Se inician socializaciones del Consejo Municipal de Cultura

Se inician socializaciones del Consejo Municipal de Cultura

Los artistas caleños, gestores y realizadores culturales podrán participar de las jornadas de socialización del Consejo Municipal de Cultura, un proceso que adelanta la Alcaldía de Cali, con el liderazgo de la Secretaría de Cultura y Turismo Municipal.

Este lunes 18 de julio en la Comuna 1, se dará inicio a la Socialización de esta iniciativa, a partir de las 4:00 de la tarde.  Los interesados en informarse, ya sea para participar como candidatos o como votantes, pueden asistir a la reunión, la cual se llevará en la sede del CALI de la comuna, ubicada en la Avenida 4ª. Oeste No. 19 – 72 del Barrio Terrón Colorado.

En la fecha también se realizarán socializaciones en las comunas 2, 4, 6 y 7:  mientras que para el día de mañana, martes 19 de Julio,  se realizarán las reuniones informativas en las comunas 3 y 9 y en las corregimientos de Felidia, La Leonera y Los Andes.

Cronograma:   Como Información Asociada, anexamos a este Comunicado, el cronograma de socializaciones en Comunas y Corregimientos.

Lo que Usted debe saber:

1.    ¿Qué es el Consejo Municipal de Cultura?


R/ El Consejo Municipal de Cultura es la instancia de concertación entre el Estado y la Sociedad Civil, encargada de liderar y asesorar al gobierno municipal en la formulación y ejecución de las políticas y planificación de los procesos culturales.

2.    ¿Quiénes conforman el CMC?

R/ El Consejo Municipal de Cultura Estará Conformado, por los siguientes Sectores: 1) El Alcalde, o su delegado. 2) La Secretaria(o) de Cultura y Turismo del Municipio o su delegado. 3) Representantes de las comunas de conformidad con la distribución administrativa del municipio. 4)  Un representante de los corregimientos, de conformidad con la distribución administrativa del municipio. 5) Un representante de patrimonio. 6) Un representante de los consejos territoriales indígenas o cabildos indígenas. 7) Un representante del Sector educativo designado por la Secretaría de Educación Municipal. 8) Un representante de las instituciones de Educación Superior de Cali. 9) Un representante de los artesanos. 10) Un representante de las organizaciones cívicas o comunitarias. 11) Un representante de las ONG culturales. 12) Un representante de las agremiaciones y asociaciones de los comunicadores. 13) Un representante de los sectores de la producción y los bienes y servicios culturales. 14)  un representante de la Red de Museos. 15) Un representante de las asociaciones juveniles. 16) Un representante de las agremiaciones o instituciones de personas con discapacidad que desarrollen trabajo cultural. 17) Un representante de las comunidades Afro-descendientes que tenga trabajo cultural. 18) Un representante de las culturas urbanas, emergentes y alternativas. 19) Un representante de los personeros estudiantiles o de organizaciones estudiantiles culturales en donde tengan presencia y sean representativos. 20) Un representante de las expresiones  Musicales. 21) Un representante de las expresiones dancísticas. 22)  Un representante de Teatro y Circo. 23) Un representante de las Artes plásticas y Visuales.24) Un representante de Cine y Audiovisuales. 25) Un representante de Literatura.

3.    ¿Cuáles son los objetivos del CMC?

1) Estimular el desarrollo cultural y contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de las comunidades en sus respectivos entes territoriales, 2) Actuar como entes articuladores de las actividades relacionadas con el fomento, la promoción y la difusión del patrimonio cultural y artístico de las entidades territoriales. 3) Promover y hacer recomendaciones que sean pertinentes para la formulación, cumplimiento y evaluación de los planes, programas y proyectos culturales. 4) Hacer seguimiento a la ejecución del gasto público invertido en cultura.

4.    ¿Cuáles son las funciones del CMC?

1) Liderar procesos de descentralización de la actividad cultural. 2) Identificar y sugerir políticas para la protección del patrimonio cultural y para estimular, fomentar y fortalecer el Sistema de Cultura del Municipio. 3) Hacer seguimiento y evaluación al plan de desarrollo cultural y a los planes de acción de las instancias culturales del municipio. 4) Elegir los representantes para los distintos espacios de participación territorial donde el sector cultura tenga incidencia, tales como el Consejo Territorial de Planeación, el Consejo departamental de Cultura, entre otros, donde sea requerido y realizar seguimiento a su gestión. 5) Apoyar y asesorar a las autoridades territoriales y a las instituciones culturales en el diseño de políticas y programas y en la formulación y ajustes a los planes de desarrollo cultural. 6) Realizar seguimiento, evaluación y recomendaciones para la inversión en cultura a nivel municipal. 7) Establecer su propio reglamento. 8) Elaborar su plan de trabajo y presentar informes periódicos de avance en la gestión del Plan de Trabajo

5.    ¿Cuáles son las limitaciones del CMC?

1) No definen el presupuesto de la entidad territorial para cultura, recomiendan a la entidad territorial las prioridades de inversión en el sector. 2) No se representan a sí mismos, son representantes y voceros de los sectores y las organizaciones.  3) No tienen competencias en la elaboración de los Planes de acción de la instancia cultural, solamente pueden hacer recomendaciones. 4) No aprueban el componente cultural de los Planes de Desarrollo ni los planes plurianuales de inversión de la entidad territorial. 5) No definen la selección ni contratación o nombramiento del personal de la instancia cultural. 6) La labor  de Concejero Cultural no genera honorarios de ninguna índole.

6.    ¿Cómo es el proceso de elección del CMC?

El Alcalde en uso de sus facultades constitucionales, delega  a la Secretaría de Cultura y Turismo, la facultad de diseñar el procedimiento para la conformación y elección del Consejo Municipal de Cultura. De igual manera, la organización, conformación y dinamización de los demás espacios o instancias formales e informales de participación ciudadana en Cultura.

7.    ¿Cuánto dura el periodo de un Consejero Municipal de Cultura?

Los integrantes del Consejo Municipal de Cultura, serán elegidos o designados para un periodo  de cuatro (4) años, No obstante, podrán ser reemplazados o removidos de su cargo, en cualquier momento. La Secretaría de Cultura y Turismo, será competente para resolver lo pertinente a la desvinculación del Consejero Municipal de Cultura, lo anterior se hará de acuerdo a las causales y procedimientos definidos en el reglamento interno, con observancia a lo  establecido en la Constitución Nacional y la Ley.

PARAGRAFO: Los consejeros que asuman reemplazos lo harán para completar el periodo de la instancia de participación.

Informes: 885 88 52


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Anexo


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Descripción:

Anexo II



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Fecha de publicación 18/07/2016
Última modificación 18/07/2016

Versión 7.0.1

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