Licencias temporales para ventas ambulantes se expiden hasta este martes; requisitos

Licencias temporales para ventas ambulantes se expiden hasta este martes; requisitos

La Secretaría de Gobierno Municipal, por medio de la Subsecretaría de Convivencia y Seguridad,  da a conocer los requisitos que deben tener en cuenta las personas interesadas en obtener licencia temporal para ventas en espacio púbico durante la temporada de diciembre y Feria de Cali.

La fecha para la recepción de los documentos está desde el 1 y va hasta el 18 de noviembre de 2014, desde las 8:00 a.m. hasta las 5:00 p.m. en el piso cuarto de la Torre de la Alcaldía.

Requisitos:

•Original y copia de la cédula de ciudadanía
•Copia de la EPS o Sisben
•Dos (2)  fotografías tamaño (3x4)
•Original y copia del carnet de manipulación de alimentos vigente.
•Recibo de pago del servicio de aseo y limpieza que se cancelará a la empresa prestadora de servicio de aseo del sector.
•Recibo de pago de los derechos por la expedición de la licencia temporal, debidamente cancelado en la Tesorería Municipal.

Los sitios donde se otorgarán licencias temporales a las personas que cumplan con los requisitos son: a partir del 15 de diciembre de 2014 al 6 de enero de 2015,  alumbrado manzana T – 40 metros a la redonda. Ciudad de hierro, en la carrera 52 con calle 5, en los alrededores de la Plaza de Toros, en la carrera 52 con calle 5; Parque de Las Banderas, 40 metros a la redonda; Canchas Panamericanas, 40 metros a la redonda; Autopista Suroriental -  Calle de la Feria.

La Subsecretaría de Convivencia y Seguridad aclara que las licencias temporales que se otorgarán en los sitios referidos son ventas ambulantes, estacionarias y vehiculares en espacio público  de 10 y 40 metros a la redonda, fuera del encerramiento de las concesiones, Paseo de la Avenida Colombia y Plazoleta de la Caleñidad Jairo Varela.
                          
Las medidas para la ocupación serán de 1,00 x 1,20  y 2x2 metros (carpas).

Dentro de las prohibiciones, no se permitirá la instalación de pipas de gas propano y helio, además de la venta y distribución de globos y pólvora. Tampoco se podrá hacer uso de combustibles inflamables, fogones, parrillas y asadores al carbón, por lo tanto los alimentos, ofrecidos en los puestos de venta, deberán estar debidamente precocidos o empacados.
  
De igual forma, se prohíbe a los vendedores estacionarios utilizar estructuras fijas o ancladas en las vías públicas, o en bienes de uso público y efectuar instalaciones conectadas a las redes de alumbrado público. Así mismo, no se permitirá  la instalación de tarimas, palcos y sillas en espacio público.

El listado de las personas favorecidas con la expedición de las licencias temporales, se publicará mediante resolución con nombres, apellidos y números de cédulas y se fijará en lugar visible de la Subsecretaría de Convivencia y Seguridad, ubicada en el 4 piso de la Torre Alcaldía del CAM, el día 20 de noviembre de 2014, a las 5:00 p.m.

Es de aclarar que la Secretaría de Gobierno  no otorgará permisos en otros sitios diferentes a los señalados, como tampoco se permitirá vendedores ambulantes ni estacionarios en sitios diferentes.


Diana Carolina Rojas Vásquez
Oficina de Comunicaciones, Secretaría de Gobierno
3148159605
@DCarolinarojas


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Fecha de publicación 12/11/2014
Última modificación 12/11/2014

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