Glosario

Omisión.

Falta o delito que consiste en dejar de hacer, decir o consignar algo que debía ser hecho, dicho o consignado. Según el código penal omisión significa omitir auxiliar a una persona cuya vida o salud se encuentre en grave peligro, o prestar asistencia humanitaria en medio de un conflicto armado a favor de las personas protegidas.

Omiso.

Contribuyente que no ha cumplido con el deber formal de presentar las declaraciones y formularios a las cuales esta obligado a presentar y en las fechas estipuladas, los tributos municipales.

Operativo de control.

Es una actividad encaminada a cumplir con una tarea especifica, definiendo y utilizando la logística requerida, para la verificación del cumplimiento de las normas de transito. Puede ser de manera fija o móvil.

Opticor.

Observatorio de Prospectiva Tecnológica Industrial para la Competitividad Regional.

Orden de servicio extra.

Es el oficio que realiza el coordinador del área, cuando por razones del servicio se debe prestar un servicio extra a lo estipulado en el plan de trabajo original y debe ser incluido en la orden de servicio diaria.

Orden público.

Situación de normalidad en que los ciudadanos respetan las normas establecidas por las autoridades.

Ordenación documental.

Fase del proceso de organización que consiste en establecer secuencias dentro de las agrupaciones documentales definidas en la fase de clasificación.

Ordenación.

Es el resultado de la clasificación. Determina qué registros van primero y cuáles van después. Establece con claridad las relaciones entre los registros o documentos de una serie, es decir hace referencia a la secuencia, a las relaciones de causa - efecto, continuidad e interdependencia entre los registros o documentos de una serie. La ordenación es el testimonio de la gestión, de lo trámites que dieron origen a tales registros, refleja la dinámica administrativa.

Organismo

Ente público creado por el Concejo Municipal, perteneciente al Sector Central de la Administración Municipal y cuyo objeto es la formulación de políticas, planes, programas o proyectos, y en su ejecución cuenta con autonomía administrativa.

Organismos comunales.

“Instancia a través de la cual las comunidades deciden organizarse para liderar e impulsar procesos comunitarios en barrios y veredas, materializándose a través de la participación, el que hacer en la vida de las comunidades…” (Organizaciones de Acción comunal (OAC), áreas misionales, Dirección para la democracia, participación ciudadana y acción comunal)

Versión 7.0.1

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