Funciones del Organismo


De acuerdo con el Decreto 0516 de 2016 que reformó la estructura de la Alcaldía de Santiago de Cali, las funciones del Departamento Administrativo de Hacienda Pública y su estructura, son:      

  1. La administración de los tributos municipales, que no sean competencia de otro organismo o entidad municipal. La administración de los tributos comprende su recaudación, fiscalización, liquidación, discusión, cobro, devolución, sanción y todos los demás aspectos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  2. Determinar, obtener, administrar y distribuir los recursos financieros del Municipio de Santiago de Cali.
  3. Coordinar el cumplimiento de la política fiscal, tributaria y contable.
  4. Determinar los mecanismos de financiación y/o cofinanciación de los proyectos de inversión.
  5. Determinar la viabilidad financiera y económica a todos los proyectos susceptibles de ser cofinanciados con recursos del Sistema General de Regalías (SGR), con recursos de entidades públicas o privadas del orden municipal, departamental, nacional o Internacional, presentados por los organismos de la Administración Central.
  6. Liderar el análisis financiero y económico de los proyectos que se desarrollen mediante esquemas de Asociaciones Público Privadas -APP- y todos aquellos que soliciten los organismos de la Administración Central.
  7. Elaborar, proyectar y hacer seguimiento al Plan Financiero del Plan de Desarrollo Municipal.
  8. Liderar la elaboración y seguimiento al plan plurianual de inversiones del Plan de Desarrollo Municipal conjuntamente con el Departamento Administrativo de Planeación Municipal.
  9. Liderar el proceso de formulación y sustentación del proyecto de presupuesto de la Administración Central y sus correspondientes modificaciones presupuestales para cada vigencia fiscal y consolidarlo con los proyectos de presupuesto de los establecimientos públicos.
  10. Orientar y analizar el proyecto de presupuesto y sus correspondientes modificaciones presupuestales de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y sus asimiladas y, presentarlo al CONFIS Municipal para su correspondiente aprobación.
  11. Liderar el proceso de inventario o censo catastral de la propiedad inmueble.
  12. Liderar el proceso de recaudo de los ingresos municipales y realizar el pago de las obligaciones legalmente contraídas por el Municipio.
  13. Liderar el seguimiento a las inversiones del Municipio, tanto las de carácter financiero como las de aquellas empresas de distinto orden en las cuales el municipio tenga intereses económicos.
  14. Liderar el diseño y administración de los instrumentos de presentación y declaración para los impuestos, tasas y contribuciones del orden municipal que lo requieran.
  15. Coordinar la actualización de la Contabilidad General de la Administración Central y de las entidades agregadas.
  16. Coordinar la administración financiera del portafolio financiero del Municipio.
  17. Coordinar la disponibilidad de fondos a través de operaciones de crédito interno y externo.
  18. Liderar la gestión del uso y la aplicación del Sistema de Gestión Administrativo Financiero Territorial en los componentes financieros y la administración del Sistema de Información Geográfico Catastral, en coordinación con el Departamento Administrativo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
  19. Coordinar el sistema de atención e información al usuario, relacionados con la competencia del Departamento.
  20. Coordinar el proceso de participación en plusvalía, relacionados con la competencia del Departamento.
  21. Desarrollar las demás funciones y negocios que le sean asignados acordes con su competencia.
  1. Realizar la planeación financiera, hacer seguimiento a la ejecución del presupuesto, gestionar la consecución de recursos económicos por las diferentes modalidades de crédito y demás líneas de financiación existentes.
  2. Elaborar, presentar y hacer seguimiento al Plan Estratégico de la subdirección, en materia de planeación financiera, ejecución del presupuesto, consecución de recursos económicos por las diferentes modalidades de crédito y demás líneas de financiación existentes.
  3. Elaborar el Plan Financiero para Inversiones del Plan de Desarrollo del Municipio y el Plan Operativo Anual de Inversiones para cada vigencia en conjunto con el Departamento Administrativo de Planeación Municipal.
  4. Ejercer la secretaría técnica del Consejo de Política Fiscal Municipal - CONFIS.
  5. Otorgar viabilidad financiera y económica a todos los proyectos susceptibles de ser cofinanciados con recursos del Sistema General de Regalías (SGR), con recursos de entidades públicas o privadas del orden municipal, departamental, nacional o internacional, presentados por los organismos de la Administración Central.
  6. Coordinar la existencia de las contrapartidas que permitan garantizar la realización de obras.
  7. Realizar el análisis financiero y económico de los proyectos que se desarrollen mediante esquemas de Asociaciones Público Privadas (APP) y todos aquellos que soliciten los organismos de la Administración Central.
  8. Planificar, elaborar y sustentar el proyecto de presupuesto de la Administración Central, plan financiero, marco fiscal de mediano plazo y sus correspondientes modificaciones para cada vigencia fiscal, consolidarlo con los proyectos de presupuesto de los establecimientos públicos.
  9. Orientar y analizar el proyecto de presupuesto y sus correspondientes modificaciones presupuestales para cada vigencia fiscal de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y sus asimiladas con el fin de presentarlo al CONFIS Municipal para su correspondiente aprobación.
  10. Elaborar los estudios y análisis del financiamiento del sector público, identificar su tendencia, evaluar el impacto del servicio de la deuda pública y presentar alternativas compatibles con el Plan de Desarrollo.
  11. Impartir lineamientos, asesorar, capacitar y divulgar sobre las directrices metodológicas que deben seguir los distintos organismos de la Administración Central para la elaboración del anteproyecto de presupuesto conforme la normatividad vigente.
  12. Realizar el seguimiento, manejo y control presupuestal de los proyectos sujetos de cofinanciación presentados por los organismos de la Administración Central.
  13. Elaborar y consolidar Proyecto de Decreto Anual de Liquidación del Presupuesto.
  14. Realizar el estudio y expedir los conceptos de impacto fiscal en el Marco Fiscal de Mediano Plazo de los proyectos de actos administrativos que impliquen erogación con cargo al tesoro.
  15. Asesorar a la Comisión de Presupuesto del Concejo Municipal en el estudio del proyecto anual de presupuesto y en las modificaciones que le sean introducidas en el curso de la vigencia.
  16. Analizar la ejecución de los ingresos y gastos del Municipio.
  17. Realizar análisis y evaluaciones financieras permanentes a las inversiones en activos financieros y a las inversiones en aquellas empresas o negocios de distinto orden en los cuales el Municipio tenga intereses económicos.
  18. Realizar estimativos de los ingresos y gastos probables de la vigencia fiscal para la actualización permanente del Plan Anual Mensualizado de Caja (PAC) en coordinación con la Subdirección de Tesorería Municipal.
  19. Consolidar los registros de ejecución presupuestal de ingresos y gastos que periódicamente reporten los diversos organismos y entidades que conforman el Presupuesto General del Municipio, de acuerdo con los formatos diseñados para el efecto.
  20. Realizar la liquidación financiera de las sentencias, providencias y/o mecanismos alternativos de solución de conflictos, conforme los procedimientos establecidos para tal fin, previa aprobación del componente jurídico en el respectivo acto administrativo por parte del Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública, y expedir el registro presupuestal y proceder al pago.
  21. Participar en espacios de coordinación intersectorial e interinstitucional en temas inherentes a la competencia de la subdirección.
  22. Desarrollar las demás funciones y negocios que le sean asignadas acordes con su competencia.
  1. Administrar y analizar los impuestos y rentas municipales competencia de la Subdirección, establecidos tanto en el Estatuto Tributario Municipal, así como en las demás normas que regulan la materia.
  2. Elaborar, presentar y hacer seguimiento al Plan Estratégico de la Subdirección en materia de impuestos y rentas municipales, establecidos en el Estatuto Tributario Municipal, como en las demás normas que regulen la materia.
  3. Realizar la planeación tributaria de la fiscalización.
  4. Administrar y gestionar la actualización de la cuenta corriente con relación a los impuestos y rentas municipales, salvo lo dispuesto en normas especiales para otros ingresos
  5. Desarrollar e implementar estrategias de divulgación de las normas, fallos, disposiciones legales de carácter nacional, departamental y municipal relacionados con los impuestos y rentas municipales.
  6. Diseñar y ejecutar estrategias de promoción de la cultura tributaria.
  7. Elaborar los proyectos de acuerdos y decretos reglamentarios y las demás disposiciones referentes a los procedimientos de los impuestos y rentas municipales, establecidos en el Estatuto Tributario Municipal, así como en las demás normas que regulen la materia.
  8. Conocer y resolver los recursos de reconsideración, apelación y de queja que se interpongan contra los actos de la Oficina Técnica de Fiscalización y Determinación de Rentas
  9. Resolver los recursos que otorga la ley, interpuestos por las personas, en relación con los impuestos y rentas municipales, de conformidad con el procedimiento tributario municipal y demás normas que regulen la materia.
  10. Ejecutar los procedimientos y acciones necesarias para la presentación y pago de los impuestos y rentas municipales, de conformidad con el procedimiento tributario municipal y demás normas que regulen la materia.
  11. Elaborar y mantener actualizada la base de datos de los contribuyentes de los diferentes impuestos y rentas municipales establecidas en el Estatuto Tributario Municipal, así como en las demás normas legales que regulen la materia.
  12. Expedir la facturación del impuesto predial unificado en los plazos establecidos por el Departamento Administrativo de Hacienda Municipal.
  13. Verificar el traslado oportuno para el cobro persuasivo y/o coactivo a la Subdirección de Tesorería Municipal, de los títulos ejecutivos de los diferentes impuestos y rentas municipales, establecidos en el Estatuto Tributario Municipal, así como en las demás normas legales que regulen la materia.
  14. Resolver las solicitudes de devoluciones y compensaciones de los impuestos y rentas municipales, conforme al Procedimiento Tributario Municipal.
  15. Expedir las resoluciones de autorización para actuar como auto retenedores del Impuesto de Industria y Comercio.
  16. Diseñar y realizar la medición periódica de los indicadores del proceso de gestión tributaria.
  17. Administrar los programas de fiscalización de los impuestos y rentas municipales, establecidos en el Estatuto Tributario Municipal, así como en las demás normas legales que regulen la materia.
  18. Emitir concepto respecto a las normas que regulan los impuestos y rentas municipales, establecidos en el Estatuto Tributario Municipal, así como en las demás normas legales que regulen la materia.
  19. Administrar el sistema de atención e información al usuario de Impuestos y Rentas Municipales.
  20. Desarrollar las demás funciones y negocios que le sean asignadas acordes con su competencia.
  1. Realizar el recaudo, pagos e inversiones de excedentes de liquidez y las demás operaciones de su competencia.
  2. Realizar el proceso de registro y legalización de ingresos, el control de las operaciones de situación de fondos para atender con oportunidad los pagos con cargo a la entidad territorial y el manejo y administración de los excedentes de liquidez.
  3. Levantar el gravamen por concepto de plusvalía.
  4. Coordinar y vigilar las actividades relacionadas con el cobro persuasivo y coactivo de las dependencias a su cargo.
  5. Formular, implementar y hacer seguimiento del Plan Estratégico de la Subdirección de Tesorería Municipal en materia de organización del cobro persuasivo, coactivo, recaudo, pagos, manejo y administración de los excedentes de liquidez.
  6. Mantener actualizado el reglamento interno del cobro persuasivo y coactivo de la cartera del Municipio.
  7. Impartir directrices y/o lineamientos en materia de cobro persuasivo y coactivo de los impuestos y rentas municipales a aquellos organismos que tengan a su cargo realizar el cobro persuasivo de sus rentas.
  8. Formular e implementar los mecanismos para mitigar el riesgo operativo e inseguridad en los sistemas de in- formación en conjunto con el Departamento Administrativo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
  9. Administrar el sistema de atención e información al usuario de la Subdirección.
  10. Apoyar la elaboración del plan financiero de la Administración Central.
  11. Elaborar el Plan Anual Mensualizado de Caja -PAC-, y coordinar con los distintos organismos de la Administración Central la programación, ejecución y control de este último a fin de hacer más eficiente la gestión financiera.
  12. Reglamentar y decidir conjuntamente con el Director del Departamento Administrativo de Hacienda Municipal la autorización a entidades bancarias para el recaudo, compensación, inversión y pago de los tributos municipales.
  13. Realizar la apertura, administración y cancelación de las cuentas bancarias en las cuales el Municipio deba manejar los recursos que forman parte del Presupuesto Anual, de conformidad con la normatividad vigente, previo reporte a la Dirección del Departamento Administrativo de Hacienda Municipal.
  14. Estudiar la necesidad de obtener créditos de tesorería y llevar a cabo las actividades inherentes a su formalización, conforme a los procedimientos vigentes, conjuntamente con el Director del Departamento Administrativo de Hacienda Municipal.
  15. Participar en la elaboración de las políticas para la recepción de las declaraciones y recaudo de los impuestos y rentas municipales, establecidos en el Estatuto Tributario Municipal.
  16. Realizar la administración financiera del portafolio financiero del Municipio.
  17. Mantener actualizado el registro del portafolio financiero del Municipio y realizar periódicamente análisis e informes financieros referentes al estado del mismo.
  18. Formular los métodos y procedimientos requeridos para la organización y control del recaudo de los tributos municipales.
  19. Desarrollar las demás funciones y negocios que le sean asignadas acordes con su competencia.
  1. Administrar y mantener actualizado el inventario o censo catastral de la propiedad inmueble incorporando la información descriptiva en sus aspectos físicos, jurídicos, económicos y fiscales.
  2. Elaborar, presentar y hacer seguimiento al Plan Estratégico de la subdirección de acuerdo con el plan de desarrollo, normas y procedimientos vigentes en materia catastral.
  3. Aplicar anualmente el incremento en el avaluó catastral ordenado por el Gobierno Nacional.
  4. Determinar el incremento del avalúo catastral previa realización del estudio para calcular el índice de valoración predial.
  5. Cumplir con las normas técnicas catastrales establecidas por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi.
  6. Notificar los actos administrativos en materia catastral que así lo requieran.
  7. Elaborar y/o participar en los proyectos de acuerdo, decretos y resoluciones en materia catastral.
  8. Divulgar las normas, fallos, disposiciones legales de carácter nacional, departamental y municipal relacionados con el catastro municipal.
  9. Resolver los recursos de reposición interpuestos ante la subdirección en materia catastral.
  10. Mantener actualizada la base de datos sobre oferta y compraventa de inmuebles a través del observatorio inmobiliario.
  11. Administrar los sistemas de información catastral alfanumérico y cartográfico, en coordinación con el Departamento Administrativo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
  12. Aprobar el estudio de zonas homogéneas, geoeconómicas y valor de los tipos de edificaciones.
  13. Realizar el procedimiento para determinar el efecto plusvalía.
  14. Recopilar y conservar ordenadamente las resoluciones expedidas en la subdirección conforme la ley de gestión documental.
  15. Administrar el sistema de atención e información al usuario de Catastro.
  16. Desarrollar las demás funciones y negocios que le sean asignados acordes con su competencia.
  1. Llevar la Contabilidad de la Administración Central del Municipio y coordinar su consolidación con los organismos y las entidades agregadas para presentar a las instancias competentes los informes correspondientes dentro de los plazos previstos por la Constitución y la Ley.
  2. Elaborar, presentar y hacer seguimiento al Plan Estratégico del proceso de Contabilidad General dentro de los plazos establecidos.
  3. Interpretar las normas, absolver consultas y emitir conceptos sobre las normas y procedimientos vigentes en materia contable y tributaria, e impartir las directrices para su aplicación y su debido cumplimiento.
  4. Registrar conforme a las normas legales pertinentes en los libros de contabilidad que se requieran, las operaciones económicas y financieras realizadas por la Administración Central, cumpliendo las políticas, principios y normas sobre contabilidad.
  5. Conciliar con la Subdirección de Tesorería Municipal, la relación de cuentas por pagar a 31 de diciembre de cada vigencia, con el objeto de que dicha dependencia expida la Resolución de cuentas por pagar.
  6. Establecer y desarrollar programas de divulgación de las normas en materia contable y tributaria.
  7. Coordinar la expedición de certificados contables y tributarios requeridos por los usuarios conforme a la normatividad vigente. 8. Coordinar con los organismos de la Administración Central, la preparación y reporte de la información exógena requerida por las autoridades tributarias del orden nacional y territorial.
  8. Coordinar y consolidar con los organismos de la Administración Central, la preparación de la información requerida por la Contaduría General de la Nación para la elaboración del Boletín de deudores morosos.
  9. Preparar y consolidar la información requerida para la presentación de las declaraciones tributarias del orden nacional y territorial.
  10. Atender las auditorias de los Órganos de Control y, preparar y realizar seguimiento a los planes de mejoramiento que sean competencia de la Contaduría General del Municipio.
  11. Participar en espacios de coordinación intersectorial e interinstitucional en temas inherentes a la competencia de la Contaduría.
  12. Desarrollar las demás funciones y negocios que le sean asignados acordes con su competencia.
  1. Formular y presentar al Subdirector de Impuestos y Rentas Municipales para aprobación el plan anual de trabajo de Fiscalización y Determinación.
  2. Ejercer la función de fiscalización y determinación de los impuestos y rentas municipales establecidos en el Estatuto Tributario Municipal, así como en las demás normas legales que regulen la materia.
  3. Diseñar y realizar la medición periódica de los indicadores de fiscalización y determinación de las rentas municipales.
  4. Realizar las investigaciones tributarias de su competencia.
  5. Determinar mediante liquidaciones oficiales los valores a pagar por concepto de impuestos y sanciones municipales a los diferentes sujetos pasivos de las obligaciones tributarias, en concordancia con lo establecido en el Estatuto Tributario Municipal, en las demás normas legales que regulen la materia y el procedimiento tributario municipal.
  6. Ejecutar los procedimientos y acciones necesarias para la presentación y pago de los impuestos y rentas municipales, de conformidad con el procedimiento tributario municipal y demás normas que regulen la materia.
  7. Trasladar oportunamente para el cobro persuasivo y/o coactivo a la Subdirección de Tesorería Municipal, los títulos ejecutivos de los diferentes impuestos y rentas municipales que se hallan expedido.
  8. Resolver las solicitudes de devoluciones y compensaciones de los impuestos y rentas municipales, conforme al Procedimiento Tributario Municipal y expedir los actos administrativos correspondientes.
  9. Realizar las investigaciones tributarias o requerimientos a los contribuyentes de los distintos impuestos y rentas municipales, establecidos en el Estatuto Tributario Municipal, y de conformidad con el procedimiento tributa- rio municipal.
  10. Expedir las resoluciones de autorización para actuar como auto retenedores del Impuesto de Industria y Comercio.
  11. Desarrollar las demás funciones y negocios que le sean asignadas acordes con su competencia.
  1. Realizar el cobro persuasivo de los Impuestos y demás rentas municipales; excepto las que se encuentren delegadas a otro organismo.
  2. Realizar el cobro persuasivo de créditos a favor de los organismos de la Administración Central cuando dicha competencia no haya sido asignado a otro organismo.
  3. Elaborar, presentar y hacer seguimiento al Plan Estratégico de la dependencia en materia de cobro persuasivo por concepto de impuestos y demás rentas municipales excepto las que se encuentren delegadas a otro organismo.
  4. Adelantar oportunamente los procedimientos de cobro persuasivo a que haya lugar a efecto de prevenir el cobro coactivo.
  5. Desarrollar las demás funciones y negocios que le sean asignadas acordes con su competencia.
  1. Realizar el cobro coactivo de los procesos especiales cuando se configuren las causales, así como el cobro coactivo de los impuestos, tasas, sanciones, multas, contribuciones y demás rentas municipales, excepto las que se encuentren delegadas a otro organismo
  2. Realizar el cobro coactivo de créditos a favor de los organismos de la Administración Central cuando dicha competencia no haya sido asignada a otro organismo.
  3. Elaborar, presentar y hacer seguimiento al Plan Estratégico de la Dirección de la dependencia en materia de cobro coactivo por concepto de impuestos y rentas municipales, establecidas en el Estatuto Tributario Municipal vigente, así como del cobro coactivo de los tributos municipales, excepto las que se encuentren delegadas a otro organismo.
  4. Adelantar oportunamente los procedimientos de cobro coactivo a que haya lugar a efectos de disminuir el riesgo de prescripción de deudas por impuestos y demás rentas municipales.
  5. Desarrollar las demás funciones y negocios que le sean asignadas acordes con su competencia.

 

Estructura del Departamento Administrativo de Hacienda

Estructura del organismo

 

 

Kelly Vallejo Gómez


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Fecha de publicación 22/08/2016
Última modificación 11/10/2023

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