TITULO VI
SECRETARÍA DE VIVIENDA SOCIAL Y RENOVACION URBANA

CAPITULO 1
MISION, RESPONSABILIDADES Y ESTRUCTURA

ARTICULO DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE : DEFINICION.- La Secretarìa de Vivienda Social del Municipio se denomina, a partir de la vigencia del presente Acuerdo Secretaría de Vivienda Social y Renovaciòn Urbana del Municipio Santiago de Cali, dependencia integrante del sector social, que reemplazò al Instituto Municipal de Reforma Urbana y Vivienda de Cali- Invicali- que se suprimiò y cuya liquidaciòn se ordenò.

ARTICULO DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO : MISION.- La Secretaría de Vivienda Social y Renovaciòn Urbana del Municipio de Cali tiene como misión la formulación y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos del Municipio de Cali sobre vivienda social, renovación social urbana, programas básicos y asociativos de vivienda y mejoramiento urbano, y regularización de predios y el ejercicio de las demás funciones que la Ley 9 de 1989, sus decretos reglamentarios y la Ley 03 de 1991 establecen en cabeza de los entes municipales.

ARTICULO DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE : RESPONSABILIDADES.- Corresponde a la Secretaría de Vivienda Social y Renovaciòn Urbana el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:

1 Formular, promover y ejecutar la política, planes, programas y proyectos de vivienda social del Municipio de Cali.

2 Gestionar la transferencia de recursos de otras entidades y del Gobierno Nacional para el desarrollo de programas de vivienda social.

3 Propiciar convenios y demás modalidades de asociación con particulares, organizaciones no gubernamentales, universidades y otras entidades públicas o privadas, para la ejecución de programas, proyectos de vivienda y de renovaciòn urbana.

4 Apoyar la organización de la comunidad para el desarrollo de programas y proyectos de vivienda social.

5 Mantener actualizada la información sobre déficit de vivienda de interés social de la ciudad y de los municipios vecinos.

6 Formular, promover y ejecutar la política, planes, programas y proyectos del Municipio en materia de renovación urbana .

7 Formular, promover y ejecutar, planes, programas y proyectos del Municipio en materia de mejoramiento urbano y de regularización de predios. En casos de zonas de alto riesgo solicitarán concepto previo al Departamento Administrativo de Planeación Municipal.

8 Las demàs que sean necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la Constituciòn, la Ley y los Acuerdos Municipales.


ARTICULO DOSCIENTOS NOVENTA : ESTRUCTURA.- La Secretaría de Vivienda Social y Renovaciòn Urbana tendrá la siguiente organización:
- Despacho del Secretario
- Fondo Especial.

- Secretaría General
- División Administrativa
- División de Sistemas y Documentación

- Subsecretaría de Renovación Urbana y Proyectos Especiales
- División de Gestión de Proyectos
- División de Autoconstrucción Dirigida

- Subsecretaria de Proyectos Básicos y Asociativos de Vivienda
- División de Proyectos Básicos de Vivienda
- División de Proyectos Asociativos de Vivienda.

- Subsecretaría de Mejoramiento Urbano y Regularización de Predios
- División de Asentamientos y Mitigación de Riesgos
- División de Reubicación y Regularización de Predios


- Unidad Financiera y Recuperación de Cartera
- Unidad Jurídica
- Unidad de Planeación y Proyectos de Inversión.

CAPITULO 2
DEL DESPACHO DEL SECRETARIO

ARTICULO DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO : RESPONSABILIDADES DEL SECRETARIO.- Corresponde al Secretario de Vivienda Social y Renovaciòn Urbana el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:

1 Dirigir la Secretaría a su cargo.

2 Participar en la definición de la política del Gobierno Municipal en materia de Vivienda social, renovación y mejoramiento urbanos y regularización de predios.

3 Celebrar contratos, de acuerdo con las delegaciones que le haga el Alcalde.

4 Ejercer el control interno en la Secretaría a su cargo, y evaluar la gestión y resultados de las dependencias y servidores públicos adscritos a su Secretaría.

5 Conocer y decidir en ùnica instancia, de conformidad con el Còdigo Disciplinario Unico, los procesos inherentes a faltas leves contra los servidores pùblicos de su dependencia.

6 Definir y ejecutar programas y acciones para la legalizaciòn o habilitaciòn de tìtulos, sin perjuicio de los asuntos que son de competencia de la Secretarìa de Ordenamiento Urbanìstico.

7 Realizar las gestiones necesarias para la contrataciòn de obras para la mitigaciòn de riesgos.

8 Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misión de la Secretaría.



CAPITULO 3
DE LA SECRETARIA GENERAL

ARTICULO DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS : RESPONSABILIDADES.- Corresponde a la Secretaría General el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:

1 Asistir y asesorar al Secretario en el ejercicio de sus funciones y llevar su representación en los casos en que sea necesario.

2 Asistir y asesorar al Secretario en la Organización y aplicación del control interno, y en la evaluación de gestión y resultados de los servidores públicos y dependencias adscritos a la Secretaría.

3 Administrar y coordinar las actividades y los recursos humanos y físicos de la Secretaría.

4 Revisar los puntos de equilibrio de los proyectos, verificando que se cubran los costos de administración y de ejecución.

5 Apoyar la gestión de consecución de tierras y recursos financieros.

6 Sustanciar los procesos disciplinarios de ùnica instancia relacionados con los servidores públicos de la Secretaría y rendir los informes correspondientes.

7 Atender y resolver las quejas que presenten los ciudadanos en relación con la Secretaría.

8 Coordinar las actividades relacionadas con la elaboración del proyecto de presupuesto de la Secretaría y con el control de su ejecución.

9 Elaborar o revisar los actos, contratos y demás documentos que deban someterse a la firma o aprobación del Secretario.

10 Elaborar los actos y ejecutar las gestiones necesarias para el desarrollo de los procesos de contratación relacionados con las competencias de la Secretaría.

11 Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misión de la Secretaría.


ARTICULO DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES : DE LA DIVISION ADMINISTRATIVA.- Corresponde a esta División el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:
1 Asistir y asesorar al Secretario General en los asuntos administrativos.

2 Planear y gestionar la adquisición de los bienes y servicios que requiera la Secretaría.

3 Organizar y controlar la vigilancia y mantenimiento de los bienes asignados a la Secretaría.

4 Coordinar y controlar lo relacionado con el archivo y la distribución de documentación.

5 Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misión de la Secretaría.


ARTICULO DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO : DE LA DIVISION DE SISTEMAS Y DOCUMENTACION.- Corresponde a esta División el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:

1 Asesorar al Secretario y a las dependencias de la Secretaría en los asuntos relacionados con la sistematización, procesamiento y análisis de la información.

2 Mantener actualizada una base de datos de usuarios actuales y potenciales .

3 Procesar oportunamente la facturación de cobro de cartera.

4 Organizar y desarrollar las actividades relacionadas con el procesamiento, análisis, archivo y suministro de información que produzca o reciba la Secretaría.

5 En coordinaciòn con la Divisiòn de Informàtica y Telemàtica elaborar los estudios para la adquisición de equipos y programas adecuados a las necesidades de la Secretarìa.

6 En coordinaciòn con la Divisiòn de Informàtica y Telemàtica diseñar las políticas y programas para el adecuado uso de los equipos y de los programas en las diferentes dependencias de la Secretaría y supervisar su cumplimiento.

7 Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misión de la Secretaría.

CAPITULO 4

DE LA SUBSECRETARIA DE RENOVACION URBANA Y PROYECTOS ESPECIALES

ARTICULO DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO : SUBSECRETARIA DE RENOVACION URBANA Y PROYECTOS ESPECIALES. Corresponde a esta Subsecretaría el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:

1 Participar en la definición de las políticas, planes, programas y proyectos orientados a impulsar el desarrollo y renovación de sectores urbanos deteriorados o subutilizados.

2 Asistir y asesorar al Secretario en todo lo relacionado con la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos de renovación urbana

3 Gestionar el diseño, aprobación y ejecución de obras relacionadas con los proyectos a cargo de la Subsecretaría.

4 Gestionar la financiación y obtención de recursos para la ejecución de proyectos asignados a la Subsecretaría.

5 Supervisar la ejecución y desarrollo de los proyectos asignados a la Subsecretaría.

6 Asistir al Secretario en todo lo relacionado con la licitación y contratación de obras.

7 Realizar los estudios socioeconómicos en relación con las comunidades usuarias de los programas a cargo de la Subsecretaría.

8 Capacitar en los procesos de autoconstrucción y organización comunitaria a los usuarios de los programas.

9 Elaborar planes de trabajo social para elevar la capacidad de gestión de las comunidades

10 Diseñar, gestionar y ejecutar programas en los que se apliquen nuevas tecnologías de construcción para reducir costos.

11 Coordinar equipos interdisciplinarios de la Administración Municipal para la formulación de propuestas sobre agilización para la aprobación de proyectos y reglamentaciones de materias que son competencia de la Secretaría de Vivienda Social.

12 Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misión de la Secretaría.


ARTICULO DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS : DIVISION DE GESTION DE PROYECTOS.- Corresponde a esta División el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:

1 Promover, coordinar y ejecutar la realización de acciones interinstitucionales orientadas hacia el desarrollo de proyectos masivos de Vivienda Social y de renovación urbana.

2 Adelantar los estudios y análisis necesarios para la adecuada toma de decisiones en la realización de planes y proyectos masivos de Vivienda Social y de renovación urbana.

3 Gestionar y aplicar eficientemente los recursos financieros necesarios para la realización de proyectos masivos de Vivienda Social y de renovación urbana.

4 Promover, coordinar y ejecutar proyectos en los que se apliquen nuevas tecnologías de construcción y normas de urbanización, con las que se garanticen soluciones económicas para familias de los estratos más bajos de la población.

5 Coordinar y mantener un equipo interdisciplinario, con funcionarios de las distintas dependencias de la administración municipal, con el fin de planificar, definir y revisar los proyectos de infraestructura, servicios públicos y de equipamiento comunitario, para los proyectos masivos de vivienda de interés social y de renovación urbana.

6 Gestionar y coordinar acciones con el sector financiero (CAVS, Bancos, Entidades Territoriales y Sector Solidario) a fin de garantizar los recursos financieros para la construcción progresiva de las viviendas.

7 Gestionar y ejecutar la realización de proyectos de Vivienda Urbana y de renovación social urbana con entidades públicas y privadas, mediante la suscripción de convenios interinstitucionales.

8 Gestionar y coordinar la vinculación de entidades públicas, empresa privada y ONGs con las que se ejecuten programas sociales en beneficio de las comunidades.

9 Desarrollar los proyectos especiales y de renovación urbana a través de entidades Fiduciarias.

10 Coordinar la aprobación de los proyectos ante las entidades competentes

11. Las demas que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misiòn de la Secretarìa de conformidad con la Constituciòn, la Ley y los Acuerdos.


ARTICULO DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE : DIVISION DE AUTOCONSTRUCCION DIRIGIDA.- Corresponde a esta División el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:

1 Elaborar y ejecutar planes de trabajo para ofrecer asistencia técnica y social a los proyectos de autoconstrucción dirigida y renovación urbana.
2 Ejecutar todas las acciones tendientes a garantizar el entendimiento de la metodología de trabajo, con elementos de apoyo tales como cursos de autoconstrucción, maquetas, videos y cartillas.
3 Realizar y mantener actualizado el censo socio-económico de los usuarios de los proyectos, a fin de determinar proyectos sociales puntuales que eleven el nivel de vida de las comunidades.

4 Gestionar y coordinar con otras entidades municipales y/o empresas privadas la puesta en marcha de los servicios básicos complementarios a la vivienda, tales como la educación, la salud y la recreación.

5 Las demas que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misiòn de la Secretarìa de conformidad con la Constituciòn, la Ley y los Acuerdos

CAPITULO 5

DE LA SUBSECRETARIA DE PROGRAMAS BASICOS Y ASOCIATIVOS DE VIVIENDA.

ARTICULO DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO : SUBSECRETARIA DE PROGRAMAS BASICOS Y ASOCIATIVOS DE VIVIENDA. Corresponde a esta Subsecretaría el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:

1 Participar en la definición de políticas, planes, programas y proyectos en materia de vivienda progresiva y de asociación con particulares para lo relacionado con vivienda social.

2 Gestionar el desarrollo de proyectos básicos propios y de asociación con particulares.

3 Elaborar los estudios técnicos necesarios para el desarrollo de los proyectos asignados a la Subsecretaría.

4. Gestionar el diseño, aprobaciòn y ejecuciòn de obras relacionadas con los proyectos a cargo de la Subsecretarìa.

5. Gestionar la financiaciòn y obtenciòn de recursos para la ejecuciòn de proyectos asignados a la Subsecretarìa.

6 Supervisar la ejecución y desarrollo de los proyectos asignados a la Subsecretaría.

7 Asistir al Secretario en todo lo relacionado con la licitación y contratación de obras.

8 Realizar los estudios socioeconómicos en relación con las comunidades usuarias de los programas asignados a la Subsecretaría.

9 Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misión de la Secretaría.


ARTICULO DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE : DE LA DIVISION DE PROYECTOS BASICOS DE VIVIENDA.- Corresponde a esta División el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:

1 Adelantar los estudios y análisis necesarios para la adecuada planificación de los proyectos básicos de vivienda progresiva.

2 Coordinar y ejecutar con entidades públicas o privadas el desarrollo de proyectos de vivienda, a partir de la construcción de unidades básicas y garantizar la dotación del equipamiento comunitario.

3 Gestionar y aplicar eficientemente los recursos financieros necesarios para la realización de los proyectos básicos de vivienda y de los servicios complementarios.

4 Gestionar con el sector financiero (Sector Solidario, CAVS, Bancos) facilidades crediticias para la adquisición de materiales de construcción para la terminación de las viviendas.

5 Desarrollar proyectos básicos de vivienda.

6 Coordinar la aprobación de los proyectos ante las entidades competentes.

7 Innovar en métodos constructivos y de urbanismo que permitan la construcción de vivienda económica .

8. Las demas que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misiòn de la Secretarìa de conformidad con la Constituciòn, la Ley y los Acuerdos

ARTICULO TRESCIENTOS : DE LA DIVISION DE PROYECTOS ASOCIATIVOS DE VIVIENDA.- Corresponde a esta División el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:

1 Adelantar los estudios y análisis para la adecuada toma de decisiones en la realización de los proyectos asociativos.

2 Gestionar y aplicar eficientemente los recursos financieros necesarios para la realización de los proyectos asociativos.

3 Coordinar la realización de proyectos asociativos con entidades públicas o privadas, mediante la suscripción de convenios.

4 Aplicar nuevos sistemas constructivos y normas de urbanización que permitan la construcción de vivienda económica.

5 Coordinar la aprobación de los proyectos ante las entidades competentes.

6 Desarrollar proyectos asociativos.

7 Planificar la ejecución de proyectos asociativos en los que se garanticen los servicios complementarios de equipamientos comunitario para las viviendas.

8. Las demas que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misiòn de la Secretarìa de conformidad con la Constituciòn, la Ley y los Acuerdos


CAPITULO 6

SUBSECRETARIA DE MEJORAMIENTO URBANO Y REGULARIZACION DE PREDIOS

ARTICULO TRESCIENTOS UNO : SUBSECRETARIA DE MEJORAMIENTO URBANO Y REGULARIZACION DE PREDIOS.- Corresponde a esta Subsecretaría el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:

1 Participar en la definición de las políticas, planes, programas y proyectos en materia de mejoramiento urbano y regularización de predios.

2 Identificar los asentamientos subnormales y elaborar el censo de los mismos.

3 Gestionar la financiación y obtención de recursos para la ejecución de proyectos asignados a la Subsecretaría.

4 Determinar planes de acción para dotar los asentamientos subnormales de servicios públicos, de conformidad con el Plan de Desarrollo del Municipio.

5 Programar las reubicaciones de familias localizadas en zonas de alto riesgo.

6 Ejecutar las acciones tendientes a la legalizaciòn masiva de predios, de conformidad con la legislaciòn vigente.

7 Asistir y asesorar al Secretario en las acciones relacionadas con el manejo y protección de los bienes que constituyen el patrimonio ejidal del Municipio de Cali.
8 Administrar y custodiar las tierras a cargo de la Secretarìa.

9 Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misión de la Secretaría.


ARTICULO TRESCIENTOS DOS : DIVISION DE ASENTAMIENTOS Y MITIGACION DE RIESGOS.- Corresponde a esta División el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:

1 Conocer los estudios y mantener actualizado los sectores catalogados por el DAPM como subnormales y que presentan riesgos para la vida de los habitantes.

2 Coordinar con el DAPM los proyectos de obra civil para mitigaciòn de riesgos en sectores catalogados como zonas de alto riesgo.

3 Coordinar y ejecutar programas de mejoramiento de vivienda y del espacio público en los sectores donde se ejecuten acciones de prevención de riesgo.

4 Gestionar y aplicar eficientemente los recursos financieros necesarios para la ejecución de acciones de prevención de riesgo.

5 Coordinar la aprobación de los proyectos ante las entidades competentes.

6. Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misión de la Secretaría.


ARTICULO TRESCIENTOS TRES : DE LA DIVISION DE REUBICACION Y REGULARIZACION DE PREDIOS. Corresponde a esta División el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:

1 Promover, coordinar y ejecutar acciones interinstitucionales orientadas a la reubicación de familias y regularizaciones de predios.

2 Adelantar los estudios y análisis necesarios para la adecuada toma de decisiones, para planear la reubicación de las familias y la regularización de predios.

3 Legalizar y titular los predios ocupados de hecho por terceros, en los términos de la Ley 9/89 y sus Decretos reglamentarios.

4 Promover y coordinar proyectos para la dotación de servicios públicos, de infraestructura vial y de equipamiento comunitario en los sectores regularizados, de conformidad con el Plan de Desarrollo del Municipio.

5 Promover, coordinar y ejecutar proyectos de mejoramiento de vivienda de los sectores regularizados, con entidades públicas o privadas.

6 Promover y gestionar la aprobación de los proyectos en las entidades competentes.

7. Las demas que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misiòn de la Secretarìa de conformidad con la Constituciòn, la Ley y los Acuerdos



CAPITULO 7

DE LA UNIDAD DE PLANEACION Y PROYECTOS DE INVERSION

ARTICULO TRESCIENTOS CUATRO : DE LA UNIDAD DE PLANEACION Y PROYECTOS DE INVERSION. Corresponde a esta Unidad el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:

1 Realizar y mantener actualizados los estudios sobre déficit cuantitativo y cualitativo de la ciudad y su área de influencia en materia de vivienda social.

2 Participar en la elaboración del Plan de Desarrollo del Municipio y el Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Cali.

3 Coordinar, con otras dependencias, estudios y acciones sobre la oferta de vivienda de la ciudad y las necesidades según los estratos.

4 Asistir y asesorar al Secretario y a los Subsecretarios en el diseño de planes, programas y proyectos de la Secretaria.

5 Evaluar el desarrollo de los planes, programas y proyectos de la Secretaría y proponer los correctivos necesarios.

6 Mantener una base de datos con los costos de proyectos en ejecución y en programación.

7 Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misión de la Secretaría.


CAPITULO 8
DE LA UNIDAD JURIDICA

ARTICULO TRECIENTOS CINCO : DE LA UNIDAD JURIDICA. Corresponde a esta unidad el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:
.

1 Asistir y asesorar al Secretario y a los demás servidores públicos de la Secretaría, en todos los asuntos jurídicos que tengan que ver con sus competencias.

2 Elaborar o revisar todos los actos, contratos o documentos de carácter jurídico que sean sometidos a su consideración.

3 Revisar y mantener actualizado el inventario de registro de escrituras que constituyen el respaldo hipotecario del Municipio.

4 Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misión de la Secretaría.

CAPITULO 9
UNIDAD FINANCIERA Y RECUPERACION DE CARTERA.

ARTICULO TRESCIENTOS SEIS : DE LA UNIDAD FINANCIERA Y RECUPERACION DE CARTERA. Corresponde a esta unidad el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:

1 Diseñar, en coordinaciòn con el Departamento de Hacienda, Catastro y Tesorerìa, el plan financiero de la Secretaría, teniendo en cuenta las proyecciones de ingresos y las necesidades financieras de la misma.

2 Diseñar, en coordinaciòn con el Departamento Administrativo de Hacienda, Catastro y Tesorerìa, las políticas para el recaudo, control y utilización de los recursos financieros y manejo de la cartera de la Secretaría.

3 Dirigir, coordinar y controlar la ejecución de las actividades relacionadas con el recaudo, control y utilización de los recursos financieros de la Secretaría y con el presupuesto, contabilidad y tesorería; llevar los registros y presentar los informes correspondientes.

4 Preparar y presentar informes sobre la situación financiera de la Secretaría con los análisis de costos correspondientes.

5 Consolidar y presentar el balance general y estados financieros de la Secretaría.

6 Atender el pago oportuno de las obligaciones a cargo de la Secretaría.

7 Preparar el proyecto de Programa Anual de Caja (PAC) de la Secretaría.

8 Mantener los inventarios valorizados de todos los bienes asignados a la Secretaría.

9 Recaudar, custodiar y manejar los recursos y títulos relacionados con las competencias de la Secretaría.

10 Controlar la exactitud de las facturaciones y demás operaciones realizadas y definir los correctivos necesarios.

11 Las demás que le sean asignadas por funcionario competente, y las que sean necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misión de la Secretaría.


CAPITULO 10

FONDO ESPECIAL DE VIVIENDA

ARTICULO TRESCIENTOS SIETE : DEFINICION.- El Fondo Especial de Vivienda es una cuenta de presupuesto, con unidad de caja y personería jurídica, para el manejo de las apropiaciones previstas en la Ley 61 de 1936, y en el artículo 17 de la Ley 03 de 1991, se regirà para todos los efectos legales por lo dispuesto en este Acuerdo.

El Secretario de Vivienda Social tendrá la representación del Fondo y hará las veces de Director del mismo. El Fondo tendrá las funciones previstas en la Ley 03 de 1991.

PARAGRAFO : El Consejo Directivo del Fondo Especial se integrará de conformidad con lo dispuesto en las normas legales vigentes y tendrá carácter asesor.

ARTICULO TRESCIENTOS OCHO : ADMINISTRACION DE LOS EJIDOS. El Municipio de Santiago de Cali administrará directamente los ejidos y demás bienes inmuebles de su propiedad destinados a planes de vivienda.

La administración de los ejidos se hará a través de la Secretaría de Vivienda Social y Renovaciòn Urbana. El Alcalde podrá delegar su representación en el Secretario de Vivienda Social y Renovaciòn Urbana, para el otorgamiento de las escrituras públicas y la regularización de títulos.


ARTICULO TRESCIENTOS NUEVE : LIQUIDACION DE INVICALI.-La liquidaciòn del Instituto Municipal de Reforma Urbana y Vivienda de Cali, INVICALI, que se surpimiò, continuarà siendo realizada por el liquidador que para el efecto designe el Alcalde. Quien ha venido ejerciendo las funciones de Liquidador procederà a entregar el Proceso de Liquidaciòn en el estado en que se encuentre, al Liquidador designado por el Alcalde. El Liquidador deberà terminar la Liquidaciòn en un plazo màximo de ciento veinte ( 120) dìas contados a partir de la fecha de publicaciòn del presente Acuerdo.

PARAGRAFO 1 : Con el fin de dar la mayor agilidad posible al proceso de liquidaciòn, el Liquidador contratarà asesorias especializadas que se encarguen tanto de sustanciar la liquidaciòn como de asesorarlo en el desarrollo y ejecuciòn de la misma.

PARAGRAFO 2 : El Contralor Municipal designarà Auditor para supervisar el proceso de liquidaciòn.

 




CREDITOS