplinaria.
“Todas las quejas contra servidores públicos, radicadas por los caleños son analizadas, pero estas deben ser claras y concretas, contener elementos de tiempo, modo y lugar y adjuntar elementos probatorios para que podamos corroborar lo denunciado”, explicó Arboleda Delgado.
La queja anónima, por sí misma, no se puede erigir como prueba de lo que en ella se consigne, pero no significa negar la posibilidad de que sirva como referente respecto de la comisión de una falta disciplinaria.
La disposición permite que en uso de la facultad oficiosa de que goza la autoridad disciplinaria, ésta sea ejercida para definir si una determinada conducta activa u omisiva es constitutiva de una falta de dicha naturaleza.
De esta manera, al operador disciplinario le compete frente a la queja anónima:
1. Asumir e iniciar las averiguaciones necesarias para establecer probables responsabilidades en la incursión de supuestas faltas disciplinarias por parte de un servidor público.
2. Lo puede hacer de oficio o por información directa recibida de cualquier medio que sea veraz y creíble.
Claudia Salas
Fecha de publicación 05/02/2021
Última modificación 05/02/2021