Sanciones a jurados que no asistan a las elecciones

Sanciones a jurados que no asistan a las elecciones

Para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el 30 de octubre en todo el territorio nacional, la Registraduría convocó a 615.085 ciudadanos entre los 18 y los 60 años de edad para prestar su servicio como jurados de votación.

Los jurados que no asistan a prestar su servicio serán sancionados con multas equivalentes a 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes, es decir $5.150.000, o la destitución del cargo si son funcionarios públicos.

La Registraduría Nacional adelanta gestiones a través de la Coordinación de Cobros Coactivos de la Oficina Jurídica, en contra de 33.831 jurados que dejaron de prestar su servicio, sin justa causa, durante las elecciones 2010.

En lo que va corrido de 2011 la Registraduría ha recaudado por concepto de procesos en contra de jurados de votación un total de $142.426.628 ya que según el Artículo 105 del Código Electoral “el cargo de jurado de votación es un deber legal de forzosa aceptación”.

La Registraduría Nacional del Estado Civil conoce únicamente de las sanciones a los ciudadanos particulares que no prestaron su servicio de jurados, ya que los servidores públicos que no asistieron a cumplir su función como jurados el día de la elección son sujetos a proceso disciplinario en su respectiva Entidad y pueden ser sancionados con la destitución de su cargo.

Las causales de exoneración para prestar el servicio de jurados son taxativas y están contempladas en el artículo 108 del Código Electoral y son:

#61656; Grave enfermedad del Jurado o su conyugue, padre, madre o hijo
#61656; Muerte del Jurado o de su conyugue, padre, madre o hijo ocurrida
el día de las elecciones o dentro de los tres días anteriores de la misma
#61656; No ser residente del lugar donde fue asignado
#61656; Ser menor de 18 años
#61656; Haberse inscrito y votar en otro municipio

El incumplimiento de las obligaciones le puede acarrear a los ciudadanos designados, sanciones de hasta 20 años de inhabilidad para ejercer cargos públicos tanto a los servidores del Estado como a los particulares que al ser jurados asumen funciones públicas transitorias.
Claudia Salas


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Fecha de publicación 07/10/2011
Última modificación 07/10/2011

Versión 7.0.1

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