Siga las recomendaciones para evitar eventos adversos el Día de los Niños
El 31 de octubre, históricamente, día de diversión para los niños y las niñas, debe empezar y terminar de la mejor manera. En tal sentido, la administración del alcalde Maurice Armitage invita, a través de la Secretaría de Salud Pública Municipal, a los padres de familia, acudientes y/o responsables de los menores de edad a tomar y extremar todas las medidas preventivas que sean necesarias, para evitar riesgos y garantizar el normal desarrollo de esta jornada en la capital del Valle.
- Acompañe a los niños durante todo el recorrido. Nunca permitir que salgan solos a pedir dulces.
- No coloque mascaras ni disfraces incómodos, que impidan su identificación, obstruya las vías respiratorias, la visión o pueda causarles tropiezos al caminar.
- Si usa maquillaje, asegúrese que la pintura no sea tóxica y cuente con registro sanitario.
- Permita que reciban dulces solo de personas conocidas, vecinos o de establecimientos reconocidos como centros comerciales y almacenes de cadena.
- Antes que consuman cualquier obsequio comestible, examínelo. No permita que consuman dulces de aspecto húmedo o con envolturas sospechosas y Verifique la fecha de vencimiento.
- Inspeccione los alimentos de fabricación casera y descártelos si sospecha que están en mal estado o generan desconfianza.
- Revise los dulces cuando regrese a casa y guarde solamente los que estén debidamente envueltos y cuenten con registro sanitario.
- No transite por lugares de escasa luz, ni permita que los niños ingresen a casas desconocidas.
- Verifique que la zona donde se va a realizar el recorrido sea segura y conocida por el adulto, procure andar en grupos y no separarse, en lo posible lleve un teléfono celular para emergencias.
- Salga en lo posible a tempranas horas y no espere la noche, procure no correr con el niño. Tampoco permita que los niños suban a vehículos de personas desconocidas.
- Oriéntelos en caso de un eventual extravío. Anote su nombre, dirección, teléfono y colóquelo en el bolsillo del disfraz, en una etiqueta o manilla visible.
- En los lugares de concentración masiva de gente, tenga extremo cuidado con los niños, no los pierda de vista y manténgalos sujetados de la mano.
- Si permite que los niños visiten su casa, deje encendidas las luces de la entrada y entregue los dulces y obsequios en su empaque original.
- Debido a que en chocolates, dulces y confites es fácil adicionar escopolamina o sustancias alucinógenas que pueden ocasionar pérdida de la memoria y falta de voluntad, se sugiere no consumirlos inmediatamente son recibidos, sino en la vivienda.
- Recuerde que debido al alto consumo de dulces los niños pueden presentar dolor abdominal, náuseas, vómito y cuadros diarreicos. Ante estos síntomas, los padres y cuidadores, deben llevarlos inmediatamente a la institución de salud correspondiente.
Para la Secretaría de Salud también es prioridad evitar quemaduras por el uso o manipulación de pólvora. Se recuerda que el uso y manipulación de pólvora está estrictamente prohibido en menores de edad y debe cumplirse con lo dispuesto en el Decreto 4481 de 2006, que prohíbe la venta de artículos pirotécnicos a menores de edad y a las personas en estado de embriaguez. Los padres de familia como responsables de los menores de edad deben evitar que manipulen pólvora o cualquier artefacto que pueda causarles daño, atente contra su integridad física y ponga en riesgo su vida.
La fabricación, expendio y uso de la pólvora, debe cumplir con lo estipulado en la normatividad vigente colombiana y lo dispuesto en la Ley 670 de 2001.
El decreto 4481 de 2006 y Decreto 623 de 2016, por medio de los cuales se prohíbe la venta de pólvora o artículos pirotécnicos a menores de edad, personas en estado de embriaguez y se dan las directrices de seguridad para el almacenamiento, transporte, distribución, venta y uso de la pólvora, artículos pirotécnicos o fuegos artificiales, con el propósito de proteger la vida, la salud y la preservación de la seguridad:
Los padres de familia y/o cuidadores como responsables de los menores de edad, están en la obligación de evitar que ellos manipulen pólvora o cualquier artefacto que pueda causar algún daño o lesión que atente contra su integridad física y ponga en riesgo su vida.
Está estrictamente prohibida la venta o comercialización, manipulación y uso de pólvora, artefactos pirotécnicos y globos de aire caliente por menores de edad y personas en estado de embriaguez o que hayan ingerido licor. Los adultos que permitan a los menores de edad acceder, manipular o hacer uso de pólvora, globos de aire caliente, fuegos artificiales o artículos pirotécnicos y los establecimientos que incumplan con lo dispuesto en esta normativa se les impondrán sanciones pecuniarias que oscilan entre los dos (2) y los (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes, adicionalmente se podrá realizar decomiso de los artículos y los menores serán puestos a disposición de un defensor de familia de acuerdo a lo estipulado en los anteriores decretos y la Ley 670 de 2001.
La red hospitalaria –pública y privada–, debe prestar la atención inicial de urgencias si alguna persona es afectada con quemaduras u otros daños corporales por el uso de pólvora o artículos pirotécnicos.
Las instituciones de salud deben brindar atención integral en salud a las personas lesionadas por el mal uso o manipulación de pólvora (Instituto Nacional de Salud), realizar las acciones descritas en el protocolo de vigilancia de lesiones por pólvora y notificar inmediatamente a la Secretaría de Salud Pública Municipal.
Igualmente, informar cualquier situación a las autoridades competentes, Línea 123. Se anexa directorio de hospitales de la red pública de Cali y de Cuadrantes de la Policía Metropolitana de Cali.
Comunicar a las autoridades cualquier actividad peligrosa o irresponsable referente a la fabricación, almacenamiento, transporte, comercialización, venta y manipulación de pólvora, fuegos artificiales o artículos pirotécnicos en su comunidad, con el fin de prevenir lesiones o daños permanentes como resultado de estas actividades.
Puede comunicarse a la línea 123 - Centro Automático de Despacho (CAD), al número de su cuadrante o estación de policía más cercana.
Estación de Policía |
Dirección |
Teléfono |
Estación de Policía |
Dirección |
Teléfono |
Terrón Colorado |
AV 4BIS OEST # 19-00 |
8826100 |
El Diamante |
4372812 |
|
Montebello |
CL. 12 OESTE # 42-71 |
8888327 |
Los Mangos |
CL. 73 # DG. 26M-90 |
4220184 |
Tres Cruces |
CERRO TRES CRUCES |
5502643 |
3274323 |
||
Fray Damián |
CL. 13A # 13-41 |
8850027 |
3376548 |
||
Junín |
CR 24 # 11-08 |
5140071 |
Desepaz |
CL. 121 # 25-00 |
4202167 |
La Flora |
AV. 3N # 23-00 |
6540028 |
CL. 4 # 93-00 |
3324806 |
|
Terminal |
CL. 30N # 2AN-29 |
6613850 |
5518015 |
||
Cai Chipichape |
AV. 6N # 35N-00 |
6530450 |
El Cortijo |
CR. 51 Oeste # 7-33 |
5510022 |
San Francisco |
CR. 1 # 33-00 |
4380395 |
3250440 |
||
Distrito Dos |
CR. 1D # 67-00 |
4398869 |
Limonar |
CL. 84 # 47-00 |
3151991 |
La Rivera |
CR. 1D # 67-00 |
4399263 |
La María |
CR. 125 # 22-09 |
5552915 |
Floralia |
CL. 72J # 3AN-00 |
4347268 |
6693804 |
||
Alfonso López |
CL. 82 # 7D-00 |
6629976 |
2512591 |
||
4380087 |
La Cumbre |
CR. 5 # 2-00 La Cumbre |
2459146 |
||
Las Américas |
CR. 13 # 39-33 |
4438760 |
CR. 10 # 9-17Jamundí |
5165335 |
|
Aguablanca |
CL. 26A # 25-28 |
3378721 |
Candelaria |
CR. 6 # 8-50 Candelaria |
5502616 |
Fecha de publicación 31/10/2018
Última modificación 31/10/2018