Esta semana vencen los plazos para el pago del impuesto de industria y comercio

Esta semana vencen los plazos para  el pago del impuesto de industria y comercio


Dependiendo del último dígito del NIT se empezaron a vencer los plazos para la presentación y pago del impuesto de industria y comercio y su complementario de avisos y tableros.

El 22 de abril el compromiso era para los dígitos terminados en 1 y 2; el martes 23 de abril para los dígitos terminados en 3 y 4; el miércoles 24 de abril el vencimiento es para el 5 y 6; dígitos 7 y 8 para el jueves 25 de abril y el viernes la obligación la tienen los contribuyentes cuyo NIT concluya en 9 y 0.

Para la presentación y pago del impuesto ICA está la red bancaria autorizada: banco de Bogotá, Davivienda, Itaú, BBVA, GNB sudameris, Bancoomeva, bancos de Occidente, AvVillas y Popular.

Si el contribuyente se encuentra fuera de Cali podrá presentar y pagar su liquidación en los bancos Davivienda y Bogotá.

PASO A PASO DECLARACIÓN DE ICA

  • Ingrese a www.cali.gov.co,  de clic en el botón Impuestos  y seleccione la opción formularios y obligaciones tributarias
  • En la columna descargables elija la opción Autodeclaraciones Electrónicas, y de clic en aceptar y continuar.
  • Regístrese creando una cuenta de usuario e ingrese al sistema con el número de identificación y clave registrada.
  • Elija la declaración requerida y de clic en dirigirse al tramite
  • Lea la información suministrada y elija aceptar y continuar.
  • Registre el NIT o Cédula del contribuyente o agente retenedor a quien se le va a elaborar la declaración, y seleccione nuevo formulario.
  • Diligencie la declaración tributaria correspondiente, la cual se generará en formato PDF. Imprima tres (3) ejemplares (Use únicamente impresora láser para que el código de barras sea leído por las entidades financieras). Recuerde que la Declaración debe ser firmada por el declarante o representante legal / contador /revisor fiscal, cuando la norma lo requiera.
  • Presente la declaración en los bancos autorizados, el cajero deberá timbrar todos los ejemplares y entregar una copia al contribuyente.

Anna María Castro Casas

 


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Fecha de publicación 23/04/2019
Última modificación 23/04/2019

Versión 7.0.1

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