Se vencen plazos para que comerciantes presenten información en medios magnéticos
A partir del martes 1 de Julio, dependiendo del último dígito del NIT o cédula, las empresas deben presentar la información de terceros realizando inicialmente un procedimiento prevalidor en el portal de la Alcaldía: www.cali.gov.co, para posteriormente allegar la información a la Administración.
Una vez en la página, los obligados a reportar dicha información, deberán seguir los siguientes pasos:
- Seleccionar el banner «Prevalidador Medios Magnéticos». También se encuentran ahí las resoluciones.
- Seleccionar la vigencia
- Examinar el archivo (este debe ser un archivo plano en formato .CSV delimitado por coma)
- Seleccionar la opción enviar para prevalidar la información
Una vez prevalidada la información de manera exitosa deberá entregarse en Medio Magnético CD-ROM y adjuntar el formato de entrega, ver articulo 13 Resolución 41311126-6047 de 2014.
En forma personal:
ü Oficina de Atención al Contribuyente CAM
ü CALIs 2 , 4, 5, 6, 10, 16, 17 y 19.
Correo Certificado: Para aquellas empresas ubicadas fuera del Municipio de Cali y que NO tengan sucursales o agencias en esta jurisdicción.
Y la fecha límite de entrega, según el último dígito del NIT o cédula, debe cumplirse durante el mes de Julio, así:
ÚLTIMO DÍGITO NIT O CÉDULA |
FECHA LÍMITE |
1 |
JULIO 2 |
2 |
JULIO 4 |
3 |
JULIO 7 |
4 |
JULIO 9 |
5 |
JULIO 11 |
6 |
JULIO 14 |
7 |
JULIO 16 |
8 |
JULIO 18 |
9 |
JULIO 21 |
0 |
JULIO 23 |
Conozca la normatividad vigente acerca de Medios Magnéticos:
Resolución 41311126-6047 de Diciembre de 2013 Publicada en el Boletín Oficial 179
Resolución 41311126-12209 de Abril 22 de 2014- Publicada en el Boletín Oficial 053
Anna María Castro Casas
Fecha de publicación 29/06/2014
Última modificación 01/07/2014