La gestión de la cobertura educativa es un compromiso de todos

La gestión de la cobertura educativa es un compromiso de todos


Velar por garantizar el acceso y la permanencia en el sistema educativo de los niños, niñas, jóvenes y adultos interesados en terminar sus estudios es un compromiso de ciudad. Para tal fin, la Secretaría de Educación siguiendo los lineamientos nacionales, estableció las responsabilidades de cada uno de los roles que desempeñan los integrantes de la comunidad educativa, buscando disminuir la brecha de deserción educativa en la ciudad.

Dado lo anterior, la cartera educativa municipal estableció mediante acto administrativo el proceso de la gestión de la cobertura educativa para el 2019 en Cali, evocando el compromiso por fortalecer la asistencia y permanencia de los estudiantes en las aulas con las siguientes responsabilidades:

 

La Secretaría de Educación

La Dependencia tendrá que velar por el cumplimiento adecuado del proceso de gestión de la cobertura educativa, mediante la articulación de acciones con las Instituciones Educativas Oficiales, además de acompañar el desarrollo del mismo en cada establecimiento educativo oficial.

Adicionalmente garantizará la prestación oportuna del servicio educativo en condiciones de eficiencia, equidad y calidad, definiendo las estrategias que permitan el acceso, continuidad y la permanencia de los estudiantes en los niveles de educación de preescolar, básica y media en el sistema educativo oficial.

De igual forma, tendrá que garantizar la calidad y veracidad de la información que se reporte en el DUE, SIMAT, SIMPADE y el SICIED y demás sistemas de información relacionados con el proceso de gestión de la Matrícula, entregando los reportes oportunamente al Ministerio de Educación Nacional — MEN, y realizando la auditoria de matrícula.

 

Los rectores de las Instituciones Educativas Oficiales

Mencionados funcionarios deben garantizar la calidad y veracidad de la información reportada por los establecimiento en el SIMAT y SIMPADE y hacer seguimiento y control permanente al registro de información.

Así mismo, tendrán que garantizar el registro de la aprobación, reprobación, deserción, traslado y retiro de estudiantes, velando  por la continuidad de los alumnos antiguos para la siguiente vigencia y buscando nuevos registros en la matrícula de los alumnos nuevos asignados.

Además, el funcionario y su equipo deberá actualizar la información personal del alumno con base en los documentos entregados por el padre de familia y/o acudientes o el estudiante, en el SIMAT. Registrando en las estrategias de acceso y permanencia que defina la Secretaría de Educación a los estudiantes beneficiarios.

 

Funcionarios encargados del Registro en el SIMPADE y SIMAT

El personal administrativo de los establecimientos educativos estatales encargado de cargar la información en el Sistema Nacional de Matrícula, SIMAT y en el Sistema de Información para el Monitoreo, la prevención y el análisis de la deserción escolar SIMPADE, deberá registrar las solicitudes de traslados, la matrícula de alumnos activos (antiguos) y nuevos, y las novedades de matrícula, las estrategias de acceso y permanencia por cada uno de los estudiantes beneficiarios y la totalidad de los datos requeridos por estos sistemas de información.

 

Padres de Familia

Los padres de familia o acudientes de los estudiantes, tienen como responsabilidad realizar la inscripción del estudiante en una de las Instituciones Educativas Oficiales y en ese mismo sentido formalizar la matrícula de sus hijos o acudidos o en caso de que se requiera tendrá que realizar la solicitud de traslados.

Es responsabilidad además mantener actualizados los datos personales del estudiante, padre de familia o acudiente, en la Institución Educativa Oficial, cumplir con las fechas y los procedimientos que establezca la Secretaría de Educación Municipal, en el marco del proceso de gestión de la cobertura educativa e informar al establecimiento educativo, de manera escrita y motivada, el retiro del estudiante del sistema educativo oficial.

De esta forma mediante la resolución 4143.010.21.03968 del 2018 emitida por la Secretaría de Educación se establecen las corresponsabilidades de la comunidad educativa en el debido proceso de garantizar la prestación del servicio educativo de niños y jóvenes que residen en la ciudad.

 

Laura Amaranta Berón Salazar


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Fecha de publicación 11/07/2018
Última modificación 11/07/2018

Versión 7.0.1

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