Toque de queda y ley seca en Cali a partir de las 7:00 p.m. de hoy jueves 21 de noviembre

Toque de queda y ley seca en Cali a partir de las 7:00 p.m. de hoy jueves 21 de noviembre


Esta medida de carácter especial, se tomó con el objetivo de prevenir desmanes, saqueos y otras alteraciones de orden público que pueden atentar contra el bienestar y la tranquilidad de la ciudadanía caleña.

La medida estará vigente hasta las 6:00 a.m. del día de mañana, 22 de noviembre de 2019 y fue tomada de manera conjunta por todos los organismos municipales, departamentales y de fuerza pública que participan en el Puesto de Mando Unificado instalado para cubrir el desarrollo de la jornada de paro nacional del 21 de noviembre.

Adicionalmente, la secretaria de Educación, Luz Elena Azcárate Sinisterra, ordenó la suspensión de la jornada escolar de este viernes 22 de noviembre en los colegios públicos y en coordinación también con los establecimientos escolares privados.

Las excepciones contempladas en este decreto se extienden a personal de los organismos de seguridad, Fiscalía General, periodistas, organismos de socorro, entre otros. También están eximidos de esta norma transitoria el personal aeroportuario, pilotos, tripulaciones en general, viajeros y personal de la Terminal de Transporte de Cali.

Decreto 4112.010.20.0658 del 21 de noviembre de 2019, por el cual se adoptan medidas transitorias para garantizar el orden público en Santiago de Cali.

Artículo Primero: DECRETAR toque de queda en toda la ciudad de Santiago de Cali, a partir de las 19:00 horas del día 21 de noviembre de 2019 hasta las 06:00 horas del día 22 de noviembre de 2019.

Parágrafo primero: De la medida dispuesta en el presente artículo, estarán exceptuados quienes estén debidamente acreditados como miembros de la Fuerza Pública, Ministerio Público, Defensa Civil, Cruz Roja, Fiscalía General de la Nación, vigilancia privada, periodistas, personal sanitario, ambulancias, vehìculos de atención prehospitalaria, organismos de socorro y los servidores públicos de entidades municipales de Santiago de Cali y de las entidades departamentales del Valle del Cauca, y demás personal que acredite la calidad de servidor gubernamental. Asimismo, toda persona que requiera atención de un servicio de salud.

Parágrafo segundo: También estarán exceptuados de esta medida, quienes en su calidad de personal aeropuertuario operativo y administrativo, viajeros, pilotos o tripulantes que tengan vuelos programados durante el periodo de toque de queda o en horas aproximadas al mismo, lo cual debe ser acreditado a través del pasabordo respectivo o cualquier medio idóneo para tal fin. Lo anterior, sin distinción respecto a vuelos de salida o llegada a la ciudad de Santiago de Cali.

Parágrafo tercero: Igualmente estarán exceptuados quienes en su calidad de personal operativo y administrativo del terminal de transportes intermunicipal, viajeros, conductores o ayudantes tengan viajes intermunicipales programados durante el periodo de toque de queda o en horas aproximadas al mismo, lo cual debe ser acreditado a través del pasaje o tiquete, tasa de uso, planilla de despacho o cualquier medio idóneo para tal fin. Lo anterior, sin distinción respecto a viajes intermunicipales de salida o llegada a la ciudad de Santiago de Cali.

Artículo Segundo: PROHIBIR el expendio y/o consumo de bebidas embriagantes, en la ciudad de Santiago de Cali, a partir de las 19:00 horas del día
21 de noviembre de 2019 hasta las 06:00 horas del día 22 de noviembre de 2019.

Artículo Tercero: Quienes infrinjan estas disposiciones serán sujetos a los medios de policía y/o a las medidas correctivas contempladas en la Ley 1801 de
2016 para este tipo de comportamientos, y de las demás dispuestas en el mismo ordenamiento si a ello hubiera lugar, a través del procedimiento establecido para
tal fin; sin perjuicio de lo establecido en las demás normas que regulen la materia quienes serán conducidos a los sitios previstos para tal efecto.

Parágrafo: Los niños, niñas y adolescentes menores de 18 años sorprendidos en las calles, serán puestos a disposición de las comisarías de familia, junto a su
equipo interdisciplinario en el sitio dispuesto para tal fin.

Artículo Cuarto: ORDENAR a los organismos de seguridad del Estado y a la fuerza pública hacer cumplir lo dispuesto en el presente decreto, para lo cual
deberán realizar los operativos de rigor en toda la ciudad y procederán a aplicar las medidas correctivas de su competencia, de igual manera, deberán informar y hacer
comparecer mediante las órdenes de comparendo a los infractores, ante los inspectores de policía o corregidores para la imposición de la medida correctiva a
que hubiera lugar, lo anterior en concordancia con los procedimientos establecidos en los Artículos 222 y 223 de la Ley 1801 de 2016.

Artículo Quinto: SUSPENDER la jornada escolar deEl día 22 de noviembre de 2019 en las instituciones educativas oficiales de Santiago de Cali.

Parágrafo: Se hace extensiva esta recomendación a las instituciones educativas privadas de Santiago de Cali.

Artículo Sexto: LEVANTAR la restricción del pico y placa del día 21 de noviembre de 2019, en la jornada de las 16:00 hasta las 20:00.
Artículo Séptimo: El presente Decreto rige a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Municipio de Santiago de Cali.


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Fecha de publicación 22/11/2019
Última modificación 22/11/2019

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