Tanques de almacenamiento de agua potable y piscinas deben cumplir con la normatividad de la ciudad

Tanques de almacenamiento de agua potable y piscinas deben cumplir con la normatividad de la ciudad

La Secretaría de Salud Pública Municipal en trabajo articulado con Emcali y la CVC, socializaron a los administradores de unidades residenciales, centros comerciales, entre otros,  la resolución 4145.0.21.0382 de 2014, por medio del cual se establecen directrices para el funcionamiento y operación de los sistemas de almacenamiento de agua potable para consumo humano en la ciudad.

También  se aprovechó el espacio para poner en conocimiento de estas personas, el protocolo para el mantenimiento de tanques de almacenamiento de tanques de agua potable para espacios multifamiliares, comerciales e industriales, además de presentarles la normatividad para la vigilancia de los establecimientos con piscina que realiza la Secretaría de Salud Pública Municipal.

A continuación se presentan algunas de las recomendaciones que se les hicieron a los asistentes:

•       Los administradores de las unidades y/o conjuntos residenciales con sistemas de almacenamiento de agua potable para consumo humano deben revisar periódicamente las condiciones estructurales (fugas, fisuras) y  tomar las medidas correctivas que se requieran.

•       Realizar, dos veces al año, los análisis de calidad de agua almacenada en los sistemas de almacenamiento de agua potable para consumo humano y en laboratorios acreditados.

•       Las juntas entre paredes y pisos de los sistemas de almacenamiento de agua potable para consumo humano deberán ser redondeadas, para evitar la acumulación de sedimentos y demás contaminantes que afecten la calidad del agua contenida.

•       Evite realizar postratamiento al agua potable contenida en los sistemas de almacenamiento de agua potable para consumo humano, adicionando cualquier tipo de productos químicos, considerando que esta ha sido previamente tratada en la Planta de Tratamiento de Agua Potable –PTAP- del municipio.

•       Un tanque de almacenamiento de agua potable para consumo humano debe contar con un fácil acceso, tapa hermética, escaleras en hierro fundido que reduzca los riesgos de corrosión.

•       La base de un tanque de almacenamiento de agua potable para consumo humano debe tener una pendiente mínima del 2 %, para facilitar la evacuación del sedimento y agua de lavado durante las actividades de mantenimiento de la estructura.

Funcionarios de Salud Pública seguirán capacitando y realizando visitas de inspección, vigilancia y control a todos estos establecimientos, con el objetivo de verificar el cumplimiento de la norma y tener una población saludable.

Oficina de Comunicaciones
Secretaría de Salud Pública Municipal


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Fecha de publicación 17/06/2015
Última modificación 17/06/2015

Versión 7.0.1

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