Política Integral de Libertad Religiosa y de Cultos para el Municipio de Santiago de Cali


Mesa de trabajo con Organismos religiosos

¿Con que contamos?

  1. Constitución Política de 1991, Artículos 18 y 19.
  2. Convención Americana sobre los derechos Humanos, aprobada por la Ley 16 de 1972, articulo 12.
  3. Ley 133 de 1994 (Ley estatutaria de Libertad Religiosa)
  4. Decreto 354 de 1998 (aprobó un convenio de derecho público interno entre el Estado Colombiano y algunas Iglesias Cristianas no Católicas
  5. Política Integral de Libertad de Religiosa y de Cultos del orden Nacional ( Se aprueba mediante Decreto 437 de 2018).
  6. Política Pública de Libertad Religiosa, de cultos y conciencia del Valle del Cauca (Ordenanza 469 de 29 noviembre de 2017)
  7. Decreto 437 de 2018 a través del cual se aprueba la Ley

¿Hacia dónde vamos?

Adopción de las políticas Nacional y Departamental.

Formular la Política Municipal

¿Que hace falta?

Incluir la particularidad para la Política Municipal de Cali

¿Como puedo aportar a la política Integral de Libertad Religiosa y de Cultos del Municipio de Santiago de Cali?

Uno de los espacios de participación que hemos habilitado para recoger los aportes de las organizaciones de fe y sus integrantes es este foro, antes de participar revisa la política de privacidad de la información aqui.

Foro no existe o se encuentra Inactivo


Número de visitas a esta página 2496
Fecha de publicación 20/06/2018
Última modificación 26/07/2018

Versión 7.0.1

Powered by Nexura