Promueven la participación social en las instituciones prestadoras de servicios de salud

Promueven la participación social en las instituciones prestadoras de servicios de salud

A través del Grupo de Participación Social de la Secretaría de Salud de Cali se realiza acompañamiento, asesoría y orientación a los procesos de conformación y renovación de junta directiva de las asociaciones de usuarios en las instituciones prestadores de salud (IPS) del orden público, privado o mixto.

Según el decreto 1757 de 1994, a través del cual se organizan establecen las modalidades y formas de participación social en las prestación de servicios de salud, “la alianza o asociación de usuarios es una agrupación de afiliados del régimen contributivo o subsidiado, del sistema general de Seguridad Social en Salud, que tienen derecho a utilizar unos servicios de salud de acuerdo con su sistema de afiliación, que velaran por la calidad del servicio y la defensa del usuario”.

De esta manera, tal como lo explicó la profesional Marisol López a funcionarios responsables del servicio de atención al cliente de la Clínica de Occidente, es un derecho de los usuarios participar en las instituciones del sistema del sistema de salud.

Así mismo, la funcionaria explicó que tal como lo afirma el parágrafo 1 del artículo 10, del decreto en mención, “las instituciones prestadoras de servicios de salud, sean públicas, privadas o mixtas, deberán convocar a sus afiliados del régimen contributivo y subsidiado, para la constitución de alianzas o asociaciones de usuarios”.

Agregó que para ello, las instituciones deben garantizar la participación de sus usuarios, a través de un amplio, permanente y continuo proceso de difusión e información entre sus usuarios, ligado a un coordinado y organizado proceso de convocatoria y elecciones, en el cual el objetivo central es la promoción, la defensa y el derecho a la salud de los Usuarios.

Dentro de las acciones a realizar aparecen realizar una asamblea, en la cual se conforme o se renueve la junta directiva y cumplir con los requisitos legales para obtener el reconocimiento por las autoridades competentes, de acuerdo con las normas legales vigentes Decreto 1757 de 1994 y circular única 047 y 049 de 2008 de la Supersalud.

Para la Secretaría de Salud, es fundamental promover la participación de este tipo de organizaciones, pues tal como lo asegura el secretario de Salud del Municipio, Diego Calero, “son los usuarios, los representantes de la gente en la junta directiva de las Empresas Sociales del Estado, quienes pueden tomar decisiones importantes, en el devenir de las instituciones de salud de Santiago de Cali”.

Para más información, comunicarse al 032-5560735, Oficina del Grupo de Participación Social en Salud.

Alexánder Camacho Erazo/ camerazote@gmail.com
Oficina de Comunicaciones/ Secretaría de Salud Pública Municipal

 


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Fecha de publicación 12/10/2012
Última modificación 12/10/2012

Versión 7.0.1

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