Nuevos procedimientos para licencias de intervención y ocupación del espacio público
El alcalde de Cali, Rodrigo Guerrero Velasco, estableció este 29 de julio un nuevo procedimiento para otorgar las licencias de intervención y ocupación del espacio público, para la provisión de infraestructura de servicios públicos domiciliarios y de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Mediante el Decreto 0547, el mandatario emitió nuevas disposiciones sobre obligaciones y responsabilidades del beneficiario de la licencia y ejecutor de las obras, aspectos técnicos de la intervención del espacio público y condiciones técnicas de recuperación de las vías y andenes, entre otros.
“Cuando los ciudadanos vayan a instalar redes de servicios públicos (redes de energía, acueducto, alcantarillado, telefonía, entre otros), deberán tener en cuenta lo establecido en este nuevo decreto. Asimismo, se deberán remitir a él quienes requieran intervenciones en el espacio público, rotura de vías, pase de puentes, pases bajo ríos, entre otros similares”, manifestó Francisco Javier Bonilla Hurtado, subdirector de POT y Servicios Públicos.
El Decreto 0547 de 2015 surge como la modificación del Decreto 1231 que estaba vigente desde el año 2011.
“Hemos ajustado el Decreto a la normativa nacional actual, al Decreto 1077 de 2015, única norma reglamentaria para el sector de vivienda, ciudad y territorio, y se eliminaron las pólizas de cumplimiento y responsabilidad a favor de terceros, las cuales serán ahora exigidas durante el trámite que se haga ante la Secretaría de Infraestructura y Valorización para la rotura de vías”, indicó el ingeniero Bonilla Hurtado.
El funcionario recalcó que “solo vamos a exigir los requisitos que están en el Decreto 0547, pues estamos estableciendo ahí el procedimiento en el cual Planeación Municipal, durante los 45 días siguientes a la solicitud de la radicación, como lo dice la ley, expedirá la licencia de intervención”.
Los interesados en intervenir el espacio público deberán acogerse a los requisitos establecidos en el Decreto 0547 de 2015, publicado en el Boletín Oficial N° 117, el 29 de julio del presente año.
Daniela Manrique, Comunicaciones Departamento Administrativo de Planeación Municipal
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Decreto 547 de 2015
Fecha de publicación 31/07/2015
Última modificación 03/08/2015