Los árboles urbanos son el patrimonio ambiental de la ciudad

Los árboles urbanos son el patrimonio ambiental de la ciudad


Uno de los principales objetivos del Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente, DAGMA, es proteger la sobrevivencia de los árboles y gestionar la flora de la ciudad que necesita fortalecer su cobertura vegetal con 700 mil nuevos árboles y retirar algunos que presentan riesgos de diverso tipo. Solo en casos excepcionales, como por ejemplo cuando los árboles han perdido vitalidad y entran en el esquema de gestión de riesgo, con potencial afectación de vidas humanas, se autoriza una intervención definitiva.

Cada árbol, al igual que las personas, es una ser vivo con derechos que está sometido a la presión del urbanismo y a diversas afectaciones por parte de otros individuos, ellos desarrollan sus ramas en una acción de resistencia para garantizar su estabilidad y supervivencia.

El cambio de hojas y la floración, son expresiones naturales y propias de cualquier ser vivo. Así como los seres humanos desprendemos diariamente 3 mil cabellos, así los arboles de bosque seco tropical, en su mayoría caducifolios, renuevan sus hojas y florecen en cada cambio de ciclo climático, llenado de color y vida nuestra cotidianidad.

La madera de los árboles que vemos a diario en las calles almacena carbono, mientras que sus raíces y copas sustentan la vida silvestre y las lluvias lentas, lo que reduce las inundaciones urbanas. La transpiración y la sombra de sus ramas reducen las temperaturas en las olas de calor y sus hojas atrapan la contaminación reduciendo los riesgos de enfermedades respiratorias como el asma. Es decir, sus beneficios son innumerables y como todos los seres de la naturaleza la flora es cambiante y reactiva al entorno.

En Cali las podas de los árboles urbanos están cargo de los operadores de aseo de cada zona y cuando las ramificaciones entran en conflicto o interferencia con el cableado eléctrico, la competencia para su cuidado y conservación es de la empresa de energía EMCALI. Pero es bueno tener presente que las obligaciones son compartidas, porque cada propietario de un bien inmueble esta cobijado por el artículo 17 del Estatuto de silvicultura, que los hace responsables de los árboles en zona de andén y/o ante jardín, por eso NO se debe dañar su sistema radicular cuando se realizan remodelaciones en las viviendas, ni llenar de concreto la base de su tallo que es por donde se alimentan sus raíces.

Aunque la proyección del espacio para la siembra o emplazamiento de la especie de árbol no haya sido la adecuada años atrás, no significa que la autoridad ambiental DAGMA deba ordenar su poda definitiva sin un estudio previo. Este solo puede darse bajo los esquemas técnicos y/o jurídicos establecidos para dar salida a los requerimientos ciudadanos.

Viviana Giraldo


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Fecha de publicación 22/12/2021
Última modificación 22/12/2021

Versión 7.0.1

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