Todos los servidores públicos deben diligenciar el censo electrónico.

Todos los servidores públicos deben diligenciar el censo electrónico.


El Decreto 1899 del 22 de noviembre de 2017 emitido por el Presidente de la República determina que todos los servidores públicos están obligados a diligenciar el censo electrónico.  

La citada norma indica, en su artículo 9, que los servidores públicos de todo orden, obligatoriamente deberán diligenciar el cuestionario electrónico (e Censo) con la información de la vivienda que habitan y del hogar que conforman, dentro de las fechas establecidas por el DANE para tal fin.

Para hacer más eficiente el diligenciamiento por parte de los servidores públicos, el Departamento Administrativo de la Función Pública, diseñó un sistema de turnos, el “Pico y placa” para el eCenso 2018. El sistema será por Departamento y el cronograma es el siguiente:

Grupo 1: 3 al 9 de febrero.  Boyacá, Santander, Magdalena, Córdoba, San Andrés, Providencia Y Santa Catalina

Grupo 2: 10 al 16 de febrero. Cundinamarca, Nariño, Bolívar, Sucre, Bogotá D.C., Guainía

Grupo 3: 17 al 23 de febrero. Antioquia, Valle del Cauca, Cesar, Casanare, Vaupés, Amazonas

Grupo 4: 24 de febrero al 2 de marzo. Tolima, Huila, Cauca, Norte de Santander, Caldas, Atlántico, Arauca, Guaviare, Vichada

Grupo 5: 3 al 8 de marzo. Meta, Risaralda, Guajira, Chocó, Quindío, Caquetá, Putumayo.

El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), inició el Censo Nacional de Población y Vivienda 2018, esta es la operación estadística más grande que hace el país con el fin de generar información estratégica que sirva para el diseño de políticas públicas, proyectos y programas del gobierno; así como para las decisiones del sector privado, los inversionistas, la academia y la investigación.

El censo permite  contarnos para establecer cuántos somos, dónde estamos y cómo vivimos, el eCenso o censo electrónico es una herramienta innovadora y fácil de diligenciar en la que cada hogar responde el cuestionario de manera autónoma y sin la visita prolongada de un censista.

Nombre:
DECRETO 1899 DEL 22 DE NOVIEMBRE DE 2017.pdf 0.29Mb 23/02/2018
Descripción:

Todos los servidores públicos deben diligenciar el censo electrónico.



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Fecha de publicación 23/02/2018
Última modificación 23/02/2018

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