SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA DE RECURSO HUMANO


 

RESPONSABLE:

 

MARÍA XIMENA ROMÁN GARCÍA
Subdirectora Administrativa de Recurso Humano

 

UBICACIÓN:

Avenida. 2 Norte # 10 - 70 - Centro Administrativo Municipal (CAM) - Torre Alcaldía Piso 14

 

HORARIO DE ATENCIÓN:

Lunes a Viernes: De 8:00 a.m. a 12:00 p.m. - De 2:00 p.m. a 5:00 p.m.

 

TELÉFONO:

(57+2) 6686270

 

ORGANIGRAMA:

 

Responsabilidades de esta Subdirección:

1. Elaborar y fijar políticas en materia de capacitación y desarrollo organizacional para la Administración Central.

2. Planear, programar y controlar los programas de capacitación de los servidores públicos de la Administración Central.

3. Articular con el sector académico, privado y con las organizaciones no gubernamentales, los programas de capacitación que requieran los servidores públicos de la Administración Central.

4. Evaluar el desarrollo de la organización efectuando los ajustes tendientes a optimizar el talento humano de la Administración Central, y mejorar el bienestar social del mismo.

5. Conservar y actualizar los reglamentos, manuales de funciones, manuales de requisitos, escalafones salariales y sistemas de selección y evaluación y proponer los cambios que se requieran para su actualización y optimización. (Ac. 01/96, Art. 58)

6. Realizar los estudios y acciones previas de verificación del cumplimiento de los requisitos legales, para el reconocimiento de las prestaciones sociales de los servidores públicos de la Administración Central, y reportar lo pertinente, a la Tesorería y a las dependencias respectivas.

7. Diseñar, coordinar y ejecutar todas las acciones tendientes a la implementación y administración de la carrera administrativa en la Administración Central, pudiendo contratar las evaluaciones periódicas con el sector académico y universitario.

8. Liquidar periódica y oportunamente, con sujeción a las normas legales y reglamentarias, el salario de los servidores públicos y las pensiones de los jubilados de la Administración Central.

9. Conservar y mantener actualizada toda la información de archivo, relacionada con los servidores públicos y jubilados de la Administración Central. (Ac. 01/96, Art. 59)

10. Garantizar por su conducto o a través de terceros, la prestación del Plan de Salud para los servidores públicos de la Administración Central y demás servicios médicos a que tengan derecho dichos servidores, en virtud de lo consagrado por las normas legales.

11. Garantizar por su conducto o a través de terceros, mediante la contratación y la prestación del Plan Complementario de Salud derivado de los derechos convencionales vigentes.

12. Definir y organizar procedimientos para garantizar un ambiente laboral sano que permita prevenir los riesgos de trabajo y enfermedad profesional, mediante la adopción de los sistemas de seguridad industrial y la observación de las normas de salud ocupacional. (Ac. 01/96, Art. 60)

13. Las demás que le sean asignadas y las necesarias para el cumplimiento eficiente y eficaz del objetivo de la Dirección.


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Fecha de publicación 01/07/2010
Última modificación 09/12/2014

Versión 7.0.1

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