Código Nacional de Policía reglamenta la compra, uso y comercialización de celulares y tarjetas Simcard

Código Nacional de Policía reglamenta la compra, uso y comercialización de celulares y tarjetas Simcard


Si usted acostumbraba a comprar celular sin verificar su procedencia o a adquirir simcards sin matricularlas, a partir del próximo lunes debe cambiar el procedimiento so pena de ser sancionado por el Código Nacional de Policía.

La Ley 1801/16 ya reglamenta el comportamiento frente a estos equipos móviles, cuyo hurto ha causado tantos inconvenientes y pérdidas humanas. Tenga en cuenta que ya no podrá:

Comprar, alquilar o usar celulares con reporte de hurto, extravío o que haya sido reprogramado. Esto le acarrearía a la persona que lo haga una multa de aproximadamente $200 mil pesos y además se destruirá el elemento, así como se ocasiona la suspensión temporal de la actividad.
Si en el almacén se tienen varias tarjetas madres o blackboard, la multa asciende a $390 mil pesos y la destrucción del material, más el cierre del establecimiento.
Si se venden equipos con reporte de hurto o permitir el bodegaje de equipos nuevos o usados que no provengan del mercado legal o que no tengan facturas legales, la multa es de $780 mil y la destrucción de los equipos.

También se multará con $780 mil pesos el que la persona no registre el celular y su número de IMEI al momento de ser importado al país.

El Código también sanciona que se activen líneas telefónicas sin que el usuario haya suministrado a la empresa prestadora los datos biográficos. Las empresas deben verificar la procedencia de los equipos.

Estas multas se aplican para cada uno de los equipos que la incumplan independiente de las investigaciones penales que dichos comportamientos deriven.

Anna María Castro Casas


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Fecha de publicación 23/01/2017
Última modificación 23/01/2017

Versión 7.0.1

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