Ya se puede realizar solicitud de exención del Impuesto Predial Unificado
Quienes sean beneficiarios de la exención del Impuesto Predial Unificado pueden ingresar a la página web www.cali.gov.co y consultar la información necesaria para presentar la solicitud, a través del link de trámites y servicios.
De acuerdo con Sandra Patricia Parra, coordinadora de la Oficina de Atención al Ciudadano, adscrita a la Secretaría General de la Alcaldía de Cali, “el formulario debe ser diligenciado en su totalidad, para ser radicado en la Ventanilla Única del CAM, en el sótano 1, o en los puntos de atención habilitados en los CALI 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 21 donde será direccionado al Departamento Administrativo de Hacienda Municipal”.
Para mayor agilidad, agregó la funcionaria, la persona puede dar autorización para ser notificado y recibirá un mensaje en su correo electrónico con la respuesta a su solicitud.
Los predios excluidos del impuesto predial se encuentran estipulados en los acuerdos 0373 de 2014 y 0232 de 2007. Entre ellos se encuentran los inmuebles de propiedad de entidades culturales; Juntas de Acción Comunal, asociaciones sindicales de trabajadores y de pensionados; Defensa Civil, Cuerpo de Bomberos y la Cruz Roja, entre otros.
Finalmente, la Coordinadora de la Oficina de Atención al Ciudadano indicó que a través del enlace: http://www.cali.gov.co/loader.php?lServicio=Tramites se pueden consultar los diferentes trámites y servicios que ofrece la Alcaldía de Cali, con el fin de reducir tiempos de atención a usuarios y costos de desplazamiento.
Los ciudadanos también podrán recibir asesoría, a través del sistema de chat asistido http://www.cali.gov.co/aplicaciones/webim/client.php?locale=sp&group=1, o llamando a la línea 195 o 018000222195
Margarita Cardona, Comunicaciones Alcaldía
Fecha de publicación 12/04/2016
Última modificación 12/04/2016