TITULO V

 

SECRETARÍA DE FOMENTO ECONOMICO Y COMPETITIVIDAD


CAPITULO 1

MISION, RESPONSABILIDADES Y ESTRUCTURA


ARTICULO TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES : DEFINICION. La Secretaría de Fomento Económico y Competitividad es una dependencia integrante del Sector Colectivo del Municipio de Cali.

ARTICULO TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO : MISION.- La Secretaría de Fomento Económico y Competitividad del Municipio de Cali tendrá como Misión promover, estimular y apoyar el desarrollo económico, la seguridad alimentaria y la competitividad en el Municipio de Santiago de Cali, facilitando las relaciones Estado - Sector Privado, para lograr el crecimiento acelerado del sector productivo, a fin de alcanzar un mejor nivel de vida de sus habitantes.

ARTICULO TRECIENTOS CINCUENTA Y SEIS :

RESPONSABILIDADES.- Para el cumplimiento de su Misión, la Secretaría tendrá como funciones básicas las siguientes:

1. Ejecutar las políticas, estrategias, líneas de acción, programas, proyectos y demás orientaciones determinadas en el Plan de Desarrollo del Municipio para facilitar, estimular y sostener el desarrollo de la base económica y productiva y la seguridad alimentaria del Municipio en los sectores industrial, comercial , de servicios y agropecuario.

2. Participar en la formulación del Plan de desarrollo del Municipio y en la definición de las políticas sectoriales correspondientes.

3. Identificar y formular los proyectos de inversión requeridos para el fomento económico y de la competitividad.

4. Promover, facilitar y concertar con el sector privado, académico y las organizaciones no gubernamentales, proyectos y programas necesarios para el desarrollo de los sectores industrial, comercial, turístico, agropecuario y alimentario, y proponer los programas de cooperación intersectorial e internacional correspondientes.

5. Desarrollar y mantener actualizado el Sistema de Información de los sectores bajo su responsabilidad, de acuerdo con los requerimientos definidos para el Sistema Unificado de Información Municipal.

6. Las demàs que sean necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz del objetivo de conformidad con la Constituciòn, la Ley y los Acuerdos Municipales.


ARTICULO TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS :

ESTRUCTURA. La Secretaría de Fomento Económico y Competitividad tendrá la siguiente organización:

Despacho del Secretario
- Unidad Jurídica
- Unidad de Planeación y Proyectos de Inversión

- Secretaría General
- División Administrativa
- División de Sistemas y Documentación


Subsecretaría de Seguridad Alimentaria
Subsecretaría de Fomento Industrial
Subsecretaría de Comercio y Turismo

Unidad de Comercio Exterior y Competitividad
Unidad de Ciencia y Tecnología



CAPITULO 2

DESPACHO DEL SECRETARIO


ARTICULO TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE :

RESPONSABILIDADES.- Corresponde al Secretario de Fomento Económico y Competitividad el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:


1. Dirigir la Secretaría a su cargo.

2. Participar en la definición de la política del Gobierno Municipal en materia de seguridad alimentaria, fomento industrial, comercio y turismo.

3. Ordenar el gasto de acuerdo con las delegaciones que le haga el Alcalde.

4. Ejercer el control interno en la Secretaría a su cargo, y evaluar la gestión y resultados de las dependencias y servidores públicos adscritos a su Secretaría.

5. Conocer y fallar en ùnica instancia los procesos disciplinarios, con relación a los servidores públicos de su dependencia, cuando se trate de faltas leves..

6. Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la Misión de la Secretaría.

CAPITULO 3

UNIDAD JURIDICA

ARTICULO TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO : DE LA UNIDAD JURIDICA.- Corresponde a esta Unidad el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:

1. Concertar los criterios jurìdicos bàsicos a aplicar en la Secretarìa.

2. Velar porque toda decisiòn y acto de la Secretarìa este dentro del marco Constitucional y legal.

3. Orientar a las distintas dependencias de la Secretarìa sobre la competencia, deberes, funciones, prohibiciones y procedimientos a los cuales deben adecuar sus actuaciones para asegurar el mejor cumplimiento de las normas y el objetivo general de la dependencia.

4. Asistir y asesorar al Secretario y a los demás servidores públicos de la Secretaría, en todos los asuntos jurídicos que tengan que ver con sus competencias.

5. Elaborar o revisar todos los actos, contratos o documentos de carácter jurídico que sean sometidos a su consideración.

6. Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la Misión de la Secretaría.

CAPITULO 4

ARTICULO TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE :

UNIDAD DE PLANEACION Y PROYECTOS DE INVERSION. Corresponde a esta unidad el cumplimiento de las siguientes responsabilidades.

1. Asistir y asesorar al secretario y a los subsecretarios en la elaboraciòn de los planes y proyectos pertinentes al desarrollo econòmico y a la competitividad del municipio.

2. Administrar el banco de proyectos de la secretarìa

3. Realizar estudios de prospecciòn en relaciòn con la materìa que son competencia de la secretarìa.

4. Definir, en coordinaciòn con las subsecretarias, los planes, programas y proyectos de la secretarìa conforme a las prioridades del Plan de Desarrollo

5. Levantar, elaborar y mantener actualizada la informaciòn estadìstica correspondiente a la actividad econòmica que se desarrolla en el Municipio

6. Las demàs que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz del objeto de la Secretarìa.



CAPITULO 5

SECRETARIA GENERAL


ARTICULO TRESCIENTOS SESENTA :

RESPONSABILIDADES.- Corresponde a la Secretaría General el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:

1. Asistir y asesorar al Secretario en el ejercicio de sus funciones y llevar su representación en los casos en que sea necesario.

2. Asistir y asesorar al Secretario en la Organización y aplicación del control interno y en la evaluación de gestión y resultados de los servidores públicos y dependencias adscritos a la Secretaría.

3. Administrar y coordinar las actividades y los recursos humanos y físicos de la Secretaría.

4. Atender y resolver las quejas que presenten los ciudadanos en relación con la Secretaría.

5. Coordinar las actividades relacionadas con la elaboración del proyecto de presupuesto de la Secretaría y con el control de su ejecución.

6. Elaborar o revisar los actos, contratos y demás documentos que deban someterse a la firma o aprobación del Secretario.

7. Elaborar los actos y ejecutar las gestiones necesarias para el desarrollo de los procesos de contratación relacionados con las competencias de la Secretaría.

8. Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la Misión de la Secretaría.


ARTICULO TRESCIENTOS SESENTA Y UNO :

DE LA DIVISION ADMINISTRATIVA.- Corresponde a esta División el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:

1. Asistir y asesorar al Secretario General en los asuntos administrativos.

2. Planear y gestionar la adquisición de los bienes y servicios que requiera la Secretaría.

3. Organizar y controlar la vigilancia y mantenimiento de los bienes asignados a la Secretaría.

4. Coordinar y controlar lo relacionado con archivo y distribución de documentación.

5. Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la Misión de la Secretaría.


ARTICULO TRESCIENTOS SESENTA Y DOS :

DE LA DIVISION DE SISTEMAS Y DOCUMENTACION.- Corresponde a esta División el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:

1. Asesorar al Secretario y a las dependencias de la Secretaría en los asuntos relacionados con la sistematización y procesamiento y análisis de la información.

2. Organizar y desarrollar las actividades relacionadas con el procesamiento, análisis, archivo y suministro de información que produzca o reciba la Secretaría.

3. Elaborar los estudios para la adquisición de equipos y programas adecuados a las necesidades de la administración municipal.

4. Diseñar las políticas y programas para el adecuado uso de los equipos y de los programas en las diferentes dependencias de la Secretaría y supervisar su cumplimiento.

5. Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la Misión de la Secretaría.


CAPITULO 6

EQUIPOS DE TRABAJO


ARTICULO TRESCIENTOS SESENTA Y TRES :

EQUIPOS DE TRABAJO. Las Subsecretarías de la Secretaría de Fomento Económico y Competitividad estarán integradas por Equipos de Trabajo para programas y proyectos específicos, que podrán ser conformados mediante contratación, y a los cuales se aplicarán los principios de polivalencia e interdisciplinariedad


CAPITULO 7

SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA


ARTICULO TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO :

OBJETO. La Subsecretaría de Seguridad Alimentaria tendrá como objeto básico el de coordinar e impulsar, con el sector público y privado, las políticas, estrategias, planes y programas que aseguren el desarrollo armónico de la estructura del proceso de abastecimiento alimenticio en el municipio; la producción, el acopio, la distribución y la comercialización como elemento fundamental de la calidad de vida de su población.

ARTICULO TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO :

RESPONSABILIDADES. Para el cumplimiento de su objeto, la Subsecretaría tendrá como responsabilidades las siguientes:

1. Elaborar un plan periódico de estímulo a la producción de bienes básicos en la alimentación, con aplicación de desarrollo tecnológico apropiado a las condiciones del Municipio.

2. Definir y apoyar un sistema de acopio y distribución de alimentos; infraestructura, clasificación y ordenamiento.

3. Coordinar y concertar, con el sector privado, políticas de comercialización adecuada de alimentos y control de precios de los productos de primera necesidad, que equilibre la oferta y demanda de los productos.

4. Coordinar y promover con el sector privado de la producción, el acopio, la distribución, la comercialización y la investigación permanente, en el campo del abastecimiento de alimentos que vincule entidades del sector crediticio, para el fortalecimiento de la estructura del proceso de abastecimiento en el Municipio.

5. Elaborar los estudios e indicadores económicos necesarios para la planificación del sector a su cargo y suministrar oportunamente la información para la formulación del Plan de Desarrollo del Municipio.

6. Promover, para la firma del Alcalde, convenios con otros municipios, para el apoyo del proceso de producción y distribución de alimentos.

7. Proponer y desarrollar campañas de educación para los consumidores, en relación con los hábitos alimenticios, y de educación en manejo de alimentos para los distribuidores.

8. Dirigir y coordinar los Equipos de Trabajo de Fomento Agropecuario y de Abastecimiento, Distribución y Precios.

9. Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la Misión de la Secretaría.


ARTICULO TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS :

EQUIPO DE TRABAJO DE FOMENTO AGROPECUARIO. El Equipo de Trabajo de Fomento Agropecuario que podrá ser vinculado por contrato, tiene como objeto básico el de identificar y ejecutar las acciones necesarias para apoyar y fomentar la producción agropecuaria mediante planes y programas específicos.

Para el cumplimiento de su objeto, el equipo tendrá como responsabilidades las siguientes:

1. Promover la producción agropecuaria en las áreas que, de conformidad con el Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio, se destinen a este propósito y coordinar la realización de proyectos conjuntos con otras entidades Públicas y Privadas.

2. Apoyar la capacitación en tecnologías apropiadas en agricultura, actividades pecuarias, conservación de recursos naturales y mantenimiento de áreas de Reserva y Parques Naturales.

3. Identificar y proponer planes de intercambio de productos agrícolas y ganaderos.

4. Elaborar planes periódicos de estímulos a la producción de bienes básicos de alimentación, con aplicación de desarrollo tecnológico agropecuario.

5. Identificar y formular los proyectos de inversión necesarios para el cumplimiento de los objetivos del fomento agropecuario.

6. Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la Misión de la Secretaría.



ARTICULO TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE :

EQUIPO DE TRABAJO DE ABASTECIMIENTO, DISTRIBUCION Y PRECIOS. El Equipo de Trabajo de Abastecimiento, Distribución y Precios tiene como objeto básico concertar y promover planes y programas que conlleven al desarrollo armónico del proceso de abastecimiento, distribución y precios en el Municipio, de tal manera que la oferta y la demanda tiendan al equilibrio.

Para el cumplimiento de su objeto, el Equipo de Abastecimiento, Distribución y Precios tiene como responsabilidades las siguientes:


1. Definir, promover y apoyar un sistema de acopio y distribución de alimentos.

2. Coordinar y concertar con el sector público y privado políticas de comercialización adecuada de alimentos y precios de los productos de primera necesidad, que conlleven al equilibrio de oferta y demanda, teniendo en cuenta la capacidad de pago de la población.

3. Propender por la modernización en el mercadeo de los productos, la implantación de un sistema de distribución y manejo de los alimentos a los diferentes centros de consumo y el fortalecimiento de las medidas de control de calidad, higiene y precios para el Municipio.

4. Elaborar los estudios e indicadores necesarios que permitan ajustar de manera permanente las políticas en materia de abastecimiento y de información general al consumidor.

5. Identificar y formular los proyectos de inversión necesarios para el cumplimiento de los objetivos del sector a su cargo.

6. Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la Misión de la Secretaría.

CAPITULO 8

SUBSECRETARIA DE FOMENTO INDUSTRIAL


ARTICULO TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO :

OBJETO. La Subsecretaría de Fomento Industrial tendrá como objeto básico el de promover, facilitar y concertar proyectos, programas, estrategias, intereses y requerimientos necesarios para el crecimiento y desarrollo del sector industrial, entendido como motor del desarrollo económico y social, generador de empleo digno y productivo.

Para el cumplimiento de su objeto, la Subsecretaría tendrá como responsabilidades las siguientes:

1. Identificar alternativas, estrategias, planes, programas y proyectos de manera continua en cooperación con el sector privado e instituciones públicas para el desarrollo de la industria.

2. Fortalecer el crecimiento industrial mediante la canalización de fondos, flexibilización del crédito y sus procedimientos, en acuerdo con el sector financiero nacional y los mecanismos de cooperación internacional.

3. Incentivar y promover la creación y fortalecimiento de empresas del sector industrial, mediante una política clara de estímulos, regulaciones y efectividad en la gestión de la Administración Municipal de apoyo al sector privado.

4. Revisar y estudiar conjuntamente con las unidades de comercio exterior y competitividad, ciencia y tecnología, estrategias y planes para el desarrollo industrial acelerado mediante la identificación de áreas de apoyo, formación del recurso humano y tecnológico, como también la inducción de valores culturales, morales y actitudes claves.

5. Estimular y promover en concertación con el sector privado el equilibrio de la actividad laboral, el empleo, los ingresos, y la productividad.

6. Elaborar los estudios e indicadores económicos necesarios para la planificación del sector industrial y suministrar oportunamente la información para la formulación del Plan de Desarrollo.

7. Promover, apoyar, y divulgar las políticas del orden nacional e internacional de apoyo al crecimiento y desarrollo del sector industrial.

8. Dirigir y coordinar los Equipos de Trabajo de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Industria y de la Gran Industria.

9. Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la Misión de la Secretaría.


ARTICULO TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE :

EQUIPO DE TRABAJO DE APOYO A LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA . El Equipo de Trabajo de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Industria, que podrá ser vinculado por contrato, tiene como objeto básico el de incentivar, fortalecer y estimular el proceso de desarrollo de las micro, pequeñas y medianas industrias.

Para el cumplimiento de su objeto, el equipo tendrá como responsabilidades las siguientes:

1.Identificar alternativas, estrategias, planes, programas, proyectos, de manera permanente, en coordinación tanto con el sector público como privado y de acuerdo a las políticas de los planes de desarrollo para el crecimiento de la micro, pequeña y mediana industria.

2.Promover la canalización de fondos, flexibilización del crédito y sus procedimientos, en acuerdo con el sector financiero nacional y los mecanismos de cooperación y banca internacional.

3. Identificar y apoyar proyectos productivos de acuerdo a la vocación micro, pequeña y mediana industria en el Municipio.

4. Revisar, evaluar, promover conjuntamente con la División de Fomento y Regularización del comercio, estrategias y programas de comercialización a nivel nacional e internacional de los productos de la micro, pequeña y mediana industria.

5. Promover y apoyar la organización del sector microempresarial, la formalización legal y la organización de la pequeña y mediana industria.

6. Promover y apoyar un sistema de información y divulgación de los productos de la micro, pequeña y mediana empresa

7. Identificar, promover y apoyar planes y programas de desarrollo tecnológico, áreas de apoyo, formación del recurso humano y tecnológico, programas de inducción de valores culturales, morales y de espíritu empresarial.

8. Identificar y formular los proyectos de inversión necesarios para el cumplimiento de los objetivos del sector a su cargo.

9. Estudiar, asesorar y conceptuar sobre la viabilidad técnica y financiera de proyectos propuestos para la micro, pequeña y mediana empresa.

10. Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la Misión de la Secretaría.

ARTICULO TRESCIENTOS SETENTA :

EQUIPO DE TRABAJO DE LA GRAN INDUSTRIA. El Equipo de Trabajo de la Gran Industria, que podrá ser vinculado por contrato, tiene como objeto básico el de estimular y facilitar la creación, crecimiento y desarrollo de la gran industria en el Municipio de Santiago de Cali.

Para el cumplimiento de su objeto, el equipo tendrá como responsabilidades las siguientes:

1. Estimular y promover, en concertación con el sector privado, el desarrollo de los medios de producción.

2. Estudiar e identificar conjuntamente con los otros equipos las estrategias y planes para el desarrollo industrial acelerado.

3. Estimular y promover la comercialización internacional de los productos de la gran industria.

4. Proponer para estudio del Departamento Administrativo de Hacienda, la creación de incentivos fiscales.

5. Identificar en asocio con el sector productivo, la oferta y demanda de empleo calificado y formular el plan de entrenamiento de los distintos sectores laborales.

6. Identificar y formular los proyectos de inversión necesarios para el cumplimiento de los objetivos del sector a su cargo.

7. Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la Misión de la Secretaría.

CAPITULO 9

SUBSECRETARIA DE COMERCIO
Y TURISMO


ARTICULO TRESCIENTOS SETENTA Y UNO :

OBJETO. La Subsecretaría de Comercio y Turismo tendrá como objeto básico el de promover, facilitar y concertar proyectos, programas, estrategias, intereses y requerimientos necesarios para el crecimiento y desarrollo del sector comercial y turístico del Municipio, entendido como componente económico de gran importancia para la generación de empleo e ingresos.

ARTICULO TRESCIENTOS SETENTA Y DOS :

RESPONSABILIDADES. Para el cumplimiento de su objeto el equipo tendrá como responsabilidades las siguientes:

1. Identificar alternativas, estrategias, planes, programas, proyectos, en coordinación con el sector público y privado, para el fortalecimiento y desarrollo del sector comercial, de servicios, financiero y del sector turístico local y regional.

2. Promover y estimular la organización formal del comercio informal, los servicios financieros y los de comunicaciones que lo facilitan y soportan.

3. Promover conjuntamente con el sector público y privado un sistema de información turístico municipal y regional.

4. Promover, en concertación con el sector privado, el equilibrio de la actividad laboral comercial y turística mediante el entrenamiento del recurso humano, el empleo, los ingresos y la productividad.

5. Fomentar, gestionar, diseñar e imprimir material de información turística local y regional para promocionar los atractivos turísticos y de negocios a nivel nacional e internacional.

6. Elaborar los estudios e indicadores económicos necesarios para la planificación del desarrollo del comercio y el turismo y suministrar oportunamente la información para la formulación del Plan de Desarrollo.

7. Apoyar los eventos comerciales y turísticos como mecanismo de impulso a dichos sectores.

8. Dirigir y coordinar los Equipos de Trabajo de Fomento y Regularización del Comercio y de Fomento al Turismo.

9. Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la Misión de la Secretaría.


ARTICULO TRESCIENTOS SETENTA Y TRES :

EQUIPO DE TRABAJO DE FOMENTO Y REGULARIZACION DEL COMERCIO. El Equipo de Trabajo de Fomento y Regularización del Comercio que podrá ser vinculado por contrato, tiene como objeto básico el de estimular, facilitar y regularizar el crecimiento y desarrollo del sector comercial en el Municipio de Santiago de Cali.

Para el cumplimiento de su objeto, el equipo tendrá como responsabilidades las siguientes:

1. Identificar y promover alternativas, estrategias, planes, programas y proyectos de manera permanente, en coordinación con el sector público y privado, para el fortalecimiento del sector comercial y de servicios a nivel local y regional, financieros, educativos, de comunicaciones, etc, a nivel local y regional.

2. Promover y estimular la organización formal del comercio informal, los servicios financieros y los de comunicaciones que lo facilitan y soportan.

3. Promover en concertación con el sector privado el equilibrio de la actividad laboral comercial, mediante el entrenamiento del recurso humano, el empleo, y la productividad.

4. Apoyar los eventos comerciales como mecanismo de impulso al sector.

5. Identificar y formular los proyectos de inversión necesarios para el cumplimiento de los objetivos del sector a su cargo.

6. Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la Misión de la Secretaría.

ARTICULO TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO :

EQUIPO DE TRABAJO DE FOMENTO AL TURISMO. El Equipo de Trabajo de Fomento al Turismo, que podrá ser vinculado por contrato, tiene como objeto básico el de promover, estimular, apoyar el desarrollo del sector turístico del municipio y de la región, en coordinación con las entidades públicas y privadas.

Para el cumplimiento de su objeto, el equipo tendrá como responsabilidades las siguientes:

1. Identificar y promover alternativas, estrategias, planes, programas y proyectos en coordinación con el sector público y privado para el fortalecimiento del sector turístico a nivel local y regional.

2. Promover y estimular la organización del sector turístico en el Municipio.

3. Identificar y apoyar conjuntamente, con el sector público y privado, un sistema de promoción turística municipal y regional.

4. Promover en concertación, con el sector público y privado, el equilibrio de la actividad laboral turística, mediante el entrenamiento del recurso humano, el empleo, los ingresos y la productividad.

5. Apoyar los eventos de las organizaciones de turismo como mecanismo de impulso a dicho sector.

6. Identificar y formular los proyectos de inversión necesarios para el cumplimiento de los objetivos del sector a su cargo.

7. Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la Misión de la Secretaría.


CAPITULO 10

UNIDAD DE CIENCIA Y TECNOLOGIA

ARTICULO TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO :

OBJETO DE LA UNIDAD DE CIENCIA Y TECNOLOGIA.- La Unidad de Ciencia y Tecnología tendrá como objeto básico el de asesorar a la Secretaría para coordinar e impulsar el desarrollo económico del municipio, mediante el estímulo a la innovación, renovación, investigación, desarrollo, aplicación y transferencia del conocimiento científico y tecnológico en asocio con el sector académico, empresarial e instituciones públicas y privadas.

ARTICULO TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS :

RESPONSABILIDADES.-. Corresponde a esta Unidad el cumplimiento de las siguientes responsabilidades:

1. Participar en la definición de las políticas, planes, programas y proyectos del Gobierno Municipal en materia de Ciencia y Tecnología.

2. Promover y facilitar el fortalecimiento de la capacidad científica y tecnológica municipal.

3. Desarrollar un sistema de información para el sector a su cargo integrado con la Red Nacional de Ciencia y Tecnología.

4. Identificar y proponer programas de generación y transferencia de conocimientos para el desarrollo sostenible.

5. Identificar y proponer los planes y programas de capacitación técnica y profesional del recurso humano que sean necesarios de acuerdo con el análisis de la oferta y demanda de empleo calificado para el municipio.

6. Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la Misión de la Secretaría.


CAPITULO 11

UNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR Y COMPETITIVIDAD

ARTICULO TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE :

OBJETO. La Unidad de Comercio Exterior y Competitividad tendrá como objeto básico la participación en el diseño y ejecución de las estrategias que faciliten, estimulen y sostengan el crecimiento del comercio exterior y la competitividad en el municipio, dentro de los lineamientos de la política nacional y local.

ARTICULO TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO :

RESPONSABILIDADES. Para el cumplimiento de su objeto la Unidad tendrá como responsabilidades las siguientes:

1. Proponer y elaborar los estudios necesarios para conocer el estado del desarrollo del comercio exterior y la competitividad del municipio.

2. Identificar y promover recursos, programas y proyectos que faciliten el desarrollo y crecimiento del sector productivo privado y la exportación de sus productos y servicios.

3. Propender por el fortalecimiento del sistema de información y apoyo al comercio exterior.

4. Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de la Misión de la Secretaría.

 

 




CREDITOS