Política Integral de Libertad Religiosa y de Cultos para el Municipio de Santiago de Cali
¿Con que contamos?
- Constitución Política de 1991, Artículos 18 y 19.
- Convención Americana sobre los derechos Humanos, aprobada por la Ley 16 de 1972, articulo 12.
- Ley 133 de 1994 (Ley estatutaria de Libertad Religiosa)
- Decreto 354 de 1998 (aprobó un convenio de derecho público interno entre el Estado Colombiano y algunas Iglesias Cristianas no Católicas
- Política Integral de Libertad de Religiosa y de Cultos del orden Nacional ( Se aprueba mediante Decreto 437 de 2018).
- Política Pública de Libertad Religiosa, de cultos y conciencia del Valle del Cauca (Ordenanza 469 de 29 noviembre de 2017)
- Decreto 437 de 2018 a través del cual se aprueba la Ley
¿Hacia dónde vamos?
Adopción de las políticas Nacional y Departamental.
Formular la Política Municipal
¿Que hace falta?
Incluir la particularidad para la Política Municipal de Cali
¿Como puedo aportar a la política Integral de Libertad Religiosa y de Cultos del Municipio de Santiago de Cali?
Uno de los espacios de participación que hemos habilitado para recoger los aportes de las organizaciones de fe y sus integrantes es este foro, antes de participar revisa la política de privacidad de la información aqui.
Foro no existe o se encuentra Inactivo
Número de visitas a esta página 2496
Fecha de publicación 20/06/2018
Última modificación 26/07/2018
Fecha de publicación 20/06/2018
Última modificación 26/07/2018