Fundación no podrá instaurar nueva acción de cumplimiento contra el Municipio

Fundación no podrá instaurar nueva acción de cumplimiento contra el Municipio

El Juzgado Primero Administrativo Oral de Cali advirtió al representante legal de la Fundación Biodiversidad que no podrá instaurar una nueva Acción de Cumplimiento contra el Municipio de Santiago de Cali, para que la entidad territorial ceda a título gratuito el bien fiscal La Fortuna.

El representante legal de la Fundación Biodiversidad instauró Acción de Cumplimiento en contra del Municipio de Santiago de Cali, para que la entidad de cumplimiento al artículo 1 del Acuerdo Municipal 0336 de diciembre de 2012.

Este artículo autoriza al Alcalde de Santiago de Cali para que “ceda a título gratuito mediante Resolución Administrativa de transferencia de dominio, los inmuebles de propiedad del Municipio de Santiago de Cali, que sean bienes fiscales y que hayan sido ocupados ilegalmente para vivienda de interés social, siempre y cuando la ocupación ilegal haya ocurrido con anterioridad al treinta (30) de noviembre de 2001”.

En la defensa el Municipio indicó que el proyecto La Fortuna no es una ocupación ilegal, sino que se trata de un programa de vivienda de interés social del Fondo Especial de Vivienda,  cuenta con licencia de construcción y urbanización expedida por la Curaduría Urbana tres de Cali y además, fue adquirido mediante escritura pública No. 2673 del 18 de Agosto de 2004.

El Juzgado Primero analizó el caso y concluyó que la autorización dada al Alcalde en el Acuerdo 0336 es general y no hace mención taxativa o precisa de los inmuebles objeto de la cesión gratuita. Tampoco existe un deber claro, expreso y exigible.

En conclusión,  el inmueble sobre el cual la Fundación Biodiversidad pretende la cesión gratuita es improcedente porque lesionaría a las personas que ya adquirieron su vivienda en el proyecto habitacional La Fortuna, del cual están pendientes por escriturar 53 viviendas, a la espera de que los compradores se postulen para la asignación del subsidio familiar de vivienda, que otorga el Gobierno Nacional.

Además de negar las pretensiones, advierte el Juzgado Primero Administrativo Oral de Cali, en Sentencia 2014-00247 de 21 de Agosto de 2014, que el representante legal de la Fundación Biodiversidad no podrá instaurar una nueva Acción de Cumplimiento con la misma finalidad.

Claudia.salas@cali.gov.co
 


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Fecha de publicación 28/08/2014
Última modificación 28/08/2014

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