Por conservación, se restringen algunas actividades en los humedales

Por conservación, se restringen algunas actividades en los humedales

El área de Mejoramiento y Conservación en cabeza del grupo de Ecosistemas del Dagma, ofrece las más sinceras excusas por el mal entendido ocurrido el día sábado 9 de julio del presente año en el humedal La Babilla-Zanjón del Burro, con un grupo de personas que se disponía a celebrar un baby shower.

Igualmente informa a la ciudadanía caleña las razones por las cuales han sido restringidas las actividades de picnics con decoraciones, en el ecosistema de humedal como lo es, en este caso, el humedal La Babilla- Zanjón del Burro.

Es importante tener en cuenta que el lugar no es un parque como tal, sino que representa uno de los pocos relictos de humedal del Municipio de Santiago de Cali y hacen parte de la Estructura Ecológica Principal, además de ser Patrimonio Ecológico y parte del Patrimonio Natural del Municipio. 

En el Plan de Ordenamiento Territorial, adoptado por el Acuerdo 0373 de 2014, se destaca el artículo 459 con el Programa Recuperación Ambiental y Paisajística de Humedales. Incluye humedales tanto en suelo urbano como rural (Corregimiento de Hormiguero y Navarro). En este programa se deben implementar acciones de deslinde, recuperación y conservación de las características ambientales y paisajísticas de los Humedales del Municipio para beneficio del ecosistema y la comunidad, en el marco de los planes de manejo ambiental formulados por las autoridades ambientales.

En el Artículo 511 se determina que los Planes de Manejo Ambiental son una herramienta por medio de la cual se establecen las medidas de manejo, ordenamiento y/o zonificación de una zona, lo que permite a la autoridad ambiental realizar el seguimiento y manejo requerido para el territorio y se constituyen en un documento técnico de obligatorio cumplimiento para los casos establecidos por la normatividad ambiental colombiana como por ejemplo las áreas protegidas y los humedales.

En este sentido, el humedal La Babilla – Zanjón del Burro cuenta con un Plan de Manejo Ambiental que fue formulado en el 2012 y adoptado Resolución 4133.0.21.1110 del 9 de diciembre 2014. La ruta que determina dicho plan para lograr la sostenibilidad ambiental del lugar se basa en los siguientes:

- Rehabilitación, recuperación, protección, conservación y compensación del humedal La Babilla- Zanjón del Burro
- Manejo y uso sostenible del humedal La Babilla- Zanjón del Burro y,
- Fortalecimiento de la cultura ambiental y participación comunitaria en el humedal La Babilla- Zanjón del Burro

Para dar cumplimiento a lo anterior, el Plan de Manejo determina una zonificación la cual presenta 3 zonas principalmente:
- Áreas de Protección Ambiental: Cuyo objetivo es la conservación y preservación de los cuerpos de agua, Afluente del cuerpo de agua, Zona inundable y de vegetación acuática, Relicto de bosque.

- Áreas de Restauración ambiental: Estas áreas comprenden sitios con altos grados de intervención antrópica, donde se presentan procesos de erosión, degradación de suelos, sedimentación, inestabilidad y grave disminución de especies de fauna y flora. Esta es la zona de la franja protectora del cuerpo de agua y su vegetación riparia.

- Áreas de Manejo Especial para el encuentro ciudadano: Se define como la zona exclusiva para el goce y el disfrute de las personas que visiten el lugar, su función es generar espacios de encuentro, interacción y contacto visual y vivencial entre la gente, la naturaleza y el componente paisajístico del humedal.

- Esta zona debe estar acompañada por un proceso informativo y educativo que permita el buen uso y mantenimiento. Para el desarrollo de este programa se deben emprender acciones complementarias de capacitación y buen manejo de las áreas de recreación pasiva, acompañado de procesos de sensibilización hacia el buen manejo de estos recursos, su uso y forma de mantenimiento sin que se vea afectado el  ecosistema.

Dentro de las acciones que ha implementado el Dagma, se desarrolló un protocolo que incluye:

- Jornadas de sensibilización y concientización sobre los usos permitidos en el lugar. Estas jornadas se  realizan los viernes, sábados y domingos.
- Pautas de conducta donde invitamos a los visitantes del lugar a seguir las recomendaciones que conllevan a la protección del lugar (Anexo pautas).
- Capacitaciones a la comunidad aledaña, policía y demás actores que confluyen en el humedal con el fin de que reconozcan los procesos ecológicos que allí se dan y los servicios ecosistémicos que se generan del ecosistema presente.

Finalmente, y volviendo al tema de la restricción de los picnics con decoraciones, el Dagma llegó a esta determinación debido a que en las inspecciones de control y supervisión que se hacen en el humedal, se evidenció que después de un fin de semana, éste se encontraba impactado por los residuos sólidos generados por estas actividades, y lo más delicado aún, es que se reportaron iguanas y ardillas consumiendo pedazos de globos, los cuales son elaborados con látex.

Igualmente compartimos la información que se entrega a muchas personas que visitan el humedal La Babilla, para la preservación y conservación de la biodiversidad del lugar:

1. La recreación permitida es de tipo pasivo y familiar. Realice caminatas y observación de fauna silvestre, más no es un lugar para llevar a cabo fiestas o eventos que perturben a las demás especies que comparten este espacio.
2. No se permite ningún tipo de celebraciones sociales como cumpleaños, aniversarios, Baby Showers, matrimonios, entre otros.
3. No está permitido el uso de elementos decorativos como bombas, festones, pancartas y todos aquellos que perturben el paisaje y amenacen la supervivencia de la flora y fauna presente en este lugar. Tampoco está permitido el ingreso de mobiliario de cocina, mesas, sillas, baños móviles, tarimas, ni alguno que altere la composición ecológica del lugar.
4. Están restringidos los estudios fotográficos de alto impacto, con reflectores de luz, cambios de ropa, uso de mobiliarios especiales y permanencia en el humedal por largas horas. Hay que respetar el entorno.
5. El ruido asusta y altera los patrones de comportamiento  de las especies  que habitan  el humedal poniéndolas en peligro, por lo tanto se prohíbe el uso de cualquier equipo amplificador de sonido como megáfonos, equipos de sonido y equipos de amplificación.
6. Este espacio es un relicto forestal, por lo tanto no se permite en este lugar fumar o hacer fogatas, lo cual representa un peligro para el ecosistema. Tampoco está permitido el uso de fuegos artificiales o pirotécnicos.
7. Cuide la vegetación y todas las especies animales. No dañe ni marque los troncos de los árboles, ni coloque letreros en ellos.
8. Con el fin de mantener una sana convivencia con la naturaleza absténgase de perturbar a los animales. No los alimente pues esto altera su comportamiento. No los persiga, ni les tire piedra. No se permite la caza de cualquier especie que habita en el humedal como iguanas, guatines, patos, entre otros.
9. Los árboles son el refugio de muchas especies de animales, por esto se prohíbe la poda o corte de sus ramas por particulares. Esto es una labor exclusiva del DAGMA. Sólo se podrá realizar actividades de mantenimiento de especies que afecten el alumbrado público por parte de las empresas prestadoras de servicios públicos previa presentación de un permiso otorgado por la autoridad ambiental – Dagma.
10. Está completamente prohibido el consumo de bebidas alcohólicas así como el de sustancias sicoactivas. Este es un lugar de paz y descanso.
11. Se encuentra completamente prohibido pescar o bañarse en el lago. Recuerde que este es un sitio donde habita fauna silvestre la cual puede llegar a presentar peligro para la integridad de las personas que irrumpan su espacio.
12. No se permite el ingreso  de vehículos ni motos  a las zonas verdes del Humedal.
13. Con el fin de conservar este hábitat, absténgase de dejar basuras y desperdicios, llévelos con usted cuando se retire.
14. No se permite ningún tipo de actividad comercial, contratación de servicios para la realización de eventos. Las ventas ambulantes están prohibidas.
 


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Fecha de publicación 11/07/2016
Última modificación 11/07/2016

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