Semana límite para cancelación del Impuesto de Industria y Comercio

Semana límite para cancelación del Impuesto de Industria y Comercio

Se acercan las fechas límites para la presentación y pago de declaración anual y liquidación privada del Impuesto de Industria y Comercio y su complementario de Avisos y Tableros del año gravable 2015.

A partir del lunes 25 de abril, de acuerdo con el último dígito del NIT, se cumplen, cada día, los plazos para dicha obligación.

En la página web de la Alcaldía, en el banner de Impuestos En Línea http://www.cali.gov.co/publicaciones/impuestos_en_lnea_pub, está la opción para adelantar la declaración de dicho impuesto, cuyo proceso final culmina con la generación de la declaración en formato PDF.

El pago debe hacerse en cualquier sucursal de la lista de bancos autorizados, cuyo listado está en el enlace del calendario tributario:

http://www.cali.gov.co/tributaria/publicaciones/calendario_tributario_2013_pub

Todas las personas naturales, jurídicas o sociedades de hecho que adelantan actividades comerciales, industriales o de servicios están llamadas a cumplir con la obligación tributaria. Este impuesto se liquida sobre el promedio mensual de ingresos brutos de 2015, mientras que el complementario de Avisos y Tableros corresponde al 15% del de Industria y Comercio.

Paulo Castillo


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Fecha de publicación 19/04/2016
Última modificación 19/04/2016

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