Ministerio de Cultura es el ente competente en las decisiones tomadas en la Plaza de Toros

Ministerio de Cultura es el ente competente en las decisiones tomadas en la Plaza de Toros


El Departamento Administrativo de Planeación Municipal, en cabeza del director Jorge Iván Zapata López, aclaró hoy durante la sesión plenaria del Concejo de Cali, que las decisiones tomadas en el predio de la Plaza de Toros de Cañaveralejo son exclusivas del Ministerio de Cultura, dado que esta edificación es un Bien de Interés Cultural (BIC) nacional o patrimonio nacional. 

La declaratoria de monumento nacional a la Plaza de Toros de Cali se dio mediante Decreto Nacional 1802 del 19 de octubre de 1995. Para estos bienes existe un plan especial de manejo y protección, determinado por el Consejo Nacional de Patrimonio Cultural, que incluye los usos de suelo de la propiedad. 

Las normas nacionales de los BIC, de conformidad con la Ley 388 de 1997, indican que la preservación, conservación y uso de las áreas e inmuebles de interés cultural constituyen normas de superior jerarquía a los Planes de Ordenamiento Territorial de municipios y distritos. 

De esta forma, fue el Ministerio de Cultura el que estableció cambios en el uso de suelo, mediante Resolución 1904 del 2 de julio de 2015. Con ello se permite los usos dotacional, comercio y servicios. 

Zapata López aclaró que el Departamento Administrativo de Planeación Municipal no hace parte del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural. En él están el ministro de Cultura o su delegado, el ministro de Comercio o su delegado, el ministro de Ambiente o su delegado, el decano de la Facultad de Artes de la Universidad Nacional de Colombia o su delegado, el presidente de la Academia Colombiana de Historia o su delegado, el presidente de la Academia Colombiana de la Lengua o su delegado, el presidente de la Sociedad Colombiana de Arquitectos o su delegado.

También un representante de las universidades que tengan departamentos encargados del estudio del patrimonio cultural, tres expertos distinguidos en el ámbito de la salvaguardia o conservación del patrimonio cultural designados por el ministro de Cultura, el director del Instituto Colombiano de Antropología e Historia o su delegado, el director del Instituto Caro y Cuervo o su delegado, el director de Patrimonio del Ministerio de Cultura y el director del Archivo General de la Nación o su delegado. 

Con respecto a la altura, el predio se dividió en tres zonas: 

A. Con la altura actual del bien de interés cultural. 

B. 11,6 metros (hasta tres pisos). 

C. De varios valores que llega hasta 23,6 metros (hasta cuatro pisos). 

Por su parte, la directora del Dagma, Claudia Buitrago, explicó que el trámite ambiental llega al final del proceso del trámite en la curaduría urbana. Relacionado con el Dagma, se indicó que se intervendrán árboles así:

183 erradicaciones porque 16 individuos están muertos en pie, 136 están en grave y regular estado con hongos y bacterias, 

15 tienen conflicto por ser leucaena y ficus y 16 no son aptos para traslado por la altura y diámetro del tronco. 

Se autorizaron 50 traslados por estar en buen estado y se propuso que se haga en corredores del río Cañaveralejo y la zona verde del Coliseo del Pueblo. Y se realizarían 4 podas. 

 


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Fecha de publicación 04/07/2018
Última modificación 04/07/2018

Versión 7.0.1

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