Insisten en obligación de informe de gestión cuando directivos dejan cargos

Insisten en obligación de informe de gestión cuando directivos dejan cargos

Ad portas de vencerse el plazo para la renuncia de los servidores públicos que se postularán a cargos de elección popular (octubre 25 de 2014), el jefe de la Oficina de Control Interno, abogado Jaime López Bonilla, advirtió acerca de la obligación de presentar el informe de gestión cuando un funcionario se separa del cargo, conforme lo indica la Ley 951 de 2005.

Agregó que “el informe debe presentarse en los 15 días siguientes a la separación, o al finalizar el período de una administración y en él se incluirá todo lo relacionado con las funciones, asuntos de su competencia y la gestión de los recursos financieros, humanos y administrativos que tuvo asignados para ejercer sus actividades.”

Aquellos que sean ratificados, rendirán un informe a su superior jerárquico y ante el órgano de control interno de la Entidad.

López Bonilla advirtió que el servidor público entrante está obligado a recibir el informe y el acta respectiva y a revisar su contenido y en caso que detecte irregularidades, deberá hacerlas conocer del órgano de control respectivo, a fin de que el servidor público saliente haga las aclaraciones necesarias, dentro de los treinta días calendarios siguientes.

En caso de que no se presente el informe referido, el órgano de control interno correspondiente requerirá al servidor público para que en un lapso de quince días, contados a partir de la fecha de su separación, cumpla con esta obligación. En caso que no cumpla será sancionado disciplinariamente.

También los particulares que administren fondos o bienes del Estado están obligados a presentar estos informes, dijo López Bonilla. 

Para mayor información sobre el proceso de entrega y recepción del Informe de Gestión se recomienda consultar la Ley 951 de 2005, la Resolución No. 0100.24.03.13.009 de 2013 de la Contraloría General de Santiago de Cali y Resolución Orgánica No. 5674 de 2005 de la Contraloría General de la República.

Elizabeth Muñoz Garzón
Comunicadora Social-Periodista
Dirección de Control Interno
Cel.  3146828890
 


Nombre:
LEY_951_DE_2005.pdf 0.07Mb
Descripción:

LEY 951 DE 2005



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Fecha de publicación 20/10/2014
Última modificación 20/10/2014

Versión 7.0.1

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