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Qué son los Jueces de Paz

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Los Jueces de Paz y de Reconsideración, son ciudadanos elegidos popularmente que impartirán justicia, resolviendo conflictos individuales o comunitarios en forma pacífica, conciliadora y conforme a los usos y costumbres propios de cada comunidad, siempre que versen sobre asuntos que la ley contemple como conciliables; que no necesiten trámites o formalismos especiales, y que no comprometan pretensiones o intereses económicos superiores al monto de cien salarios mínimos legales mensuales vigentes.
 
Es otro logro que brinda la democracia participativa, al permitir la intervención del ciudadano en el cumplimiento de funciones del Estado, como lo es, en este caso, la judicial. Se pretende que las comunidades alcancen justicia a través de los Jueces de Paz y de Reconsideración. No son funcionarios públicos o  empleados del Estado, sino particulares a los que la Constitución y la Ley les han investido para cumplir este servicio y cuyos fallos serán en EQUIDAD con el mismo valor y fuerza que tienen las sentencias que dictan los Jueces de la Republica.
 
Para su elección, son postulados como candidatos y candidatas ante la Personería Municipal, por organizaciones comunitarias con personería jurídica (ONG’s) o grupos organizados de vecinos inscritos (Juntas de Acción Comunal – JAC y Juntas Administradoras Locales - JAL) en la respectiva comuna.
 
Quien ejerce como Juez de Paz debe tener una clara vocación de servicio, pues su labor es voluntaria y lo motiva el interés de ayudar a sus vecinos para que resuelvan sus conflictos de manera pacífica y constructiva.

 

 

 

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Fecha de publicación: 02/08/2012
Última modificación: 24/08/2012

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