Objetivos y Funciones


QUE HACEMOS COMO SECRETARIA DE GOBIERNO


La Secretaría de Gobierno, Convivencia y Seguridad tiene como objetivo garantizar la convivencia pacífica y la seguridad ciudadana en el Municipio de Cali, mediante la formulación y ejecución de planes, programas, proyectos y acciones en relación con seguridad, orden público, protección del espacio público, protección al consumidor, resolución pacífica de conflictos, prevención y atención de desastres, la supervisión y control del desarrollo urbano ejercicio de las facultades y atribuciones de policía, prevención, educación y protección a la familia y apoyo a los organismos de seguridad y justicia. (Ac. 01/96, Art. 317, Ac. 70/00, Art. 2)


COREESPONDE AL SECRETARIO DE GOBIERNO, CONVIVENCIA Y SEGURIDAD EL CUMPLIMIENTO DE LAS         SIUGUIENTES RESPONSABILIDADES



1. Dirigir la Secretaría a su cargo.
2. Participar en la definición de la política del Gobierno Municipal en materia de
Convivencia y Seguridad.
3. Ordenar el gasto de acuerdo con las delegaciones que le haga el Alcalde.
4. Ejercer el control interno en la Secretaría a su cargo, y evaluar la gestión y
resultados de las Dependencias y servidores públicos adscritos a su Secretaría.
5. Conocer y fallar en única instancia los procesos disciplinarios, con relación a los
servidores públicos de Su dependencia, cuando se trate de faltas leves.
6. Sustanciar los asuntos que en segunda instancia le corresponda decidir por
competencia.
7. Representar legalmente al Fondo Municipal para la Recuperación del Espacio   Público
8. Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento
eficiente y eficaz de la Misión De la Secretaría. (Ac. 01/96, Art. 320 y 321.4)



CORRESPONDE A ESTA SECRETARIA EL CUMPLIMIENTO DE LAS SIGUIENTES     RESPONSABILIDADES



1. Proponer, coordinar y fomentar acciones encaminadas al mantenimiento del orden público en
la ciudad y su zona rural.
2. Proponer y ejecutar políticas de protección ciudadana.
3. Diseñar y ejecutar programas de convivencia democrática y de prevención de hechos punibles.
4. Rescatar y mantener la disciplina social aplicando las normas policivas que sean de su
competencia en materia de seguridad de acuerdo con la Constitución y las normas vigentes.
5. Velar por la protección del espacio público y hacer cumplir las disposiciones legales vigentes al respecto.
6. Ejercer las competencias de carácter policivo a través de las Inspecciones de Policía Urbanas,
Comisarías de Familia y Corregidores de conformidad con las normas legales vigentes.
7. Coordinar, programar y ejecutar las políticas y campañas de la Administración Municipal
referentes a ventas ambulantes y estacionarias, velar por el cumplimiento de las disposiciones vigentes y
aplicar las sanciones respectivas cuando se violen tales normas.
8. Recibir y tramitar las comisiones provenientes de juzgados y otros despachos públicos.
9. Cumplir los trámites y acciones necesarios para velar por el cumplimiento de las normas de
policía vigentes sobre protección al consumidor, control de calidad, precios, pesas y medidas
10. Efectuar el control policivo en los establecimientos públicos, así como en las rifas, juegos y
espectáculos que se hagan en la ciudad. (Ac. 01/96, Art. 318)
11. Formular la política y ejecutar los planes, programas y proyectos necesarios para la prevención y atención de desastres.
12. Proponer los sistemas de comunicación integrados, necesarios para el desarrollo de la
política de prevención y atención de desastres que se adopte.
13. Elaborar y desarrollar los planes y programas que permitan el cuidado, el progreso y la
defensa de la vida frente a los riesgos ocasionados por acción del hombre o de la naturaleza.
14. Promover y difundir todas las actividades tendientes a crear y mantener una cultura de
prevención de desastres, mediante el diseño de políticas educativas y de capacitación a la comunidad.
15. Elaborar y mantener actualizado el mapa de riesgos del Municipio en concurrencia con el
Departamento Administrativo de Planeación Municipal y las autoridades ambientales.
16. Diseñar los planes y programas necesarios para llevar a cabo una eficiente labor de
coordinación, interrelación e integración con las instituciones públicas y privadas existentes en el área y que
sean afines con sus objetivos.
17. Prestar el servicio de atención de desastres que permita responder adecuadamente a la
emergencia o desastres que se presenten en el Municipio de Santiago de Cali y en donde eventualmente el
Señor Alcalde lo disponga.
18. Impulsar la formación de los Subcomités Locales para la Atención de Emergencias en todo el Municipio.
19. Coordinar y garantizar la oportuna y eficiente participación administrativa y operacional de
las instituciones nacionales, departamentales y municipales de carácter gubernamental y no
gubernamental, que hacen parte de los planes de contingencia en la prevención y atención de
desastres.
20. Gestionar con las entidades internacionales, nacionales y regionales, de carácter público y
privado, los recursos económicos y logísticos necesarios para el cumplimiento de sus objetivos. ( Acuerdo
56/99, Art. 3 y Ac. 70/00, Art. 2)
21. Coordinar, la elaboración de estudios y análisis de vulnerabilidad, amenazas y planes de contingencia.
22. Diseñar campañas que permitan disminuir y prevenir los riesgos de calamidades y siniestros.
23. Diseñar y ejecutar programas de capacitación no formal en la prevención y atención de
desastres para la comunidad en general, los estudiantes y los funcionarios públicos.
24. Elaborar y evaluar periódicamente el Plan de Acción Municipal para la Prevención y Atención de Desastres.
25. Diseñar un sistema de información ciudadana y de alertas en el Municipio.
26. Realizar estudios permanentes que determinen las áreas de amenaza en las cuales se
presentan y puedan presentarse emergencias. ( Acuerdo 56/99, Art. 6 y Ac. 70/00, Art. 2)
27. Determinar los insumos y elementos necesarios para la atención primaria de las situaciones
de desastre y solicitarlos  a los organismos competentes.
28. Elaborar y mantener actualizado un censo de recursos humanos y técnicos disponibles en el
municipio para la atención de emergencias.
29. Diseñar un sistema de participación de las diferentes instituciones
30. Diseñar y operar un sistema de comunicaciones permanente y eficiente para la atención de Emergencias,
31. Suministrar las informaciones a que haya lugar de conformidad con las disposiciones que regulen la materia. (Ac.56/99, art.7 y Ac.70/00, art.2)
32. Concertar los criterios jurídicos básicos a aplicar en la Secretaría.
33. Velar porque toda decisión y acto de la Secretaría este dentro del marco Constitucional y legal.
34. Orientar a las distintas dependencias de la Secretaría sobre la competencia, deberes, funciones, prohibiciones y procedimientos a los cuales deben adecuar sus actuaciones para asegurar el mejor cumplimiento de las normas y el objetivo general de la dependencia
35. Elaborar y revisar todos los actos, contratos o documentos de carácter jurídico de la
Secretaría. (Ac.01/96, Art. 321)
36. Prestar asesoría a los Subsecretarios en la elaboración de proyectos de inversión, que en materia de seguridad y convivencia ciudadana se requieran.
37. Elaborar estudios de proyectos de inversión que garanticen mayor eficiencia en el ejercicio
de las competencias de la Secretaría.
38. Coordinar con las distintas dependencias de la Secretaría, las acciones a seguir en las
actualización de registros y estadísticas para la elaboración de estudios de seguridad y convivencia ciudadana.
39. Generar y revisar permanentemente índices de gestión de las actividades de la Secretaría.
40. Mantener actualizado el inventario de bienes inmuebles a cargo de esta Secretaría, y revisar
de forma permanente el estado físico de dichos bienes, con el fin de que se coordine lo necesario para su
construcciòn, mantenimiento y conservación
41. Administrar el Banco de Proyectos de la Secretaría.
42. Evaluar, en coordinación con las distintas dependencias al interior de la Secretaría, los
proyectos que se están ejecutando, con el fin fortalecerlos, modificarlos o suspenderlos, si los resultados no
son los esperados. (Ac.01/96, Art. 322)
43. Ejercer el control interno y evaluar la gestión y resultados de los servidores públicos adscritos a la Secretaría.
44. Administrar y coordinar las actividades y los recursos humanos y físicos de la Secretaría.
45. Atender y resolver las quejas que presenten los ciudadanos en relación con la Secretaría.
46. Coordinar las actividades relacionadas con la elaboración del proyecto de presupuesto de la Secretaría y con el control de su ejecución.
47. Elaborar los actos y ejecutar las gestiones necesarias para el desarrollo de los procesos de contratación relacionados con las competencias de la Secretaría.(Ac. 01/96, Art. 323)
48. Planear y gestionar la adquisición de los bienes y servicios que requiera la Secretaría.
49. Organizar y controlar la vigilancia y mantenimiento de los bienes asignados a la Secretaría.
50. Coordinar y controlar lo relacionado con archivo y distribución de documentación.(Ac. 01/96, Art. 324)
51. Organizar y desarrollar las actividades relacionadas con el procesamiento, análisis, archivo y suministrode información que produzca o reciba la Secretaría.
52. Elaborar los estudios para la adquisición de equipos y programas adecuados a las necesidades de la Secretaría.
53. Diseñar las políticas y programas para el adecuado uso de los equipos y de los programas
en las diferentes dependencias de la Secretaría y supervisar su cumplimiento. (Ac.01/96, Art. 325)
54. Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz de
los objetivos de la Secretaría de conformidad con la Constitución, la ley y los Acuerdos.


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Fecha de publicación 24/06/2010
Última modificación 24/06/2010

Versión 7.0.1

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