Salud Pública recuerda la importancia de la vacunación para la madre gestante y el recién nacido
La Secretaría de Salud Pública Municipal y su Programa Ampliado de Inmunizaciones PAI, obedeciendo a una prioridad política en salud pública en favor de toda la población, cuyo fin es lograr erradicar, eliminar y controlar las enfermedades prevenibles por vacuna, hace un llamado a todos los puestos de vacunación de la ciudad para continuar aplicando, sin costo alguno, el esquema de vacunación adecuado para el recién nacido y la madre gestante.
Según la normatividad vigente en Colombia, se prescribe la vacunación neonatal de todo recién nacido sano y a término, administrando durante las primeras 12 horas de vida y antes del egreso hospitalario, la primera dosis de vacuna para hepatitis B y una dosis única de vacuna BCG para la tuberculosis. Igualmente, se establece la vacunación de la gestante con una dosis de influenza a partir de la semana 14 de gestión y una dosis de DTaP (tosferina aceluar) a partir de la semana 26 de gestación.
La tosferina en el mundo produce entre 200.000 a 400.000 muertes por año. Con la estrategia de vacunación a nivel nacional, se ha logrado impactar en la reducción de la mortalidad por tosferina en menores de 5 años. A pesar de todos los esfuerzos, el balance de vacunación con tosferina acelular para el municipio de Cali es el siguiente:
En el año 2014, cuando esta vacuna fue incluida gratuitamente en el esquema nacional, alcanzó una cobertura del 72.9% y del 71.7% en el 2015. En lo corrido del 2016, solo se han vacunado 5.849 gestantes para una cobertura del 16%; razón por la cual, se hace un llamado a las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios - EAPB y a las Empresas Sociales del Estado - ESE para que continúen fortaleciendo la inmunización con esta importante vacuna, que protege la vida de la madre y el niño
La Secretaría de Salud Pública Municipal recuerda que:
Toda gestante tiene derecho a proteger su salud y la de su hijo, a través de la vacunación y pruebas de laboratorio como VIH, Hepatitis B y Hepatitis C.
Las acciones mencionadas son de obligatorio cumplimiento para las entidades aseguradoras; el no acatarlas, será objeto de investigación tanto para la entidad como para el personal de salud que atendió al usuario.
Toda gestante, deberá ingresar a la sala de partos con el carné de vacunación, donde se evidencie la aplicación del biológico de Influenza y de DTaP (tosferina acelular).
Si la gestante no tiene aplicada la DTaP, deberá suministrársele la vacuna antes del parto o al egreso de la institución de salud.
De igual forma, la futura madre deberá llevar las pruebas de VIH y de antígenos para Hepatitis B, como lo establece el protocolo de pruebas obligatorias para este tipo de población.
Si la gestante se rehúsa a la atención o a vacunarse, debe quedar en la historia clínica con su firma.
Fecha de publicación 16/04/2016
Última modificación 16/04/2016