Cláusula Primera Convenio Interadministrativo


CLAUSULA 1. OBJETO: ENERCALI S.A. E.S.P. Se  compromete con el Municipio a prestar el servicio de alumbrado público definido como el suministro de energía eléctrica, la compraventa de energía eléctrica, facturación y recaudo de los dineros vía tarida de alumbrado público, instalación, recambio, mantenimiento y administración de la infraestructura y elementos necesarios para la prestación del servicio de alumbrado público del Municipio de Santiago de Cali, incluidas las nuevas obras que se anexan al sistema.
El mismo comprende los servicios especiales que con el alumbrado público se pretende proveer como son: alumbrado navideño, alumbrado de la feria, actividades temporales o discontinuas.
Todo lo anterior lo realiza ya sea por si mismo o a través de un tercero o de manera conjunta.
También el de establecer las condiciones, derechos, obligaciones, responsabilidades y demás estipulaciones bajo las cuales ENERCALI S.A. E.S.P. desarrollará sola o conjuntamente el proyecto de modernización que permitirá a ENERCALI S.A. E.S.P. la prestación del servicio de alumbrado público en las áreas de servicio especificadas en el anexo técnico, de conformidad con las demás condiciones detallas y acordadas en este convenio.

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Fecha de publicación 30/06/2015
Última modificación 30/06/2015

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