Inspecciones de Policia Urbana Categoria I (SUPERIORES)
La Secretaría de gobierno Convivencia y Seguridad, a través de las Inspecciones Superiores conoce de las siguientes disposiciones:
AREA LEGAL
Código Nacional de Policía
Lanzamiento por Ocupación de Hecho Ley 57 1905 y
Decreto Reglamentario 992 de 1930
Protección Minera Ley 650 de 2001
Código Civil
Código de Procedimiento Civil
Código Contencioso Administrativo
Las demás que se le asignen para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misión de la Secretaría.
AREA SOCIAL
Esta inspecciones, se constituyen en guardianes de los bienes tanto municipales como de la comunidad, contribuyendo así a preservar el orden público y una convivencia pacifica de la sociedad.
DEFINICION DE INSPECCION DE POLICIA SUPERIOR.
Es una entidad, que realiza procedimientos policivos que se aplican para resolver conflictos relacionados con la posesión y tenencia entre particulares, procesos que se inician por solicitud de particulares y por entidades municipales.
El Despacho está compuesto por:
El Inspector Superior
Dos técnicos
El Auxiliar Administrativo y El Citador
NORMATIVIDAD Y FUNCIONES DE UN INSPECTOR SUPERIOR DE POLICIA.
Las disposiciones legales generales que se aplican son la Constitución Nacional, Código Nacional de Policía, Código Departamental de Policía, Código Civil y Código Contencioso Administrativo.
La competencia de los Procesos Policivos es la siguiente:
1.- Procesos Restitutorios.
a.- Proceso de restitución de Bien de Uso Público, art. 132 del Código Nacional de Policía, de única instancia, donde el Despacho avoca, tramita, contesta, falla y ejecuta la resolución que ordena la restitución.
b.- Proceso de Restitución de Bien Fiscal
c.- Proceso de Lanzamiento por Ocupación de Hecho, Ley 57 de 1905 y Decreto reglamentario 992 de 1930.
d.- Proceso Civil de Policía, Arts. 338 y siguientes del Código Departamental de policía.
e.- Proceso de Amparo al Domicilio, Art. 85 del Código Nacional de policía.
f.- Proceso de Inmueble que amenaza Ruina, Art. 216 del Código Nacional de policía.
g.- Protecciones policivas, que trata el art. 216 del Código Departamental de policía.
i.- Comisiones, que llegan de otras entidades para su inmediato cumplimiento tal es el caso de las medidas de suspensión de obra y demolición de obra.
Cabe resaltar que los procedimientos que aquí se tramitan se inician por solicitud de particulares, y por entidades municipales.
DIRECTORIO INSPECCIONES DE POLICIA URBANA CATEGORIA I
SUPERIOR FRAY DAMIAN
EDIFICIO SAN MARINO
Calle 14 Numero 6 N 23 PISO 6
Telefono 6650886
SUPERIOR 7 DE AGOSTO
EDIFICIO SAN MARINO
Calle 14 Numero 6 N 23 PISO 8
Telefono 6650888
SUPERIOR AGUABLANCA
Calle 73 Carrera 26R
Barrio los Mangos
Telefono 422 8610
SUPERIOR SILOE
Calle 2 Carrera 52
Ladera Siloe
Telefono 5525411
Fecha de publicación 23/06/2010
Última modificación 23/06/2010