Glosario
Función Rectora en Salud
La función rectora en salud es el ejercicio de las responsabilidades y competencias sustantivas de la política pública en salud que le son propias e indelegables en el contexto del nuevo esquema de relaciones entre gobierno y sociedad en el Estado moderno. Es competencia característica del gobierno, y es ejercida mediante la Autoridad Sanitaria. (OPS Evaluación del Desempeño de la Función Rectora de la Autoridad Sanitaria 2005).
Función.
Objetivo institucional a través del cual el sector público produce o presta determinado bien o servicio, respectivamente y en el que se plasman las atribuciones del gobierno. Incorpora amplias agrupaciones de actividades afines, encaminadas a cumplir con los fines y atribuciones que tiene encomendados el gobierno como ente rector y orientador de la actividad económica social. Las funciones se definen a partir de las disposiciones jurídico-administrativas.
Funcionalidad.
Capacidad de ser funcional.
Fusión.
Cuando una o más sociedades se disuelvan, sin liquidarse, para ser absorbidas por otra o para crear una nueva. La absorbente o la nueva compañía adquiere los derechos y obligaciones de lo sociedad o sociedades disueltas al formalizarse la fusión.