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Manual de Identidad Visual Corporativa
Decreto-071 Enero de 2010
El Manual de Identidad Visual Corporativa busca establecer los parámetros que deben tenerse en cuenta, para lograr uniformidad en la aplicación de los elementos que hacen parte de la imagen visual corporativa de la Administración Central del Municipio de Santiago de Cali. Este documento aplica para todas las dependencias, procesos, organismos descentralizados, contratistas y presupuesto participativo. Es de obligatoria aplicación y observancia por todos los servidores públicos y todos niveles de la Administración Central. La imagen corporativa hace referencia a la manera como se utiliza el nombre, logo y eslogan en las diferentes piezas y mensajes comunicativos o publicitarios, con los que se relaciona la entidad con sus diferentes públicos. El Manual de Identidad Visual Corporativa de la Administración Central del Municipio de Santiago de Cali será aplicado en: - Portal oficial. - Uniformes, - Vallas de obra y móviles, - Avisos de prensa, - Pendones, - Afiches, - Pasacalles, - Pancartas, - Paneles publicitarios de mobiliario urbano, - Carpetas, - Backings interiores y exteriores, - Portadillas - Plantillas para presentaciones, - Móviles o maquetas y, En general para cualquier medio, objeto o mensaje en el que se requiera la imagen de la administración municipal de Santiago de Cali, con sujeción a lo dispuesto en la Norma Fundamental. Se recomienda la implementación del Manual de Identidad Visual Corporativa, teniendo en cuenta la posibilidad de sostener algunas aplicaciones en administraciones municipales futuras tales como papelería, fachadas de nuevas sedes, vehículos y otros activos de larga duración, las cuales no incluiría el eslogan de la administración, con el fin de optimizar recursos. La Asesoría de Comunicaciones es la responsable de orientar y autorizar sobre el uso y aplicación de los elementos que garantizan la imagen corporativa de la Administración Central del Municipio de Santiago de Cali. Todo producto comunicacional (campaña, pieza publicitaria impresa o audiovisual material informativo, etc.) que se produzca en la Administración Central o en los proyectos que ella financie o cofinancie, será previamente revisado por la Oficina Asesora de Comunicaciones a fin de que ésta apruebe el uso debido del Manual de Identidad Visual Corporativa y que el producto esté sujeto al Plan de Comunicaciones Organizacional e Informativa de la entidad. La necesidad y oportunidad de elaborar elementos y piezas que requieran la aplicación de la imagen corporativa deben ser determinadas por cada dependencia, según los principios de austeridad, prioridad y optimización de recursos fijados por la Administración Municipal. La Dirección Jurídica de la Administración Central del Municipio de Cali velará porque en la contratación municipal se incluya un artículo que defina el cumplimiento del presente Decreto. Es deber de todo servidor público posicionar positivamente la marca Alcaldía de Santiago de Cali. Documentos de referencia Ley 872 del 30/12/2003 "Por la cual se crea el sistema de gestión de la calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras de servicios". Ley 489 del 29/12/1998 "Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones". Ley 87 del 29/11/1993 "Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otras disposiciones". Ley 43 del 29/10/1913 "Provee a la conservación de ciertos documentos oficiales". Ley 850 18/11/2003. Por medio de la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas. Ley 909 de 2004 "Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones", y sus Decretos Reglamentarios, y demás normas aplicables a los Servidores Públicos Ley 872 de 2003 y se adopta la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública - NTCGP 1000 – 2004". Decreto Nacional N° 3622 del 10/10/2005 "Por el cual se adoptan las políticas de desarrollo administrativo y se reglamenta el capítulo cuarto de la Ley 489 de 1998 en lo referente al Sistema de Desarrollo Administrativo". Decreto Nacional N°1599 del 20/05/2005 "Por el cual se adopta el Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005". Decreto Nacional N°4110 del 09/12/2004 "Por el cual se reglamenta la Decreto Nacional N°1537 del 06/07/2001 "Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 87 de 1993 en cuanto a elementos técnicos y administrativos que fortalezcan el sistema de control interno de las entidades y organismos del Estado". Decreto 3622 de 2005. Por el cual se adoptan las políticas de desarrollo administrativo y se reglamenta el capítulo cuarto de la Ley 489 de 1998 en lo referente al Sistema de Desarrollo Administrativo. Decreto 2170, 30/09/2002. Por el cual se reglamenta la Ley 80 de 1993, se modifica el Decreto 855 de 1994 y se dictan otras disposiciones en aplicación de la Ley 527 de 1999. Modelo de Comunicación Pública, Organizacional e Informativa para entidades del Estado. Casals y Asociados. Marzo 2004. Plan de Comunicaciones Organizacional e informativa del Municipio de Santiago de Cali, aprobado por el Comité de Control Interno, el 16 de diciembre de 2009.
Número de visitas a esta página: 6343 Fecha de publicación: 09/08/2010 Última modificación: 09/08/2010
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