Comunicado sobre apertura de cargos a funcionarias de la Alcaldía en caso de La Sagrada Familia

Comunicado sobre apertura de cargos a funcionarias de la Alcaldía en caso de La Sagrada Familia


La Alcaldía de Santiago de Cali se permite precisar lo siguiente, frente a la información difundida por el abogado Hernando Morales Plaza en la red social Facebook, relativa a la investigación que la Personería Municipal de Santiago de Cali adelanta sobre el caso de La Sagrada Familia:

1. La información que está circulando desde las redes sociales del abogado, quien es el apoderado judicial de Jero SAS, no es veraz y no hace parte de un pronunciamiento oficial emitido por la Personería Municipal, según se puede constatar por los canales oficiales del órgano de control.

2. Es una de las funciones de la Personería de Santiago de Cali adelantar procesos disciplinarios a los funcionarios del Municipio en razón a quejas o denuncias que puede hacer libremente la ciudadanía. Por lo que, una apertura de cargos no es un fallo definitivo, es solo un trámite que se adelanta en el inicio de un proceso. Las funcionarias María de las Mercedes Romero Agudelo, Luz Adriana Betancourt y Elena Londoño fueron citadas a audiencia verbal el próximo 4 de abril. Esta es la primera vez que expondrán el caso al órgano de control. Dicho proceso tiene una serie de etapas y esta es apenas el inicio. Es función de las autoridades garantizar el debido proceso a todas las partes y teniendo todas las garantías de ley para las personas investigadas. Por lo tanto, no se puede entender que con la apertura de la investigación ya se está juzgando y calificando la conducta de las funcionarias. Cabe destacar que la investigación en cuestión es el resultado de una denuncia presentada por el abogado Hernando Morales en contra de las servidoras investigadas.

3. Las decisiones tomadas por las funcionarias María de las Mercedes Romero Agudelo, exdirectora de Planeación Municipal; Luz Adriana Betancourt, secretaria de Cultura Municipal y Elena Londoño, subdirectora de Espacio Público y Ordenamiento Urbanístico, están totalmente soportadas en las normas nacionales del Bien de Interés Cultural (BIC) y tienen como única finalidad proteger el patrimonio cultural de los caleños.

4. Hasta la fecha, todas las decisiones tomadas por la Alcaldía se han ajustado a derecho y por ello han sido respaldadas por los jueces de la República, porque se ajustan al marco normativo nacional y local. Cabe señalar que en nueve sentencias de primera y segunda instancia de tutela, los jueces de la República le han negado las pretensiones del abogado Morales, apoderado judicial de La Sagrada Familia, desestimando supuestas violaciones al debido proceso, violación a la defensa, a la propiedad privada y a la libertad de empresa. Igualmente le fue negada (en primera y segunda instancia) una acción de cumplimiento con la que pretendía que la Administración Municipal modificara la licencia de construcción.

5.  Dichas decisiones se tomaron cumpliendo con los términos de ley y permitiendo en todo momento que el promotor del proyecto pudiera hacer uso de los mecanismos que da la norma en todas las instancias. Cabe recordar que la Sociedad Jero SAS solicitó la modificación de la licencia de construcción, la cual fue resuelta en primera instancia mediante la Resolución No. 006 de Enero 31 de 2017 y luego ratificadas en las resoluciones 101 de Abril 20 de 2017, 192 de Junio 9 de 2017 y 064 de Septiembre 1 de 2017. Las diferentes resoluciones dejan ver que el promotor hizo uso de los recursos a los que tiene derecho y que estos fueron contestados oportunamente.

6. La Administración Municipal aclara que el promotor Jero SAS puede adelantar las obras de construcción que tiene autorizadas en la licencia de construcción CU1-0088. La suspensión realizada es parcial y aplica exclusivamente para las construcciones que no están aprobadas en la citada licencia.

 


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Fecha de publicación 21/03/2018
Última modificación 22/03/2018

Versión 7.0.1

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