..

Eventos

Eventos
Mayo
L M Mi J V S D
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031
Redes sociales

  • Inicio
  • Funciones y Responsabilidades

Funciones y Responsabilidades

Información asociada

Con base en el Decreto Extraordinario No 0203 de 2001 expedido por el Alcalde de Cali, por el cual se compilan el Acuerdo 70 de 2000 y el Acuerdo 01 de 1996, que enmarcan la estructura organica y funcional del Municipio, se establecen las siguientes responsabilidades y obligaciones a cumplir por parte de la Secretaría de Deporte y Recreación:

  • Formular las políticas en materia de deporte, recreación, educación física y aprovechamiento del tiempo libre, en el municipio de Santiago de Cali, conforme a la Ley 181 de 1995 y el Sistema Nacional del Deporte.

  •  

  • Programar la distribución de los recursos destinados al deporte, la recreación, la educación física y el aprovechamiento del tiempo libre en el Municipio de Santiago de Cali.

  •  

  • Promover y fomentar la popularización del deporte en todas sus manifestaciones en el territorio municipal.

  •  

  • Fomentar, proteger, apoyar y regular la asociación deportiva en todas sus manifestaciones.

     

  • Brindar al Municipio de Santiago de Cali y a sus habitantes, las infraestructuras deportivas y recreativas adecuadas y la dotación de las mismas a través de proyectos de cofinanciación.

  •  

  • Diseñar, conjuntamente con la Secretaría de Educación, programas tales como centros de educación física, centros de iniciación y formación deportiva, festivales recreativos, escolares y juegos intercolegiados, para lo cual concurrirían financieramente las dos Secretarías conforme al Art. 14 de la Ley 181 de 1995. (Acuerdo 01/96, Art. 340)

  • Definir los proyectos, planes y programas, conforme las prioridades del Plan de Desarrollo.

  •  

  • Estudiar, evaluar y ejecutar los proyectos de mantenimiento y adecuación de los escenarios deportivos y recreativos, conforme el Plan de Desarrollo del Municipio. (Acuerdo 70/00, Art. 15; Acuerdo 01/96, Art. 345)

  •  

  • Fomentar la popularización deportiva y la participación comunitaria en las actividades de deporte y educación física.

  •  

  • Diseñar los planes de capacitación deportiva para dirigentes, jueces, entrenadores, profesores de educación física, líderes comunitarios, deportistas, periodistas y demás talento humano relacionado con el deporte y la educación física.

  •  

  • Fomentar, apoyar, asesorar, coordinar y regular las organizaciones deportivas del nivel municipal, tales como clubes y comités para el cumplimiento de su Misión.

  •  

  • Formular las políticas, planes, programas y proyectos que en materia de recreación deben contener el Plan de Inversiones, el Plan de Desarrollo del Municipio y el Plan Local del Deporte, la Recreación y el Aprovechamiento del tiempo libre.

  •  

  • Dirigir, orientar y coordinar el desarrollo de la educación física extraescolar como factor social, y determinar las políticas, planes, programas y estrategias para su desarrollo con fines de salud, bienestar y condición física para la comunidad. (Acuerdo 01/96, Art. 350)

 

Número de visitas a esta página: 10974
Fecha de publicación: 16/02/2010
Última modificación: 12/07/2010

Compartir esta publicación...


Acerca de este Portal Nexura