Siga las recomendaciones para evitar eventos adversos el Día de los Niños

Siga las recomendaciones para evitar eventos adversos el Día de los Niños


El 31 de octubre, históricamente, día de diversión para los niños y las niñas, debe empezar y terminar de la mejor manera. En tal sentido, la administración del alcalde Maurice Armitage invita, a través de la Secretaría de Salud Pública Municipal, a los padres de familia, acudientes y/o responsables de los menores de edad a tomar y extremar todas las medidas preventivas que sean necesarias, para evitar riesgos y garantizar el normal desarrollo de esta jornada en la capital del Valle.

  • Acompañe a los niños durante todo el recorrido. Nunca permitir que salgan solos a pedir dulces.
  • No coloque mascaras ni disfraces incómodos, que impidan su identificación, obstruya las vías respiratorias, la visión o pueda causarles tropiezos al caminar.
  • Si usa maquillaje, asegúrese que la pintura no sea tóxica y cuente con registro sanitario.
  • Permita que reciban dulces solo de personas conocidas, vecinos o de establecimientos reconocidos como centros comerciales y almacenes de cadena.
  • Antes que consuman cualquier obsequio comestible, examínelo. No permita que consuman dulces de aspecto húmedo o con envolturas sospechosas y Verifique la fecha de vencimiento.
  • Inspeccione los alimentos de fabricación casera y descártelos si sospecha que están en mal estado o generan desconfianza.
  • Revise los dulces cuando regrese a casa y guarde solamente los que estén debidamente envueltos y cuenten con registro sanitario.
  • No transite por lugares de escasa luz, ni permita que los niños ingresen a casas desconocidas.
  • Verifique que la zona donde se va a realizar el recorrido sea segura y conocida por el adulto, procure andar en grupos y no separarse, en lo posible lleve un teléfono celular para emergencias.
  • Salga en lo posible a tempranas horas y no espere la noche, procure no correr con el niño. Tampoco permita que los niños suban a vehículos de personas desconocidas.
  • Oriéntelos en caso de un eventual extravío. Anote su nombre, dirección, teléfono y colóquelo en el bolsillo del disfraz, en una etiqueta o manilla visible.
  • En los lugares de concentración masiva de gente, tenga extremo cuidado con los niños, no los pierda de vista y manténgalos sujetados de la mano.
  • Si permite que los niños visiten su casa, deje encendidas las luces de la entrada y entregue los dulces y obsequios en su empaque original.
  • Debido a que en chocolates, dulces y confites es fácil adicionar escopolamina o sustancias alucinógenas que pueden ocasionar pérdida de la memoria y falta de voluntad, se sugiere no consumirlos inmediatamente son recibidos, sino en la vivienda.
  • Recuerde que debido al alto consumo de dulces los niños pueden presentar dolor abdominal, náuseas, vómito y cuadros diarreicos. Ante estos síntomas, los padres y cuidadores, deben llevarlos inmediatamente a la institución de salud correspondiente.

Para la Secretaría de Salud también es prioridad evitar quemaduras por el uso o manipulación de pólvora. Se recuerda que el uso y manipulación de pólvora está estrictamente prohibido en menores de edad y debe cumplirse con lo dispuesto en el Decreto 4481 de 2006, que prohíbe la venta de artículos pirotécnicos a menores de edad y a las personas en estado de embriaguez. Los padres de familia como responsables de los menores de edad deben evitar que manipulen pólvora o cualquier artefacto que pueda causarles daño, atente contra su integridad física y ponga en riesgo su vida.

La fabricación, expendio y uso de la pólvora, debe cumplir con lo estipulado en la normatividad vigente colombiana y lo dispuesto en la Ley 670 de 2001.

El decreto 4481 de 2006 y Decreto 623 de 2016, por medio de los cuales se prohíbe la venta de pólvora o artículos pirotécnicos a menores de edad, personas en estado de embriaguez y se dan las directrices de seguridad para el almacenamiento, transporte, distribución, venta y uso de la pólvora, artículos pirotécnicos o fuegos artificiales, con el propósito de proteger la vida, la salud y la preservación de la seguridad:

Los padres de familia y/o cuidadores como responsables de los menores de edad, están en la obligación de evitar que ellos manipulen pólvora o cualquier artefacto que pueda causar algún daño o lesión que atente contra su integridad física y ponga en riesgo su vida.

Está estrictamente prohibida la venta o comercialización, manipulación y uso de pólvora, artefactos pirotécnicos y globos de aire caliente por menores de edad y personas en estado de embriaguez o que hayan ingerido licor. Los adultos que permitan a los menores de edad acceder, manipular o hacer uso de pólvora, globos de aire caliente, fuegos artificiales o artículos pirotécnicos y los establecimientos que incumplan con lo dispuesto en esta normativa se les impondrán sanciones pecuniarias que oscilan entre los dos (2) y los (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes, adicionalmente se podrá realizar decomiso de los artículos y los menores serán puestos a disposición de un defensor de familia de acuerdo a lo estipulado en los anteriores decretos y la Ley 670 de 2001.

La red hospitalaria –pública y privada–, debe prestar la atención inicial de urgencias si alguna persona es afectada con quemaduras u otros daños corporales por el uso de pólvora o artículos pirotécnicos.

Las instituciones de salud deben brindar atención integral en salud a las personas lesionadas por el mal uso o manipulación de pólvora (Instituto Nacional de Salud), realizar las acciones descritas en el protocolo de vigilancia de lesiones por pólvora y notificar inmediatamente a la Secretaría de Salud Pública Municipal.

Igualmente, informar cualquier situación a las autoridades competentes, Línea 123. Se anexa directorio de hospitales de la red pública de Cali y de Cuadrantes de la Policía Metropolitana de Cali. 

Comunicar a las autoridades cualquier actividad peligrosa o irresponsable referente a la fabricación, almacenamiento, transporte, comercialización, venta y manipulación de pólvora, fuegos artificiales o artículos pirotécnicos en su comunidad, con el fin de prevenir lesiones o daños permanentes como resultado de estas actividades.

Puede comunicarse a la línea 123 - Centro Automático de Despacho (CAD), al número de su cuadrante o estación de policía más cercana.

 

Estación de Policía

Dirección

Teléfono

Estación de Policía

Dirección

Teléfono

Terrón Colorado

AV 4BIS OEST # 19-00

8826100

El Diamante

CL. 41 # 32A-16

4372812

Montebello

CL. 12 OESTE # 42-71

8888327

Los Mangos

CL. 73 # DG. 26M-90

4220184

Tres Cruces

CERRO TRES CRUCES

5502643

El Vallado

CR. 41B # 50-04

3274323

Fray Damián

CL. 13A # 13-41

8850027

Mariano Ramos

CR. 48 # 45-43

3376548

Junín

CR 24 # 11-08

5140071

Desepaz

CL. 121 # 25-00

4202167

La Flora

AV. 3N # 23-00 

6540028

Meléndez

CL. 4 # 93-00

3324806

Terminal

CL. 30N # 2AN-29

6613850

El Lido

CR. 52 # 2-00

5518015

Cai Chipichape

AV. 6N # 35N-00

6530450

El Cortijo

CR. 51 Oeste # 7-33

5510022

San Francisco

CR. 1 # 33-00

4380395

Guabal

CR. 44 # 14B-49

3250440

Distrito Dos

CR. 1D # 67-00

4398869

Limonar

CL. 84 # 47-00

3151991

La Rivera

CR. 1D # 67-00

4399263

La María

CR. 125 # 22-09

5552915

Floralia

CL. 72J # 3AN-00

4347268

Yumbo

CR. 4 # 4-06 Yumbo

6693804

Alfonso López

CL. 82 # 7D-00

6629976

Vijes

CR. 3 # 5-23

2512591

Nueva Floresta

CL. 44 # 24B-25 

4380087

La Cumbre

CR. 5 # 2-00 La Cumbre

2459146

Las Américas

CR. 13 # 39-33

4438760

Jamundí

CR. 10 # 9-17Jamundí

5165335

Aguablanca

CL. 26A # 25-28

3378721

Candelaria

CR. 6 # 8-50 Candelaria

5502616


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Fecha de publicación 31/10/2018
Última modificación 31/10/2018

Versión 7.0.1

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